Decreto n° 578

EmisorMinisterio de Ambiente y Obras Publicas
Fecha de la disposición 7 de Mayo de 0007

DECRETO Nº 578

Mendoza, 26 de marzo de 2007

Visto el expediente Nº 568-D-2004-03840, en el cual la Dirección de Ordenamiento Ambiental y Desarrollo Urbano sobre control de ingresos señor Marcos Carbajal, terreno en Uspallata, y

CONSIDERANDO:

Que mediante decreto Nº 765/95 se adjudicó en venta al señor Marcos Argentino Carbajal, L.E. Nº 06.725.939, un terreno fiscal constante de diecinueve mil ochocientos catorce metros con ochenta y nueve decímetros cuadrados (19.814,89 dm2), conforme a la mensura Nº 1308, ubicado en la localidad de Uspallata, del departamento Las Heras, Mendoza.

Que posteriormente se denunció el fallecimiento del adjudicado y el señor Jorge Horacio Carbajal L.E. Nº 08.324.187, solicita la escrituración del inmueble del que se trata a su nombre.

Que a fojas 80 consta Declaración de Herederos del adjudicado y su cónyuge, la que dispone que le suceden como herederos legítimos sus hijos Jorge Horacio Carbajal, Félix Orlando Carbajal e Irma Ebelia Carbajal.

Que a fojas 82 consta partición privada de bienes presentada por los herederos, la que es aprobada a fojas 85, por el señor Jorge Horacio Carbajal.

Que a fojas 86 consta oficio del Juez de Vigésimo Segundo Juzgado Civil, Comercial y Minas de la primera Circunscripción Judicial de la Provincia de Mendoza, comunicando que se le adjudicó al heredero señor Jorge Horacio Carbajal, L.E. Nº 08.324.187, el 100% del inmueble ubicado sobre Ruta Nacional Nº 7, KM 1141, Uspallata, Las Heras, Mendoza.

Por ello, visto el Oficio acompañado lo dictaminado por Asesoría Legal del Ministerio de Ambiente y Obras Públicas y por Fiscalía de Estado,

EL GOBERNADOR

DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º

Acéptese la adjudicación realizada por el señor Juez del Vigésimo Segundo Juzgado Civil, Comercial y Minas de la Primer Circunscripción Judicial de la Provincia de Mendoza en los autos Nº 108.933 caratulados "Carbajal, Marcos Argentino y Caballero, Juana del Rosario para Sucesión", en virtud de la aceptación de la cesión de derechos y acciones hereditarios efectuada a favor del heredero señor Jorge Horacio Carbajal, L.E. Nº 08.324.187...

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