Decreto N° 717 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor22 de Julio de 2021
EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición14 de Julio de 2021
JUEVES 22 DE JULIO DE 2021
AÑO CVIII - TOMO DCLXXIX - Nº 148
CORDOBA, (R.A.)
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar SUMARIO
SECCION
LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS
1a
1
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“Año del Bicentenario de
la Constitución de Córdoba”
PODER EJECUTIVO
Decreto N° 717
Córdoba, 14 de julio de 2021.
VISTO: El expediente N° 0451-008872/2021 del registro del Ministerio de
Obras Públicas.
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones se propicia la aprobación de una
Adenda, en relación al CONVENIO DE APORTE DE CAPITAL, celebrado
con fecha 07 de noviembre de 2014, su similar modicatorio aprobado por
Decreto N° 353/15 y su Adenda Decreto N° 2230/17, a celebrarse entre el
Ministerio de Obras Públicas y Caminos de las Sierras S.A., Concesionaria
de la Red de Accesos a la Ciudad de Córdoba.
Que constan en autos los citados Decretos N° 353/15 y 2230/17 an-
tecedentes de la operatoria que se propicia, aprobando la Modicación al
Convenio de Aporte de Capital y su respectiva Adenda.
Que los referidos Convenio y Adenda, fueron celebrados con el objeto
de lograr el nanciamiento para cubrir los costos relativos a la liberación de
traza y procesos de expropiación en las obras concernientes a las Rutas
Nacionales 19 y 9 Norte .
Que el Señor Presidente de Caminos de las Sierras S.A., maniesta
que los aportes remitidos en forma inicial, fueron estimados de manera
provisoria, sujeto al resultado de las distintas tasaciones que debía reali-
zar el Consejo General de Tasaciones de la Provincia; y que, avanzado el
proceso de liberación de traza y expropiaciones, resulta necesario suscribir
una Adenda al mismo, que prevea el envío de un importe de Pesos Cien
Millones ($ 100.000.000,00) para continuar afrontando el pago de la libera-
ción de trazas de las Rutas Nacionales N° 19 y 9 Norte.
Que se acompaña en autos el Documento Contable, Nota de Pedido
Nº 2021/000288, dando cuenta de los fondos para afrontar la erogación
que lo gestionado implica.
Que conforme se propicia, el importe solicitado será integrado como
aporte irrevocable a cuenta de futuros aumentos de capital social por parte
del Gobierno de la Provincia de Córdoba, en su carácter de accionista ma-
yoritario de la rma Caminos de las Sierras S.A., con destino a la ejecución
de las obras ut supra referenciadas.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por
la Dirección General de Asuntos legales dependiente del Ministerio de
PODER EJECUTIVO
Decreto N° 717 .....................................................................Pag. 1
Decreto N° 725 .....................................................................Pag. 2
Decreto N° 726 .....................................................................Pag. 2
MINISTERIO DE FINANZAS
Resolución N° 170 ................................................................Pag. 3
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Resolución N° 202 ................................................................Pag. 3
Resolución N° 203 ................................................................Pag. 4
Resolución N° 212 ................................................................Pag. 5
Resolución N° 216 ................................................................Pag. 6
Resolución N° 217 ................................................................Pag. 7
Resolución N° 224 ................................................................Pag. 8
Obras Públicas bajo el N° 272/2021, por Fiscalía de Estado bajo el N°
489/2021 y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144, inciso
1° de la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
Artículo 1°- APRUÉBASE el Modelo de ADENDA modicatoria del
CONVENIO DE APORTE DE CAPITAL, de fecha 07 de Noviembre de
2014, y sus similares de fechas 06 de Abril de 2015 y 29 de diciembre de
2017, aprobadas por Decretos Nros. 353/15 y 2230/17, respectivamente,
a suscribirse entre el Ministerio de Obras Públicas y el Señor Presidente
del Directorio de la rma Caminos de las Sierras S.A., la que, como Anexo
1, compuesto de dos (2) fojas útiles, se acompaña y forma parte de este
instrumento legal.
Artículo 2°.- El presente Decreto será refrendado por los señores Mi-
nistro de Obras Públicas y Fiscal de Estado.
Artículo 3°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dese a la rma Cami-
nos de las Sierras S.A. y a la Agencia Córdoba Inversión y Financiamiento
S.E.M., publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - RICARDO SOSA, MINISTRO DE
OBRAS PÚBLICAS - JORGE EDUARDO CÓRDOBA, FISCAL DE ESTADO
ANEXO

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