Decreto N° 549 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor27 de Julio de 2018
EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición 6 de Abril de 2018
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CV - TOMO DCXL - Nº 77
CORDOBA, (R.A.) MARTES 24 DE ABRIL DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria”
Decreto.
Artículo 3°. - El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de
Gobierno y el señor Fiscal de Estado y rmado por el señor Secretario de
Comunicaciones y Conectividad.
Artículo 4°. - PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín
Ocial y archívese.
FDO. JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - JUAN CARLOS MASSEI, MINISTRO
DE GOBIERNO - MANUEL FERNANDO CALVO, SECRETARIO DE COMUNICACIO-
NES Y CONECTIVIDAD. - JORGE EDUARDO CÓRDOBA, FISCAL DE ESTADO
Decreto N° 549
Cordoba, 06 de abril de 2018
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
Artículo 1º.- DESÍGNASE a partir de la fecha del presente Decreto, al Ing.
Mauricio Gabriel BÍSARO, (M.I. N° 25.581.832), en el cargo de Director
General de Operaciones dependiente de la Subsecretaría de Telecomuni-
caciones de la Secretaría de Comunicaciones y Conectividad.
Artículo 2º.- FACÚLTASE al señor Ministro de Finanzas a realizar las ade-
cuaciones presupuestarias que se deriven de lo dispuesto en el presente
Decreto.
Artículo 3°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de
Gobierno y el señor Fiscal de Estado y rmado por el señor Secretario de
Comunicaciones y Conectividad.
Artículo 4°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín
Ocial y archívese.
FDO. JUAN SCHIARETTI – GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA.
JUAN CARLOS MASSEI – MINISTRO DE GOBIERNO. DR. JORGE EDUARDO
CÓRDOBA – FISCAL DE ESTADO. CR. MANUEL FERNANDO CALVO – SECRETA-
RIO DE COMUNICACIONES Y CONECTIVIDAD.
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
FE DE ERRATA
Por un error involuntario en la edición del Boletín Oficial Nº 76
del 23 de abril de 2018 página 3 de la 1º Sección, se publicó el
Decreto Nº 481 de manera incorrecta siendo el contenido co-
rrecto y completo el siguiente dejando salvado de esta manera
dicho error.
FDO.: SANDRA VELEZ, AREA DE DESPACHO, MINISTERIO DE JUSTI-
CIA
Decreto Nº 481
Córdoba, 6 de abril de 2018
VISTO:
el Acuerdo N° 51 del Consejo de la Magistratura de la Provincia de
Córdoba, de fecha 10 de octubre de 2017.
Y CONSIDERANDO:
Que por el citado Acuerdo, el Consejo de la Magistratura, una vez
cumplidos los trámites de rigor elevó la propuesta para la desig-
nación del señor Jorge Augusto Barbará M.I. N° 28.850.758, como
Vocal de Cámara en la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comer-
cial de Tercera Nominación de la Primera Circunscripción Judicial
con asiento en la ciudad de Córdoba, remitiendo el listado con el
puntaje obtenido por cada uno de los seleccionados.
Que este Poder Ejecutivo, en los términos del Decreto N° 2635/99,
solicitó a la Legislatura de la Provincia prestara acuerdo para de-
signar al señor Jorge Augusto Barbará, quien resultó cuarto en el
orden de mérito remitido.
Que la Legislatura Provincial, en sesión pública del día 14 de marzo
de 2018 prestó el acuerdo solicitado por Resolución R-3213/18, de
conformidad a lo dispuesto por el artículo 104 inciso 42 de la Cons-
titución Provincial.
Que en consecuencia, cumplimentados los requisitos legales y
constitucionales corresponde proceder a la designación del señor
Jorge Augusto Barbará en el cargo mencionado.
Por ello, lo dispuesto por la Ley N° 8802 y modificatorias, y en ejer-
cicio de las atribuciones conferidas por los artículos 144 inciso 9 y
157 de la Constitución de la Provincia;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
Artículo 1°- DESIGNASE al señor Jorge Augusto BARBARÁ, MI N°
28.850.758, en el cargo de Vocal de Cámara en la Cámara de Ape-
laciones en lo Civil y Comercial de Tercera Nominación, de la Pri-
mera Circunscripción Judicial con asiento en la ciudad de Córdoba.
Artículo 2°.- El egreso que demande el cumplimiento de lo dis-
puesto en el Artículo anterior se imputará a la Jurisdicción 3.00,
Programa 920, Partida Principal 01, Parcial 01, Grupo 26, cargo
010, del Presupuesto Vigente.
Artículo 3°- El presente Decreto será refrendado por el señor Mi-
nistro de Justicia y Derechos Humanos, y el señor Fiscal de Estado.
Artículo 4°- PROTOCOLÍCESE, comuníquese al Tribunal Superior
de Justicia, publíquese en el Boletín Qficial y archívese.
FDO: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR – LUIS EUGENIO ANGULO, MI-
NISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS - JORGE EDUARDO CÓR-
DOBA, FISCAL DE ESTADO

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