Decreto N° 755 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor 6 de Julio de 2022
EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición30 de Junio de 2022
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIX - TOMO DCXCI - Nº 136
CORDOBA, (R.A.) MIÉRCOLES 6 DE JULIO DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
“Las Malvinas son argentinas”
Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.
DADA EN LA CIUDAD DE CÓRDOBA, A LOS VEINTIDÓS DÍAS DEL MES
DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTIDÓS.
FDO.: MANUEL FERNANDO CALVO, VICEGOBERNADOR - GUILLERMO CARLOS
ARIAS, SECRETARIO LEGISLATIVO
ANEXO
Decreto N° 755
Córdoba, 30 de junio de 2022
Téngase por Ley de la Provincia Nro. 10.822, cúmplase, protocolícese, co-
muníquese, publíquese en el Boletín Ocial, archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - ALFONSO FERNANDO MOSQUERA,
MINISTRO DE SEGURIDAD - JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO
Decreto N° 715
Córdoba, 27 de junio de 2022
VISTO: el Expediente Letra “P” N° 16/2021 del Registro del Tribunal de
Disciplina Notarial de la Provincia de Córdoba.
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones e la Escribana Teresa Leonor PA-
GANI de SCACCHI, Titular del Registro Notarial N° 542, con asiento en la
ciudad de Pilar, Departamento Río Segundo, propone la designación de la
Notaria Ana Isabel CRAVERO, Matrícula Profesional N° 2867, en calidad
de Adscripta al mencionado Registro.
Que obra la petición de la Escribana Titular y la conformidad de la
propuesta como Adscripta, adjuntándose sus datos personales y profe-
sionales.
Que el Tribunal de Disciplina Notarial informa que mediante Acuerdo
del Tribunal Superior de Justicia N° 18 de fecha 2 de mayo de 1978, la
Escribana Teresa Leonor PAGANI de SCACCHI, fue designada titular del
Registro Notarial N° 542, con asiento en la localidad de Pilar, prestando
Juramento de Ley el día 26 de mayo de ese mismo año, y continuando en
el ejercicio de sus funciones notariales en forma ininterrumpida hasta el día
de la fecha, no registrando sanción disciplinaria alguna; y que la Escribana
Ana Isabel CRAVERO no es titular ni adscripta de ningún Registro Notarial.
Que tanto la Comisión Matrículas y Registros del Colegio de Escriba-
nos de la Provincia de Córdoba como el Tribunal de Disciplina Notarial se
expiden favorablemente respecto a la petición de autos.
Por ello, actuaciones cumplidas, lo dispuesto por los artículos 17 y 25 de
la Ley Nº 4183 (T.O. por Decreto N° 2252/1975), lo dictaminado por la Di-
rección de Jurisdicción de Asuntos Legales del Ministerio de Gobierno con
el N° 030/2022, por Fiscalía de Estado bajo el N° 408/2022 y en uso de
atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
Artículo 1°.- DESÍGNASE a la Escribana Ana Isabel CRAVERO, D.N.I.
N° 22.155.258 - Clase 1971-, Matrícula Profesional N° 2867, como Adscrip-
ta al Registro Notarial N° 542 con asiento en la localidad de Pilar, Departa-
mento Río Segundo de esta Provincia.
Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Mi-
nistro de Gobierno y Fiscal de Estado.
Artículo 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dese intervención al
Tribunal de Disciplina Notarial, al Colegio de Escribanos de la Provincia de
Córdoba, notifíquese, publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - FACUNDO TORRES LIMA, MINISTRO
DE GOBIERNO - JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO
ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL DE
RECURSOS HÍDRICOS - APRHI
Resolución General N° 30
Córdoba, 24 de junio de 2022.-
VISTO el Expediente Nº 0733–003656/2022 en el que se analiza la solici-
tud del Municipio de San Antonio de Arredondo en cuanto a las exigencias
de infraestructura básica cloacal a determinados desarrollos urbanísticos
que cursan trámite de factibilidad conforme al Decreto N° 847/2016.
Y CONSIDERANDO:
Que mediante Nota N° APRH01–1502225171–221 incorporada al Fo-
lio Único N° 2, la señora Intendente de la Municipalidad de San Antonio
de Arredondo solicita se reconsideren las medidas exigidas por el Decreto
N° 847/16 aplicables a los desarrollos urbanísticos tanto dentro de su eji-
do municipal como en localidades aledañas. Fundando tal pedido en el
Convenio suscripto entre el Gobierno Provincial y los Municipios de Villa
Icho Cruz y San Antonio de Arredondo conjuntamente con las Comunas
de Cuesta Blanca, Tala Huasi y Mayu Sumaj que tiene como objeto la eje-
cución del Colector Cloacal de la Cuenca Sur del Lago San Roque. En
relación al cual maniesta: “…el referido Colector prevé como como zona
de inuencia el radio urbano de nuestra localidad, y ante el hecho concreto
de la inminente puesta en marcha de la referida obra, entendemos que no
existirán mayores argumentos para sostener la exigencia de disponer de
plantas de tratamiento a las nuevas urbanizaciones, atendiendo a que in-

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