Decreto N° 207/09

FirmantesMacri-Lombardi-Grindetti-Rodríguez Larreta
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición19 de Marzo de 2009

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 207/ 09

APRUEBA EL REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO, DE CONCURSOS PARA LA PROVISIÓN DE CARGOS DE ASCENSO Y ELECTORAL PARA LA CONSTITUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL CONSERVATORIO SUPERIOR DE MÚSICA MANUEL DE FALLA - DEROGA LOS DECRETOS 952-97 Y 774-06

Buenos Aires, 19/03/2009

VISTO: el Expediente N° 66.590/2008, y

CONSIDERANDO:

Que por el mencionado expediente se solicitó la aprobación de un nuevo Reglamento de Funcionamiento del Conservatorio Superior de Música “Manuel de Falla” dependiente de la Dirección General de Enseñanza Artística de la Subsecretaría de Cultura del Ministerio de Cultura;

Que dicho reglamento sustituye al sancionado por el Decreto N° 952/97, modificado por el Decreto N° 774/06;

Que el contenido de las resoluciones N° 3327-MCGC-2007 y N° 1943-MCGC-2007 no se adecuan al espíritu del nuevo reglamento;

Que el reglamento vigente (Decretos N° 952/97 y N° 774/06), que rige el funcionamiento del Conservatorio Superior de Música “Manuel de Falla”, fue elaborado sin la participación de la comunidad educativa; Que el nuevo reglamento es el producto de un trabajo realizado en conjunto con la comunidad educativa en diferentes instancias, a saber: encuestas; presentaciones -por parte de distintos miembros de la comunidad- de propuestas alternativas de reforma; jornadas de análisis y debate; conformación de una comisión de trabajo con las autoridades del Conservatorio; reuniones con alumnos, docentes, no docentes y directivos de la institución;

Que la organización institucional planteada en el reglamento vigente no responde a la estructura real y actual del Conservatorio, lo cual conlleva un daño institucional al no estar definidas las misiones y funciones de los responsables de cada una de las áreas;

Que en el Decreto N° 952/97 se limitan las funciones del Consejo Directivo, estableciendo que “El Consejo Directivo tendrá por función asesorar y asistir a la Dirección del establecimiento en todos los eventos relacionados con la marcha del Instituto. No tendrá atribuciones ejecutivas, sino de asesoría y consejo”, en contradicción con los criterios actuales de democratización de las instituciones de educación superior;

Que los requisitos para acceder al Consejo Directivo, en el caso del claustro de estudiantes, limitan las posibilidades de participación a una minoría no representativa de la población estudiantil total del Conservatorio;

Que todo lo expuesto afecta de forma negativa al desempeño institucional, y que es decisión de la Dirección General de Enseñanza Artística implementar una urgente normalización tanto respecto al concurso de cargos de ascenso cuanto a la conformación del Consejo Directivo;

Que la Ley de Educación Superior N° 24.521. en su Artículo 15, establece el marco normativo que deberá regir a todos los Institutos de Educación Superior no Universitaria del siguiente modo: “Corresponde a las provincias y a la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires el gobierno y organización de la educación superior no universitaria en sus respectivos ámbitos de competencia, así como dictar normas que regulen la creación, modificación y cese de instituciones de educación superior no universitaria y el establecimiento de las condiciones a que se ajustará su funcionamiento, todo ello en el marco de la Ley N° 24.521, de lo que establece la presente y de los correspondientes acuerdos federales.”;

Que se han tomado como modelo para la elaboración del presente, los contenidos y procedimientos establecidos por el Ministerio de Educación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para la elaboración de los reglamentos de funcionamiento de los Institutos de Enseñanza Superior (I.E.S.);

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención que le compete en los términos de la Ley 1.218.

