Decreto Nº 771

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición27 de Junio de 2016
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXIX - Nº 128
CORDOBA, (R.A.), VIERNES 1º DE JULIO DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
Córdoba Sociedad de Economía Mixta.
Que en virtud de haberse detectado un error material involuntario, co-
rresponde en esta instancia la eliminación del ordinal número treinta y dos
(32) del Anexo II, ya que no debió consignarse en el Decreto de referencia.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144° de
la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A
Artículo 1º.-RECTIFÍCASE parcialmente el Anexo II del Decreto N°
635 de fecha 26 de mayo de 2016, del que deberá excluirse el ordinal nú-
mero treinta y dos (32).
Artículo 2º.- El presente decreto será refrendado por los señores Mi-
nistro de Industria, Comercio y Minería y Fiscal de Estado y rmado por la
señora Secretaría General de la Gobernación.
Artículo 3º.-PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bole-
tín Ocial y archívese.
FDO: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - ROBERTO HUGO AVALLE, MINISTRO
DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA - DR. JORGE EDUARDO CÓRDOBA, FIS-
CAL DE ESTADO - CRA. SILVINA RIVERO, SECRETARIA GENERAL DE LA GO-
BERNACIÓN.
Decreto N° 771
Córdoba, 27 de Junio de 2016
VISTO: El Expediente Nº 0423-125760/2016 del registro del Ministerio
de Gobierno.
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones se propicia la declaración de día no
laborable en la localidad de Alcira Gigena, departamento Río Cuarto, del
día 30 de junio de 2016, con motivo de conmemorarse el 105 Aniversario
de la fundación de la misma.
Que obra en autos la solicitud efectuada al efecto por el señor Inten-
dente de la citada localidad, acompañando copia del Decreto Municipal N°
61 de fecha 24 de mayo de 2016.
Que la iniciativa está comprendida en lo dispuesto por el artículo 6°
de la Ley N° 6326 que faculta expresamente a este Poder Ejecutivo para
disponer otros días feriados o no laborables, cuando no se trate de la esta
patronal de la localidad, y el alcance de los mismos.
Por ello, actuaciones cumplidas, lo dispuesto por el artículo 4 de la Ley
Nº 6326, lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Lega-
les del Ministerio de Gobierno con el Nº 257/16 y por Fiscalía de Estado
bajo el N° 387/2016 y en uso de atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A
Artículo 1º.- DECLÁRASE no laborable en la Localidad de Alcira Gige-
na, Departamento Río Cuarto, Provincia de Córdoba, el día 30 de junio de
2016 con motivo de celebrarse el “105° Aniversario de la Fundación de la
Localidad”, con los alcances previstos por el artículo 4° de la Ley N° 6326.
Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Mi-
nistro de Gobierno y Fiscal de Estado.
Artículo 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bo-
letín Ocial y archívese.
Fdo: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR / RICARDO SOSA, MINISTRO DE IN-
VERSIÓN Y FINANCIANMIENTO A/C MINISTERIO DE GOBIERNO / JORGE
EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO
Decreto N° 762
Córdoba, 21 de junio de 2016.-
VISTO: El Expediente Nº 0423-125456/2016, del registro del Ministerio
de Gobierno.
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones se propicia la declaración de día
no laborable en la Localidad de General Cabrera, Departamento Juárez
Celman, el día 30 de junio de 2016, con motivo de conmemorarse el 123°
Aniversario de su fundación.
Que, obra en autos la solicitud efectuada por el señor Intendente Mu-
nicipal de la localidad de General Cabrera, acompañando la Ordenanza
N° 1551/16 y su Decreto Promulgatorio N° 124/16 de fecha 13 de abril de
2016 por el que se declara no laborable el día precitado y se otorga asueto
a todo el personal municipal.
Que la iniciativa está comprendida en lo dispuesto por el artículo 6°
de la Ley 6326, que faculta expresamente a este Poder Ejecutivo para
disponer otros días feriados o no laborables, cuando no se trate de la esta
patronal de la localidad, y el alcance de los mismos.
Por ello, lo establecido en los artículos 4º y 6º de la Ley Nº 6326 y lo
dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales del Minis-
terio de Gobierno bajo el Nº 189/16 y por Fiscalía de Estado mediante N°
388/16 y en uso de sus atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
Artículo 1º.- DECLÁRASE no laborable en la Localidad de General
Cabrera, Departamento Juárez Celman, Provincia de Córdoba, el día 30 de
junio de 2016 por conmemorarse el 123° Aniversario de su Fundación, con
los alcances del artículo 4º de la Ley 6326.
Artículo 2º.- El presente decreto será refrendado por los señores Mi-
nistro de Gobierno y Fiscal de Estado.
Artículo 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bo-
letín Ocial y archívese.
FDO: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR / DR. JUAN CARLOS MASSEI, MINIS-
TRO DE GOBIERNO / DR. JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO

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