Decreto N° 773 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor27 de Julio de 2018
EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición16 de Mayo de 2018
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CV - TOMO DCXLI - Nº 98
CORDOBA, (R.A.) LUNES 28 DE MAYO DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria”
ción e Industrialización Itda.”, CU.I.T. N° 30-50177338-3, el renglón N° 3,
2.240.000 unidades de leche en polvo entera forticada de 800 grs. c/u.
por la suma de Pesos Doscientos Doce Millones Seiscientos Ochenta y
Ocho Mil ($ 212,688.000), con destino a los beneciarios del “PROGRAMA
MAS LECHE, MAS PROTEÍNAS”, creado por Decreto N° 644/2016, el que
distribuirá la Dirección General de Programas Especiales dependiente del
Ministerio de Desarrollo Social, para cubrir un período de Diez (10) meses,
de conformidad al detalle obrante en Anexo I, el que compuesto de tres (3)
fojas, integra el presente Decreto.
Artículo 2°.- IMPÚTASE el egreso por la suma total de Pesos Doscientos
Cuarenta y Dos Millones Seiscientos Treinta y Cuatro Mil ($ 242.634.000)
de la siguiente manera: la suma de Pesos Ciento Noventa y Ocho Millones
Quinientos Veinte Mil Ciento Noventa y Seis con Cuarenta Centavos ($
198.520.196,40) a Jurisdicción 1.65, Programa 691-002, Partida Principal
6, Partida Parcial 06, Subparcial 05 “Ayudas Sociales a Personas” del P. V.,
y la suma de Pesos Cuarenta y Cuatro Millones Ciento Trece Mil Ochocien-
tos Tres con Sesenta Centavos (S 44.113.803,60), con cargo anticipo ejer-
cicio año 2019 a los programas y partidas que el respectivo presupuesto
autorice, conforme se indica en las Órdenes de Compra N° 2018/000030 y
2018/000031 que certican la reserva presupuestaria pertinente para aten-
der la presente erogación.
Articulo 3°.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro
de Desarrollo Social y Fiscal de Estado.
Articulo 4°.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención al Tribunal de Cuentas
de la Provincia, comuníquese, publíquese y archívese.
FDO: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - SERGIO H. TOCALLI, MINISTRO DE
DESARROLLO SOCIAL - JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO
ANEXO
Decreto N° 773
Córdoba, 16 de mayo de 2018
VISTO: El Expediente N° 0595-126928/2015 del registro del Ministerio de
Educación.
Y CONSIDERANDO: Que mediante Resolución N° 1075/2015 del Ministe-
rio de Educación se dispuso el llamado a concurso de títulos, antecedentes
y oposición, en los términos del artículo 14, punto II), apartado B) de la Ley
N° 9361, para cubrir cargos vacantes de Jefes de Área, Subdirectores y
Directores de Jurisdicción.
Que en el Anexo I de la citada Resolución se llamó a cubrir el cargo vacan-
te de la Dirección de Jurisdicción de Recursos Humanos de la Secretaría
de Gestión Administrativa dependiente del citado Ministerio, el que fuera
debidamente publicado en la Página Web Ocial del Gobierno de la Pro-
vincia de Córdoba.
Que de conformidad a lo previsto en los artículos 16 y 18 de la Ley N°
9361, se constituyó la Comisión Laboral de Concurso y Promoción, la que
aprobó, mediante Resolución N° 02/2015, las bases y condiciones genera-
les del concurso de que se trata, con los alcances, requisitos, designación
de los integrantes del Tr ibunal del Concurso y demás aspectos de la con-
vocatoria efectuada.
Que en virtud del cronograma establecido, se recepcionaron las inscripcio-
nes de los postulantes desde el día 5 hasta el día 8 de septiembre de 2015.
Que entre los días 10 al 14 de septiembre de 2015 se jó el plazo para las
excusaciones y recusaciones de miembros de los Tribunales de Concursos
las que, en su caso, fueron debidamente resueltas por parte de la Comi-
sión Laboral de Concurso y Promoción, procediéndose a la conformación
denitiva de los Tribunales de Concurso por Resolución N° 05/2015 de la
citada Comisión.
Que se publicó en la página web ocial la conformación denitiva de los
Tribunales de Concurso y la fecha para la prueba de oposición, prevista
para el día 26 de septiembre de 2015.
Que a requerimiento de la Secretaría de Capital Humano del Ministerio
de Gestión Pública, el Colegio de Escribanos de la Provincia de Córdoba
puso a disposición del Gobierno Provincial profesionales en todas las ju-
risdicciones, quienes certicaron el proceso de ensobrado y custodia de
los cuestionarios y estuvieron presentes durante toda la jornada en que se
realizaron las Pruebas de Oposición.
Que así las cosas, luego de producida la prueba de oposición, continuó el
proceso con la recepción de las Entrevistas Personales, la corrección de
dichas pruebas y la evaluación de los antecedentes de los concursantes
inscriptos y acreditados, culminando la etapa evaluativa con la confección
del Orden de Mérito Provisorio el que fuera noticado a los participantes.
Que durante los días 26 al 28 de octubre de 2015 se receptaron las obser-
vaciones al orden de mérito provisorio.
Que el Tribunal del Concurso o, en su caso, la Comisión Laboral de Con-
curso y Promoción receptaron, consideraron y respondieron, cuando las
hubo, las presentaciones, requerimientos de información y reclamos efec-
tuados por los concursantes, en los términos de las bases concursales y
del artículo 78 de la Ley N° 5350 (T.O. Ley N° 6658), tras lo cual se elaboró
el Orden de Mérito Denitivo, el que fue noticado.
Que el primer lugar en dicho Orden de Mérito Denitivo, habiendo supe-
rado las puntuaciones mínimas exigidas por la ley para acceder al cargo
vacante de la Dirección de Jurisdicción de Recursos Humanos de la Secre-
taría de Gestión Administrativa del Ministerio de Educación, corresponde a
la señora María Luisa Bacile
Que resulta necesario encomendar a la Dirección de Recursos Humanos
de la citada cartera ministerial, la vericación del efectivo cumplimiento de
los requisitos establecidos por los artículos 12 y 13 de la Ley N° 7233 para
el ingreso de personal a la Administración Pública Provincial.
Por ello, normas legales citadas, lo dictaminado por el Área Jurídica del
Ministerio de Educación con el N° 34/2016, por Fiscalía de Estado bajo el
N° 375/2016 y en ejercicio de atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A

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