Por ello, y en uso de las atribuciones y facultades conferidas por los Artículos 102° y 104° de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1° Deróganse el Reglamento de Funcionamiento del Conservatorio Superior de Música “Manuel de Falla”, aprobado por Decreto N° 952/97, y las modificaciones dispuestas a este último mediante el Decreto N° 774/06.
Artículo 2° Exclúyese al Conservatorio Superior de Música “Manuel de Falla” de los alcances de la Resolución 1943-MCGC-2007 que aprueba el Reglamento de Concurso para la Provisión de Cargos Directivos en los Institutos Superiores no Universitarios dependientes de la Dirección General de Enseñanza Artística.
Artículo 3° Exclúyese al Conservatorio Superior de Música “Manuel de Falla” de los alcances de la Resolución 3327-MCGC-2007 que aprueba el Reglamento Electoral para constituir los Consejos Directivos de los Institutos Superiores no Universitarios dependientes de la Dirección General de Enseñanza Artística.
Artículo 4° Apruébase el Reglamento de Funcionamiento del Conservatorio Superior de Música “Manuel de Falla“, que obra en el Anexo I, el que a todos sus efectos pasa a formar parte del presente Decreto.
Artículo 5° Apruébase el Reglamento de Concursos para la provisión de cargos de ascenso en el Conservatorio Superior de Música “Manuel de Falla”, que obra en el Anexo II, el que a todos sus efectos pasa a formar parte del presente Decreto.
Artículo 6° Apruébase el Reglamento Electoral para la constitución del Consejo Directivo del Conservatorio Superior de Música “Manuel de Falla“, que obra en el Anexo III, el que a todos sus efectos pasa a formar parte del presente Decreto.
Artículo 7° Facúltase a la Dirección General de Enseñanza Artística a dictar las normas complementarias necesarias para la aplicación de los reglamentos aprobados en los artículo 4°, 5° y 6°.
Artículo 8° El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de Cultura y de Hacienda y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 9° Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese al Ministerio de Cultura y, para su conocimiento, notificación y demás efectos, remítase a la Subsecretaría de Cultura, a la Dirección General de Enseñanza Artística y, por su intermedio, al Conservatorio Superior de Música “Manuel de Falla”

Cumplido, archívese.

ANEXOS

ANEXO I Artículos 1 a 70

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO

Conservatorio Superior de Música “Manuel de Falla”

TITULO I PRINCIPIOS ESCTRUCTURALES Artículos 1 a 6
Artículo 1 Identidad

El Conservatorio Superior de Música “Manuel de Falla” es una Institución de Enseñanza Oficial, de gestión pública y gratuita de Nivel Superior No Universitario que depende de la Dirección General de Enseñanza Artística, dependiente de la Subsecretaría de Cultura, del Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

El Conservatorio desarrolla sus actividades en diversas áreas disciplinarias de la música, con autonomía dentro de los lineamientos de la política educativa y en acuerdo con las políticas jurisdiccionales y nacionales sobre la Educación Artística y de la formación docente. Reconoce a la Dirección General de Enseñanza Artística, dependiente del Ministerio de Cultura, como instancia jerárquica inmediata superior.

Respecto de la formación docente comparte responsabilidades con las correspondientes áreas del Ministerio de Educación jurisdiccional a los efectos de acordar criterios y acceder a las instancias nacionales y federales.

Artículo 2 Conformación

Conforman el Conservatorio los órganos superiores de gobierno, las autoridades directivas, los docentes, los estudiantes, y el personal no docente. La pertenencia a esta institución implica para sus miembros la aceptación de los principios, misión y funciones que sustentan sus actividades y el compromiso de adecuar su conducta a las prescripciones contenidas en este Reglamento y a las disposiciones que en su consecuencia se dicten.

Artículo 3 Principios Generales

El Conservatorio desarrolla su actividad respetando los derechos, declaraciones y garantías establecidos en la Constitución Nacional y en la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, los derechos universales del ser humano, las prácticas democráticas y la responsabilidad del individuo ante la sociedad; y ajusta su funcionamiento a las políticas y normas que rigen la actividad de la educación en general, y de la Educación Artística y la Educación Superior en particular, en esta jurisdicción y con acuerdo a las políticas nacionales y al Reglamento De Funcionamiento Institucional.

Artículo 4 Misión

El Conservatorio tiene como misión proporcionar formación musical, artística y docente, especializada en todos sus niveles para contribuir a preservar la cultura nacional y promover el quehacer sonoro en todas sus formas, desarrollando aptitudes y valores que hagan a una mejor calidad de vida y...

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