Decreto Nº 556

EmisorMinisterio de Hacienda
Fecha de la disposición14 de Marzo de 2008

DECRETO Nº 556

Mendoza, 14 de marzo de 2008

Visto el expediente Nº 79.256-H-06-01029, agregada carátula Nº 45.379-B-82-01029, en el cual la señora Inocencia Margarita Herrera solicita el beneficio de Pensión para sí por su esposo fallecido, Don Alberto Domingo Basabe, y

CONSIDERANDO:

Que el deceso del causante se produjo e día 10 de octubre de 2006, según fotocopia del Acta de Defunción agregada a fs. 40, siendo beneficiario de un Retiro Voluntario según Resolución Nº 385/83 de la ex-Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia, actual Oficina Técnica Previsional, obrante a fs. 14, consecuentemente dejó derecho pensionario a sus herederos legales.

Que el vínculo invocado por la peticionante queda acreditado con la fotocopia del Certificado de Matrimonio obrante a fs. 42.

Que a fs. 45 obran las renuncias de los herederos en favor de la peticionante respecto de los haberes dejados de percibir por el causante a la fecha de su deceso, encontrándose a fs. 47 vta, la constancia de la publicación de los edictos citatorios de ley.

Que el Departamento Jurídico de la Oficina Técnica Previsional y Fiscalía de Estado a fs. 48 y 49, respectivamente, dictaminan que es procedente el otorgamiento del beneficio pensionario a la señora Inocencia Margarita Herrera, en un todo de acuerdo con lo dispuesto por el Artículo 18º del Decreto-Ley Nº 4176/77, en concordancia con lo previsto por el Artículo 24º de la Ley Nº 3794 y modificaciones.

Que según lo establece la Cláusula 8ª del Convenio de Transferencia del Sistema de Previsión Social de la Provincia de Mendoza al Estado Nacional, a fs. 78 consta el correspondiente visado de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS), y a fs. 80 obra la intervención de la Oficina Técnica Previsional proponiendo acordar el beneficio solicitado.

Por ello, y en uso de las facultades que otorga la citada Cláusula 8ª del Convenio de Transferencia del Sistema de Previsión Social de la Provincia de Mendoza al Estado Nacional, aprobado por Decreto-Acuerdo Provincial Nº 109/96 y modificatoria Ley Nº 6554 y Decreto Nacional Nº 362/96,

EL GOBERNADOR

DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º

Otónguese a la señora Inocencia Margarita Herrera, L.C. Nº 4.224.684, Clase 1941, el beneficio de Pensión con arreglo a las disposiciones del Artículo 18º del Decreto-Ley Nº 4176/77, en concordancia con lo previsto por el Artículo 24º de la Ley Nº 3794 y modificaciones, con...

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