Decreto Nº 574

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición16 de Mayo de 2016
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXVIII - Nº 107
CORDOBA, (R.A.), MIERCOLES 1 DE JUNIO DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
Artículo 16.- Se podrá solicitar cancelar anticipadamente la totali-
dad de la deuda incluida en un plan de pago vigente, ingresando las
cuotas impagas al valor de la próxima cuota no vencida.
Artículo 17.- FACÚLTASE al Ministerio de Finanzas a dictar las
disposiciones y/o redefiniciones que resulten necesarias para el aco-
gimiento al plan de facilidades de pago que por el presente Decreto se
establece y, en especial, a modificar la fecha dispuesta en el Artículo
1º, como así también y de corresponder, los beneficios establecidos en
los artículos 7º y 8° de esta norma.
Artículo 18.- FACÚLTASE a la Secretaría de Ingresos Públicos de-
pendiente del Ministerio de Finanzas, a modificar las tasas de interés
de financiación de acuerdo con los plazos y/o condiciones de los planes
de facilidades de pago solicitados, como así también a modicar el importe
establecido en el artículo 9 precedente.
Artículo 19.- FACÚLTASE a la Dirección General de Rentas a dictar
las normas reglamentarias que consideren necesarias para la aplica-
ción y/o administración de lo dispuesto en el presente Decreto.
Artículo 20.- Las disposiciones del presente Decreto entrarán en
vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
Artículo 21.- El presente Decreto será refrendado por el señor Mi-
nistro de Finanzas y el señor Fiscal de Estado.
Artículo 22. PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el
Boletín Oficial y archívese.
FDO: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR / LIC. OSVALDO E. GIORDANO, MI-
NISTRO DE FINANZAS / DR. JORGE EDUARDO CÓRDOBA, FISCAL DE ES-
TADO
Decreto N° 574
Cordoba, 16 de Mayo de 2016.
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 de la Constitución
Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
Artículo 1º.- DESÍGNASE a partir de la fecha del presente decreto al
señor Ramiro Oscar Herrera (M.I. N° 25.203.311), como Subsecretario de
Administración y Asuntos Legales, dependiente del Ministerio de Industria,
Comercio y Minería de la Provincia de Córdoba.
Artículo 2º.- FACÚLTASE al señor Ministro de Finanzas a realizar to-
das las adecuaciones presupuestarias que se deriven de lo dispuesto en
el presente decreto.
Artículo 3º.- EL presente decreto será refrendado por los señores Mi-
nistro de Industria, Comercio y Minería y Fiscal de Estado.
Artículo 4º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bo-
letín Ocial y archívese.
FDO: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR / ROBERTO HUGO AVALLE, MINISTRO
DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA / JORGE EDUARDO CÓRDOBA, FISCAL
DE ESTADO -
MINISTERIO DE FINANZAS
DIRECCION GENERAL DE RENTAS
Resolución Normativa N° 21
Córdoba, 31 de Mayo de 2016.-
VISTO: El Decreto Nº 602/2016 de fecha 23-05-2016 y la Resolución
Normativa Nº 1/2015 (B.O. 02-12-2015) y modicatorias;
Y CONSIDERANDO:
QUE mediante el Decreto Nº 602/2016 se dispuso un Plan de Facilida-
des para las Multas de la Policía Caminera cualquiera sea la instancia de
cobro, estableciendo los benecios a gozar por los Pagos en función a la
modalidad y oportunidad de cancelación de la deuda.
QUE asimismo el Artículo 6° y siguientes del Decreto citado, estable-
cen las condiciones y requisitos para Regularizar las obligaciones adeuda-
das ya sea al Contado o en un Plan de Pago de hasta Doce (12) Cuotas.
QUE por el Artículo 19° del Decreto se faculta a esta Dirección General
de Rentas a dictar las normas reglamentarias e instrumentales necesarias
a los nes de su aplicación.
QUE es preciso ajustar la Resolución Normativa Nº 1/2015 y modica-
torias a efectos de reglamentar el mencionado Régimen de Regularización.
POR ELLO, en virtud de lo dispuesto por el Artículo 19 del Código
Tributario Provincial vigente, Ley Nº 6006 - T.O. 2015 y el Artículo 19° del
Decreto N° 602/2016;
EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1º.- MODIFICAR la Resolución Normativa Nº 1/2015 y
modicatorias, publicada en el Boletín Ocial de fecha 02-12-2015, de la
siguiente manera:
I.-INCORPORAR a continuación del Artículo 200° la siguiente Sec-
ción con sus Títulos y Artículos:
“SECCIÓN 09: DECRETO N° 602/2016- RÉGIMEN DE REGULARI-
ZACIÓN DE MULTAS DE LA POLICÍA CAMINERA:
ALCANCE- ÁMBITO DE APLICACIÓN

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