Decreto Nº 789 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor21 de Febrero de 2017
EmisorPoder Ejecutivo
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXIX - Nº 130
CORDOBA, (R.A.), MARTES 5 DE JULIO DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
ne como Adscripta a la Escribana Florencia CASCO CORTES, Matrícula
Profesional N° 2487.
Que obra petición de la Escribana Titular y la conformidad de la pro-
puesta como Adscripta, adjuntándose sus datos personales y profesiona-
les.
Que el Tribunal de Disciplina Notarial informa que por Decreto N° 907
de fecha 28 de abril de 1992 se designó a la Escribana María Fernan-
da CORTES de CASCO, Ttitular del Registro Notarial N° 300 con asiento
en la ciudad de Arroyito, Departamento San Justo, Provincia de Córdoba,
prestando Juramento de Ley el día 18 de mayo de 1992, continuando en
ejercicio de sus funciones notariales y que la Escribana Florencia CASCO
CORTES no es titular ni adscripta de ningún Registro Notarial, y no registra
antecedentes desfavorables.
Que se pronuncia en forma favorable el Colegio de Escribanos de la
Provincia de Córdoba, haciendo lo propio el Tribunal de Disciplina Notarial.
Por ello, lo dispuesto por los artículos 17 de la Ley Nº 4183 (T.O. por
Decreto N° 2252/75), artículos 44, 50 y 51 del Decreto Reglamentario N°
2259/75, lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Le-
gales del Ministerio de Gobierno con el N° 101/2016 y por la Fiscalía de
Estado bajo el N° 326/2016, y en uso de las atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A
Artículo 1°.- DESÍGNASE a la Notaria Florencia CASCO CORTES
(D.N.I. N° 34.965.077 - Clase 1990), Matrícula Profesional N° 2487, como
Adscripta del Registro Notarial N° 300, con asiento en la ciudad de Arroyito,
Departamento San Justo, Provincia de Córdoba.
Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Mi-
nistro de Gobierno y Fiscal de Estado.
Artículo 3º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención al Tribunal de Dis-
ciplina Notarial, al Colegio de Escribanos de la Provincia de Córdoba, co-
muníquese, publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR / RICARDO SOSA – MINISTRO DE
INVERSIÓN Y FINANCIAMIENTO A/C MINISTERIO DE GOBIERNO / DR. JORGE
EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO
Decreto N° 789
Córdoba, 28 de junio de 2016.
VISTO: El Decreto N° 1791/15 y su modicatorio Nº 39/16 raticado por
Ley Nº 10.337.
Y CONSIDERANDO:
Que, el citado decreto establece la estructura orgánica del Poder Eje-
cutivo Provincial, como así también, las competencias y atribuciones tanto
comunes como particulares de cada una de sus partes, a los nes de ade-
cuarla misma a la estructura funcional de la actual gestión.
Que en dicho marco, el Decreto Nº 1822/15 aprueba las estructuras
orgánicas de los Ministerios, Secretarías y Agencias del Poder Ejecutivo
Provincial, hasta el nivel de Director General.
Que, a n de continuar profundizando en la denición de los niveles
subsiguientes de la estructura orgánica de cada Jurisdicción, resulta ne-
cesario aprobar dichas estructuras, contemplando en esta instancia los
cargos de Supervisión, Jefaturas de Sección, Jefaturas de División, Jefatu-
ras de Departamento, Jefaturas de Área, Subdirecciones de Jurisdicción y
Direcciones de Jurisdicción.
Que en virtud de ello, resulta pertinente aprobar la estructura orgánica
del Ministerio de Salud, como así también, disponer la reconversión de
diversas unidades de organigrama, en las cuales se ha modicado su de-
nominación y/o dependencia.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 de
la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A
Artículo 1º.-APRUÉBASE la estructura orgánica del Ministerio de Sa-
lud, la que quedará denida de conformidad a lo consignado en el Anexo I,
que compuesto de seis (6)fojas útiles, forma parte integrante del presente
decreto.
Artículo 2º.-DÉJASE SIN EFECTO, en su parte pertinente, el Decreto
Nº 766/15 y sus modicatorios.
Artículo 3º.-DISPÓNESE la reconversión de las unidades de organi-
grama en los términos del Anexo II, el que compuesto de catorce (14) fojas
útiles, forma parte integrante del presente decreto.
Artículo 4º.-El presente decreto será refrendado por los señores Mi-
nistro de Salud y Fiscal de Estado y rmado por la señora Secretaria Ge-
neral de la Gobernación.
Artículo 5º.-PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bole-
tín Ocial y archívese.
FDO: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR / CRA. SILVINA RIVERO, SECRETARIA
GENERAL DE LA GOBERNACIÓN / DR. FRANCISCO JOSÉ FORTUNA, MINISTRO
DE SALUD / DR. JORGE EDUARDO CÓRDOBA, FISCAL DE ESTADO.
ANEXO: http://goo.gl/n5kq1z
MINISTERIO DE VIVIENDA, ARQUITECTURA Y
OBRAS VIALES
Resolución N° 114
Córdoba, 9 de junio de 2016
Expediente Nº 0045-017855/2015.-
VISTO: este expediente en el que la Dirección Provincial de Vialidad
propicia por Resolución Nº 00229/2016 se contrate en forma directa la eje-
cución de los trabajos de la Obra: “CONSERVACIÓN DE RUTINA EN RUTA
PROVINCIAL N° 15 - TRAMO: VILLA DE SOTO – CURA BROCHERO –
DEPARTAMENTOS: CRUZ DEL EJE – MINAS – POCHO Y SAN ALBER-
TO”, con la Municipalidad de Mina Clavero, por la suma de $ 1.600.000,00.
Y CONSIDERANDO:
Que la Dirección Provincial de Vialidad mediante la citada Resolución

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