Decreto N° 599 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor 3 de Julio de 2017
EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición 3 de Mayo de 2017
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXX - Nº 110
CORDOBA, (R.A.), VIERNES 9 DE JUNIO DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
Artículo 2º.-ESTABLÉCESE que la Procuradora Fiscal designada en
el artículo anterior comenzará a ejercer la representación de la Provincia
de Córdoba una vez completado el legajo y constituida la anza pertinente.
Artículo 3º.-AUTORÍZASE al señor Ministro de Finanzas para que ve-
rique el otorgamiento de la anza correspondiente y proceda a su acepta-
ción.
Artículo 4º.-DISPÓNESE que el cumplimiento de la designación dis-
puesta en el presente Decreto no demandará egreso alguno, atento las
condiciones establecidas en la reglamentación vigente.
Artículo 5º.-El presente Decreto será refrendado por los señores Mi-
nistro de Finanzas y Fiscal de Estado.
Artículo 6º.-PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bole-
tín Ocial y archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO
DE FINANZAS - JORGE EDUARDO CÓRDOBA, FISCAL DE ESTADO
Decreto N° 599
Córdoba, 03 de mayo de 2017
VISTO: El Expediente N° 0532-000086/2016 del registro de la Subsecre-
taría Fiscalía Tributaria Adjunta, dependiente del Ministerio de Finanzas.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones se gestiona la designación de la
abogada Londra Danisa Argañaraz, como Procuradora Fiscal de la Direc-
ción General de Rentas.
Que el sistema provincial de procuración scal y la competencia de la
Dirección General de Rentas de la Provincia de Córdoba para disponer la
gestión judicial y/o extrajudicial de cobranzas de las deuda impositivas en
mora hace necesario, a los nes de contribuir a la eciencia de la gestión,
designar procuradores scales en el marco de la normativa que regula la
actividad de éstos.
Que la Procuradora Fiscal que se designa por el presente instrumento
legal cumple con los requisitos y condiciones que prevé la legislación vi-
gente en la materia, debiendo constituir legajo pertinente y otorgar la anza
respectiva.
Por ello, las disposiciones del Decreto N° 1205/2015, lo dictaminado
por la Fiscalía Tributaria Adjunta con el N° 39/2016, por la Dirección de
Asuntos Legales del Ministerio de Finanzas al N° 614/2016, por Fiscalía de
Estado bajo el N° 988/2016 y en ejercicio de atribuciones conferidas por el
artículo 144 de la Constitución Provincial:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º.-DESÍGNASE a la abogada Londra Danisa Argañaraz,
D.N.I. Nº 26.582.799, como Procuradora Fiscal de la Dirección General de
Rentas para la gestión judicial y/o extrajudicial de cobro de deudas imposi-
tivas en mora.
Artículo 2º.-ESTABLÉCESE que la Procuradora Fiscal designada en
el artículo anterior comenzará a ejercer la representación de la Provincia
de Córdoba una vez completado el legajo y constituida la anza pertinente.
Artículo 3º.-AUTORÍZASE al señor Ministro de Finanzas para que ve-
rique el otorgamiento de la anza correspondiente y proceda a su acepta-
ción.
Artículo 4º.-DISPÓNESE que el cumplimiento de la designación dis-
puesta en el presente Decreto no demandará egreso alguno, atento las
condiciones establecidas en la reglamentación vigente.
Artículo 5º.-El presente Decreto será refrendado por los señores Mi-
nistro de Finanzas y Fiscal de Estado.
Artículo 6º.-PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bole-
tín Ocial y archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO
DE FINANZAS - JORGE EDUARDO CÓRDOBA, FISCAL DE ESTADO
MINISTERIO DE FINANZAS
DIRECCION GENERAL DE RENTAS
Resolución Normativa N° 64
Córdoba, 31 de Mayo de 2017.-
VISTO: la Ley N° 10.411, modicatoria del Código Tributario Provincial -Ley
N° 6006 T. O. 2015 y sus modicatorias- y la Resolución Normativa Nº
1/2015 (B.O. 02-12-2015) y sus modicatorias;
Y CONSIDERANDO:
QUE mediante la Ley N° 10.411, modicatoria del Código Tributario
Provincial, se establecieron las disposiciones relativas al Impuesto a las
Embarcaciones.
QUE a través del artículo 35 de la mencionada ley se facultó a la Direc-
ción General de Rentas para disponer, a efectos de liquidar el mencionado
Impuesto, un empadronamiento general de las embarcaciones deportivas,
de recreación o comerciales que se encuentran radicadas en la Provincia.
QUE en uso de tales facultades por Resolución Normativa N° 47/2017
(B.O. 20-03-2017), modicatoria de la Resolución Normativa N° 1/2015,
esta Dirección estableció las formalidades a cumplimentar por parte de
los contribuyentes y/o responsables a efectos de la implementación de lo
dispuesto en el Título Cuarto Bis del Libro Segundo del Código Tributario
mencionado, incluyendo las formas y/o condiciones del mencionado em-
padronamiento.

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