Decreto N° 63

EmisorMrio. de Hacienda y Finanzas
Fecha de la disposición15 de Enero de 2016

DECRETO N° 63

Mendoza, 15 de enero de 2016

Visto el expediente N° 00046-D-16-01027; y

CONSIDERANDO:

Que es necesario reordenar la cadena de pagos a proveedores de la Provincia de Mendoza.

Que es de público conocimiento el desorden Fiscal y Administrativo en las cuentas públicas, que ha generado entre otros temas, la falta de pago a proveedores del Estado, poniendo en riesgo la prestación de servicios básicos para su funcionamiento.

Que es menester a los fines de afrontar los saldos pretendidos, contar con información veraz y documentada en relación a la obligación de pago que mantiene la Provincia de Mendoza respecto a los proveedores.

Que, asimismo, resulta necesario verificar dentro de un circuito determinado, la prestación efectiva de servicios o la entrega real de bienes.

Que para dar cumplimiento a los fines precedentemente expuestos es preciso reglamentar el procedimiento de comprobación de créditos que establece la Ley Nº 8816.

Que la Provincia de Mendoza ha declarado la emergencia Financiera, Administrativa y Fiscal mediante el dictado de la Ley N° 8833.

Que resulta indispensable determinar si en los procesos de contratación se ha dado cumplimiento a todos los requisitos legales vigentes. En caso de incumplimiento, debería recabarse la información adecuada a los efectos de investigar la posible responsabilidad de aquellos efectores públicos que han intervenido, así como dar comunicación a los órganos de Control.

Por ello, de acuerdo a las facultades reglamentarias otorgadas por el Artículo 128 de la Constitución Provincial, Artículos 8° de la Ley N° 8816 y 2° de la Ley N° 3909 y atento a lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Legales del Ministerio de Hacienda y Finanzas a fs. 9/10, Asesoría de Gobierno a fs. 17 y Fiscalía de Estado a fs. 19 y 21 del expediente N° 00046-D-16-01027,

EL GOBERNADOR DE LA

PROVINCIA EN ACUERDO

DE MINISTROS

DECRETA:

a.-

Nombre completo o Razón Social del solicitante, acreditando la representación invocada, juntamente con la documentación que justifique la titularidad del crédito e indique número de Proveedor.

b.-

Copia certificada de la documentación que acredite su prestación y/o entrega del bien.

c.-

Manifieste con carácter de declaración jurada: el modo en que fue efectuada la contratación que dio origen a la obligación reclamada, día que entregó los bienes y/o prestó el servicio, funcionario que recibió el bien o servicio, día en que entregó la factura correspondiente y si tiene conocimiento de la fecha de imputación contable por la prestación que realizó.

d.-

Indicar el valor unitario del...

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