Decreto N° 610 1º Sección: Legislación – Normativas
Fecha de Entrada en Vigor | 8 de Junio de 2022 |
Emisor | Poder Ejecutivo |
Fecha de la disposición | 31 de Mayo de 2022 |
MIÉRCOLES 8 DE JUNIO DE 2022
AÑO CIX - TOMO DCXC - Nº 116
CÓRDOBA, (R.A.)
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar SUMARIO
SECCION
LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS
1a
1
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“Las Malvinas son argentinas”
PODER EJECUTIVO
Decreto N° 610 ...................................................................... Pag. 1
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Resolución N° 580 ................................................................. Pag. 2
Resolución N° 646 ................................................................. Pag. 2
AGENCIA CÓRDOBA TURISMO
Resolución N° 169 ................................................................. Pag. 3
Resolución N° 194 ................................................................. Pag. 3
Resolución N° 195 ................................................................. Pag. 4
Resolución N° 196 ................................................................. Pag. 5
Resolución N° 197 ................................................................. Pag. 5
Resolución N° 198 ................................................................. Pag. 6
Resolución N° 200 ................................................................. Pag. 6
PODER EJECUTIVO
Decreto N° 610
Córdoba, 31 de mayo de 2022
VISTO: el Expediente Nº 0423-059646/2021, del registro del Ministerio
de Gobierno.
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones se propicia la designación de los
miembros integrantes de la Comisión Organizadora del Colegio Pro-
fesional de Higiene y Seguridad de la Provincia de Córdoba, a tenor
de lo establecido en el artículo 50 de la Ley N° 10.666 y su Decreto
Reglamentario N° 665/2021.
Que se agregan en autos las constancias de los edictos de convoca-
toria para la realización de la “Asamblea Ad Hoc de Profesionales en
Higiene y Seguridad”, para el día 21 de abril de 2022, publicados en el
Boletín Oficial Electrónico, con fechas 12, 13 y 18 de abril de 2022, y
en el diario La Voz del Interior, con fecha 13 de abril de 2022, así como
las invitaciones cursadas al efecto a diversos interesados y entidades
vinculadas a la profesión.
Que seguidamente, se ajunta el primer testimonio de la Escritura Pú-
blica N° 11, de fecha 21 de abril de 2022, labrada por el Escribano
titular del Registro Notarial N° 263 de la ciudad de Córdoba, en la que
se da cuenta de la celebración de la asamblea mencionada y se deja
constancia que, luego de ser propuestos por un asistente, son desig-
nados por mayoría los siguientes seis miembros de la Comisión: Gus-
tavo Manno, como Presidente; Vanina Lorena Ponce, como Secretaria;
y Gustavo Rassetto, Laura Alaniz, Rodrigo Davicino y Adriana Mercau,
como Vocales; asimismo, se incorpora la planilla de asistentes debida-
mente acreditados.
Que lucen agregados los datos personales y profesionales de quienes
son propuestos para integrar la Comisión mencionada.
Que el señor Ministro de Gobierno otorga su Visto Bueno a lo gestio-
nado en autos.
Que en su mérito, la selección de los profesionales propuestos para ser
designados como miembros de la Comisión Organizadora del Colegio
de Profesionales de Higiene y Seguridad de la Provincia ha respetado
el procedimiento establecido al efecto por el Decreto N° 665/2021, re-
glamentario del artículo 50 de la Ley N° 10.666.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por
la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales del Ministerio de Go-
bierno bajo el Nº 28/2022, por Fiscalía de Estado con el N° 309/2022 y
en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 37 y 144, inciso
1°, de la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
Artículo 1º.- DESIGNASE, al señor Gustavo Mario MANNO, D.N.I. N°
16.530.292, como Presidente, y a la señora Vanina Lorena PONCE,
D.N.I. N° 26.994.411, como Secretaria, ambos de la Comisión Orga-
nizadora del Colegio de Profesionales de Higiene y Seguridad de la
Provincia de Córdoba; y a los señores Gustavo Luis RASSETTO, D.N.I.
N° 36.680.415, Laura Viviana ALANIZ, D.N.I. N° 21.061.898, Rodrigo
DAVICINO GUZZETTI, D.N.I. N° 38.107.144 y Adriana Verónica MER-
CAU, D.N.I. N° 24.333.081, como Vocales de la mencionada Comisión;
todo, en virtud de lo establecido en el artículo 50 de la Ley N° 10.666 y
su Decreto Reglamentario N° 665/2021.
Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Mi-
nistro de Gobierno y Fiscal de Estado.
Artículo 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, notifíquese, publíque-
se en el Boletín Oficial y archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - FACUNDO TORRES LIMA, MINIS-
TRO DE GOBIERNO - JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO
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