Decreto N° 565 1º Sección: Legislación – Normativas
Fecha de Entrada en Vigor | 27 de Julio de 2018 |
Emisor | Poder Ejecutivo |
Fecha de la disposición | 17 de Abril de 2018 |
MIERCOLES 25 DE ABRIL DE 2018
AÑO CV - TOMO DCXL - Nº 78
CORDOBA, (R.A.)
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar SUMARIO
SECCION
LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS
1a
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria”
PODER EJECUTIVO
Decreto N° 565
Córdoba, 17 de abril de 2018
VISTO: El Expediente N° 0617-140141/2018 del Registro del Ministerio de
Educación.
Y CONSIDERANDO: Que en el marco de la cooperación y complementa-
ción entre el Estado Provincial y los Municipios y Comunas, que este Go-
bierno impulsa en todos los órdenes, se vienen desarrollando de manera
exitosa proyectos y programas (Fo.De.M.E.E.P., Federalización de P.A.I.
Cor., etc.) que, desde su implementación en conjunto con los gobiernos
locales, han evidenciado una profunda mejora tanto en sus alcances como
en su ecacia y eciencia.
Que en el convencimiento de haber tomado la dirección correcta en este
sentido –lo que es avalado por los resultados obtenidos- es conveniente
expandir estas experiencias a otros proyectos con características simila-
res, como lo es el servicio de limpieza de Establecimientos Educativos de
Gestión Estatal.
Que el artículo 11 del Anexo I de la Ley N° 10.347 (Acuerdo Federal entre
Provincia y los Municipios y Comunas) establece que “Los Municipios y Co-
munas podrán suscribir Convenios referentes al Programa Fo.De.M.E.E.P.
para la limpieza de las Escuelas Públicas de la Provincia de Córdoba, apor-
tando esta última los fondos adicionales necesarios.”.
Que con el objeto de crear las condiciones necesarias para el desarrollo
de estas acciones conjuntas, es preciso denir las pautas que habrán de
seguirse para llevar adelante el proceso mentado.
Que el Ministerio de Educación, a través de las áreas técnicas respecti-
vas, tendrá el carácter de Autoridad de Aplicación del Programa, siendo
responsable de denir los recursos autorizados para cada Establecimiento
Escolar, así como controlar las condiciones de salubridad e higiene que
deben observarse y toda otra disposición particular.
Que los recursos mencionados precedentemente serán denidos en mó-
dulos, de manera tal que cada unidad represente el monto necesario para
llevar adelante un servicio de limpieza de alta calidad, por el término de
cuatro (4) horas.
Que el valor inicial del módulo se ja en la suma de PESOS OCHO MIL
($8.000,00).
Que para mantener el poder adquisitivo de los fondos, los valores serán
PODER EJECUTIVO
Decreto N° 565 ...................................................................... Pag. 1
SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
Resolución Nº 400 ................................................................. Pag. 2
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y FINANCIAMIENTO
Resolución N° 132 ................................................................. Pag. 3
Resolución N° 133 ................................................................. Pag. 3
Resolución N° 134 ................................................................. Pag. 4
ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL DE RECURSOS HÍDRICOS
Resolución N° 22 ................................................................... Pag. 5
Resolución N° 23 ................................................................... Pag. 5
Resolución N° 28 ................................................................... Pag. 5
Resolución N° 45 ................................................................... Pag. 6
Resolución N° 46 ................................................................... Pag. 6
Resolución N° 47 ................................................................... Pag. 7
Resolución N° 48 ................................................................... Pag. 7
DIRECCIÓN GENERAL TESORERÍA Y CRÉDITO PÚBLICO
Resolución N° 16 ................................................................... Pag. 7
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y GESTIÓN ADMINISTRATIVA
Resolución N° 23 ................................................................... Pag. 9
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
Resolución N° 204 ................................................................. Pag. 10
SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
Cronograma Abril 2018 ......................................................... Pag. 10
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y GESTIÓN ADMINISTRATIVA
Resolución N° 26 ................................................................... Pag. 11
DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACION PRIMARIA
Resolución N° 20 ................................................................... Pag. 11
Resolución N° 35 ................................................................... Pag. 12
actualizados como mínimo de manera semestral por la Autoridad de Apli-
cación.
Que a los nes de dar previsibilidad nanciera a tan sensible Programa,
los montos necesarios para llevar adelante el Plan serán transferidos men-
sualmente en conjunto con los fondos establecidos por el Régimen de
Coparticipación de Impuestos entre la Provincia y sus Municipalidades y
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