Decreto N° 659

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición29 de Junio de 2015
CÓRDOBA, 5 de Octubre de 2015 BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCX Nº 191 Primera Sección
1ª
AÑO CII - TOMO DCX - Nº 191
CORDOBA, (R.A.), LUNES 5 DE OCTUBRE DE 2015
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Decreto N° 659
Córdoba, 29 de Junio de 2015
VISTO: El expediente Nº 0045-013836/2006/A34 del registro
de la Dirección Provincial de Vialidad, dependiente del Ministerio
de Infraestructura.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones la citada Dirección propicia
la aprobación del Acta Acuerdo de Redeterminación de Precio
por Reconocimiento de la cuarta y quinta Variación de Costos
correspondiente a los meses de junio de 2011 y febrero de
2012, por trabajos faltantes de ejecutar en la obra:
“COBERTURA ZONA 4 – CONSERVACIÓN EN CAMINOS
PAVIMENTADOS DEL CENTRO Y SUR –
DEPARTAMENTOS: CALAMUCHITA, RÍO CUARTO, JUÁREZ
CELMAN, RÍO SEGUNDO, TERCERO ARRIBA, GENERAL
SAN MARTÍN”, suscripta el 18 de mayo de 2015 entre el
Presidente de la Dirección Provincial de Vialidad, y el
Representante de la Empresa A.R.C. S.R.L. – PABLO
AUGUSTO FEDERICO – CONSORCIO DE
COOPERACIÓN, contratista de la obra; asimismo se preve el
reconocimiento a favor de la contratista de la variación de la
alicuota del impuesto a los ingresos brutos.
Que la redeterminación de precio de que se trata encuadra en
las previsiones del Decreto Nº 1747/2008, atento lo dispuesto
en Anexo I de la Resolución N° 59/2009 de la entonces Secretaria
de Obras Publicas; mecanismos utilizados en relación a la
primera, segunda y tercera redeterminación de precios por
reconocimiento de variación de costos.
Que por Decreto N° 1164/2008, se dispuso la adjudicación
de la obra a la citada empresa y con fecha 17 de noviembre
del mismo año se celebró el respectivo Contrato de Obra, en
tanto por Resoluciones Nros. 120/ 2009 y 102/2010 ambas
de la entonces Secretaría de Obras Públicas se dispuso la
aprobación del Acta Acuerdo de la Primera y Segunda
Redeterminación de Precio por Reconocimiento de Variación
de Costos de la obra de que se trata; por su parte mediante
Decreto N° 1671/2012 se aprobó el Acta Acuerdo de la Tercera
Redeterminación de Precio por Reconocimiento de Variación
de Costos.
Que la contratista solicita y fundamenta la Cuarta y Quinta
Redeterminación de Precio por Reconocimiento de Variación
de Costo correspondiente a los meses de junio de 2011 y febrero
de 2012, respectivamente.
Que el Área Planificación y Proyectos juntamente con el
Departamento II Gestión Económica de Obras, ambos, de la
Dirección Provincial de Vialidad, informan que al mes de junio
de 2011(cuarta redeterminación), se produjo un FRI de 7,7171
y al mes de febrero de 2012 (quinta redeterminación), se produjo
un FRI de 2,0808 que dan como resultado un porcentaje de
variación que asciende al 11,29% (junio/2011) y 20,72%
(febrero/2012), respectivamente, lo que implica un refuerzo de
partida de $481.230,47 de conformidad al Certificado N° 38
Final Bis I RP, habiéndose mantenido fijo el 10% de utilidad
invariable y aplicado a la parte del contrato faltante de ejecutar,
esto es el 98,77% de los trabajos, que culminaron el 01/03/12
(Resolución N° 470/2012 de la Dirección Provincial de Vialidad).
Que asimismo, dichas áreas técnicas indican que corresponde
reconocer la variación de la alicuota de los Ingresos Brutos por
el importe total de $ 142.110,78, expresan que se reconocen
las variaciones correspondientes al Certificado Nº 38 Final Bis
RP ($50.617,70) y al Certificado Nº 38 Final Bis 1 ($ 15.908,04),
señalando que el Certificado N° 28 (marzo/2011) se “contemplo
solo lo ejecutado en el mes y no las variaciones de costos que
tambien se certificaron, lo que hace una diferencia de $
75.585,01.
