Decreto N° 617

EmisorDecretos
Fecha de la disposición10 de Mayo de 2018
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CV - TOMO DCXLI - Nº 87
CORDOBA, (R.A.) JUEVES 10 DE MAYO DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria”
Que el primer lugar de dicho Orden de Mérito, habiendo superado las pun-
tuaciones mínimas exigidas por la ley para acceder al cargo vacante de la
Jefatura de Área Innovación y Gobierno abierto dependiente actualmente
de la subdirección de Jurisdicción Planicación Estratégica, en la órbita de
la Secretaría de Desarrollo de Políticas Comunitarias en los Cuadrantes
del Ministerio de Gobierno, corresponde al señor Germán Lider Buffa.
Que resulta necesario encomendar a la Dirección de Jurisdicción de Re-
cursos Humanos de la citada cartera, la vericación del efectivo cumpli-
miento de los requisitos establecidos por los artículos 12 y 13 de la Ley
N° 7233 para el ingreso de personal a la Administración Pública Provincial.
Por ello, normas legales citadas, lo dictaminado por la Dirección General de
Asuntos Legales del ex Ministerio de Gestión Pública con el N° 832/2015,
por Fiscalía de Estado bajo el N° 219/2017, y en ejercicio de atribuciones
constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A
Artículo 1º.- DESÍGNASE a partir de la fecha del presente Decreto al se-
ñor Germán Lider BUFFA, D.N.I. N° 22.205.212, en el cargo vacante de
Jefe de Área Innovación y Gobierno Abierto dependiente de la Subdirec-
ción de Jurisdicción Planicación Estratégica, en la órbita de la Secretaría
de Desarrollo de Políticas Comunitarias en los Cuadrantes del Ministerio
de Gobierno, por haber obtenido el primer lugar en el Orden de Mérito co-
rrespondiente al concurso de títulos, antecedentes y oposición, convocado
por Resolución N° 1010/2015 del ex Ministerio de Gestión Pública, en los
términos del artículo 14, punto II), apartado B) de la Ley N° 9361.
Artículo 2º. ESTABLÉCESE que la Dirección de Jurisdicción de Recur-
sos Humanos del referido Ministerio, de corresponder, vericará el efectivo
cumplimiento de los requisitos establecidos por los artículos 12 y 13de la
Ley N° 7233 para el ingreso de personal a la Administración Pública Pro-
vincial.
Artículo 3º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro
de Gobierno y Fiscal de Estado, y rmado por la señora Secretaria General
de la Gobernación.
Artículo 4º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, notifíquese, dese a la Se-
cretaría de Capital Humano de la Secretaría General de la Gobernación,
publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - SILVINA RIVERO, SECRETARIA GE-
NERAL DE LA GOBERNACION - JUAN CARLOS MASSEI, MINISTRO DE GOBIER-
NO - JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO
Decreto N° 617
Córdoba, 27 de marzo de 2018
VISTO: el Expediente N” 0045-017672/2015 del registro de la Dirección
Provincial de Vialidad dependiente del Ministro de Vivienda, Arquitectura
y Obras Viales.
Y CONSIDERANDO:
Que tratan las presentes actuaciones sobre la adquisición directa por ave-
nimiento del inmueble, que fuera declarado de utilidad pública y sujeto a
expropiación de manera genérica conforme el artículo 49 de la Ley 10.176
(Presupuesto General para la Administración Pública Provincial-Año 2014)
e individualizado mediante Decreto N° 704/2016, ubicado en Banda Norte
del Río Tercero, Pedanía El Salto, Departamento Tercero Arriba de esta
Provincia de Córdoba, Propiedad N° 3301-2199096/2, inscripto en el Regis-
tro General de la Provincia en relación a la Matrícula Folio Real N° 375.869,
con una supercie a afectar de 7 Has.7.240 m2, para la ejecución de la
obra: “ENARENADO EN DESVÍO TRÁNSITO PESADO NORTE DE RÍO
TERCERO”.
Que asimismo se propicia la aprobación del Convenio de Adquisición de
Inmueble por Avenimiento, suscripto ad referéndum de este Poder Ejecuti-
vo, con fecha 5 de julio de 2017, celebrado entre la Provincia de Córdoba,
representada en ese acto por el Presidente de la Dirección Provincial de
Vialidad, señor Osvaldo Rubén Vottero, por una parte, y la señora Silvia
Teresa TARICCO, por la otra, en su carácter de propietaria del inmueble
en cuestión.
Que en el Convenio de que se trata se consigna que las partes jan de
común acuerdo el precio del inmueble objeto de expropiación al mes de
julio de 2014, en la suma de $ 772.400,00, importe que coincide con lo
establecido mediante Resolución N° 8981/2017 del Consejo General de
Tasaciones de esta Provincia; asimismo, se ha acordado agregar al referido
monto un 10%, según lo previsto en el artículo 14 de la Ley N° 6394, suma
que asciende a $77.240,00, más intereses contemplados en el artículo 13
de dicha Ley, desde la fecha de desposesión hasta la rma del Convenio; lo
que resulta en un importe total, único y denitivo de $ 1.001.318,20.
Que el Convenio en cuestión establece que una vez percibida íntegramen-
te la suma pactada por parte de la propietaria, esta no tendrá nada que
reclamar en el futuro a la Provincia por ningún concepto relacionado con el
Avenimiento gestionado (cl. 2o); y que en caso de existir cuestiones litigio-
sas pendientes de resolución, será a cargo del expropiado llevar adelante
las medidas conducentes a dar solución denitiva a ellas, resultando de
aplicación la disposición contenida en el artículo 29 de la citada Ley N°
6394 (cl. 3o).
Que se deja expresamente establecido que la Provincia abonará dicha
suma a la propietaria en un solo pago total, único y denitivo (cl. 4o).
Que se agrega Documento Contable-Nota de Pedido N° 2018/000020-,
para hacer frente a la erogación que la gestión implica.
Que la transferencia del dominio del mencionado inmueble a favor del Es-
tado Provincial será efectuada conforme lo dispuesto por el artículo 21 de
la Ley N° 6394.
Por ello, lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Le-
gales del ex Ministerio de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales bajo el
N° 484/2017, por Fiscalía de Estado con el N° 1427/2017 y en uso de las
atribuciones conferidas por el artículo 144, inciso 1° de la Constitución Pro-
vincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA

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