Que la contratista ha renunciado a todo reclamo por mayores
costos, compensaciones, gastos improductivos o supuestos
perjuicios de cualquier naturaleza en los términos del artículo 16
del Anexo al Decreto referenciado.
Que en consecuencia, verificada la existencia de los supuestos
que tornan procedente la aplicación del citado instrumento le-
gal, la Dirección Provincial de Vialidad ha considerado
conveniente la redeterminación del precio del contrato, por lo
que suscribió con la contratista el Acta Acuerdo de
redeterminación de precio por reconocimiento de la cuarta y
quinta variación de costo, correspondientes a los meses de
junio de 2011 y febrero de 2012.
Que se agrega Documento Contable (Nota de Pedido) N°
2015/000788 que certifica la reserva presupuestaria para
atender la erogación que lo gestionado implica.
Por ello, actuaciones cumplidas, normas legales citadas, lo
dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Le-
gales del Ministerio de Infraestructura con el N° 198/2015, por
Fiscalía de Estado bajo el N° 470/2015 , y en uso de sus
atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A
Artículo 1º.- APRUÉBASE el Acta Acuerdo de
Redeterminación de Precio por Reconocimiento de la cuarta y
quinta Variación de Costos correspondientes a los meses de
junio de 2011 y febrero de 2012, por trabajos faltantes de
ejecutar en la obra: “COBERTURA ZONA 4 – CONSERVACIÓN
EN CAMINOS PAVIMENTADOS DEL CENTRO Y SUR –
DEPARTAMENTOS: CALAMUCHITA, RÍO CUARTO, JUÁREZ
CELMAN, RÍO SEGUNDO, TERCERO ARRIBA, GENERAL
SAN MARTÍN”, por la suma total de Pesos Seiscientos Veintitrés
Mil Trescientos Cuarenta y Uno con Veinticinco Centavos ($
623.341,25), suscripta el 18 de mayo de 2015 entre el
Presidente de la Dirección Provincial de Vialidad, Ingeniero
Raúl BERTOLA, por una parte, y el representante de la Empresa
A.R.C. S.R.L. – PABLO AUGUSTO FEDERICO – CONSORCIO
DE COOPERACIÓN, Ingenieros Arturo Horacio ROMERO
CAMMISA y Pablo Augusto FEDERICO, contratista de la obra,
por la otra, que como Anexo I, compuesto de siete (7) fojas
útiles, se acompaña y forma parte integrante del presente
instrumento legal.
Artículo 2º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma
total de Pesos Seiscientos Veintitrés Mil Trescientos Cuarenta y
Uno con Veinticinco Centavos ($623.341,25), con cargo a
Jurisdicción 1.50 Programa 504-002, Partida 12.06.00.00,
Centro de Costo 0384 del P.V., conforme lo indica el
Departamento Administración y Personal de la Dirección Pro-
vincial de Vialidad en su Documento de Contabilidad-Nota de
Pedido Nº 2015/000788.
Artículo 3º.- FACÚLTASE al señor Presidente de la Dirección
Provincial de Vialidad a suscribir la Enmienda de contrato por
Redeterminación de precio, debiendo la empresa A.R.C. S.R.L.
– PABLO AUGUSTO FEDERICO – CONSORCIO DE
COOPERACIÓN, en caso de corresponder, integrar el importe
adicional de garantía de cumplimiento del contrato.
Artículo 4°.- El presente Decreto será refrendado por los
señores Ministro de Infraestructura y Fiscal de Estado.
Artículo 5º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dése
intervención al Departamento Administración y Personal de la
Dirección Provincial de Vialidad, al Tribunal de Cuentas de la
Provincia, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial, pase a
la citada Dirección a sus efectos y archívese.
JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
CR. MANUEL FERNANDO CALVO
MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
JORGE EDUARDO CÓRDOBA
FISCAL DE ESTADO
ANEXO
http://goo.gl/Mhj6rF
PODER
EJECUTIVO

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