Decreto N° 545

EmisorMinisterio Economia, Infra. y Energ.
Fecha de la disposición30 de Mayo de 2016

DECRETO N° 545

Mendoza, 30 de mayo de 2016

Visto el expediente N° 178-D-2016-01283 en el cual se tramita la aprobación del Convenio de Cooperación, Planilla Anexa y Plan Trienal - Aportes "Fundación Promendoza" Año 2016, suscriptos en fecha 6 de enero de 2016; y

CONSIDERANDO:

Que el mencionado Convenio de Cooperación y Planilla Anexa tienen como objetivo realizar campañas de penetración en mercados internacionales, en el marco de la política general de promoción de la internacionalización del Ministerio de Economía, Infraestructura y Energía, a fin de promover la oferta exportable de los principales productos de la Provincia de Mendoza y fomentar la atracción de inversiones, durante el corriente año;

Que la Provincia de Mendoza y la Fundación de referencia convienen el destino de los fondos para realizar todas las actividades programadas y necesarias en pos de lograr un incremento de las exportaciones e inversiones de esta Provincia;

Por ello, conforme con lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Economía, Infraestructura y Energía a fojas 73/74 del expediente N° 178-D-2016-01283 y lo dispuesto por el Artículo 3° Inciso i) de la Ley N° 8830 y Decreto Acuerdo N° 4096/07 y modificatorio,

EL GOBERNADOR

DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1°

Apruébese el Convenio de Cooperación y Planilla Anexa, suscriptos en fecha 6 de enero de 2016 entre la Provincia de Mendoza, representada por el señor Ministro de Economía, Infraestructura y Energía, Licenciado Enrique Andrés Vaquié "ad referéndum" del Poder Ejecutivo y la "Fundación Promendoza" representada por su Vicepresidente 1° a cargo de la Presidencia Licenciado Gabriel Alejandro Fidel D.N.I. N° 16.071.674, por los motivos expuestos en los considerandos de este decreto y que en fotocopia certificada forma parte como Anexo I del mismo.

Artículo 2°

Apruébese el Plan Trienal-Aportes "Fundación Promendoza" Año 2016, suscripto en fecha 6 de enero de 2016, entre la Provincia de Mendoza representada por el Señor Ministro de Economía, Infraestructura y Energía, Licenciado Enrique Andrés Vaquié, "ad referéndum" del Poder Ejecutivo, la Federación Económica de Mendoza (F.E.M.) representada por el Contador Adolfo Antonio Trípodi, la Bolsa de Comercio de Mendoza S.A. representada por el Licenciado Jorge Pérez Cuesta y la Unión Comercial e Industrial de Mendoza (U.C.I.M.) representada por el Ingeniero Juan Enrique Viciana, como socios fundadores de la "Fundación Promendoza", por los motivos expuestos en los considerandos del presente decreto y que en fotocopia certificada como Anexo II forma parte del mismo.

Artículo 4°

La recepción y rendición de cuentas estará a cargo del Licenciado Gabriel Alejandro Fidel D.N.I. N° 16.071.674 en su carácter de vicepresidente 1° a cargo de la Presidencia de la "Fundación Promendoza".

Artículo 5°

La "Fundación Promendoza" deberá rendir cuenta documentada al H. Tribunal de Cuentas de la Provincia del destino dado al aporte otorgado por el presente decreto, dentro de los 60 (sesenta) días corridos contados a partir de la fecha de recepción de los fondos, conforme con la Disposición N° 7/15 de Contaduría General de la Provincia.

Artículo 6°

Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.

ALFREDO V. CORNEJO

Enrique Andrés Vaquié

ANEXO I

CONVENIO DE COOPERACIÓN

Entre el Ministerio de Economía, Infraestructura y Energía representado por su titular Lic. Enrique Vaquié, ad referéndum del Poder Ejecutivo de la Provincia, en adelante, "El Ministerio"; y Fundación ProMendoza, representada en este acto por su Vicepresidente 1° a cargo de la Presidencia, Lic. Gabriel Fidel, en adelante "La Fundación", acuerdan en celebrar el presente convenio considerando:

Primero

Las partes convienen de común acuerdo realizar campañas de penetración en mercados internacionales, en el marco de la política general de promoción de la internacionalización, del Ministerio de Economía, Infraestructura y Energía, con el objeto de promover la oferta exportable de los principales productos de Mendoza y fomentar la atracción de inversiones.

Segundo

El Ministerio y la Fundación convienen el destino de los fondos para realizar todas las actividades programadas y necesarias, encuadradas dentro del objeto social de "La Fundación" en pos de lograr un incremento en las exportaciones e inversiones de Mendoza.

Tercero

Los proyectos presentados por la Fundación ante el Ministerio para el presupuesto del año corriente, serán ejecutados en forma parcial o total según el monto recibido y el grado de prioridad que estipule "La Fundación" con el fin de aumentar la participación de las pequeñas y medianas empresas de Mendoza en los mercados internacionales y atraer inversiones para la provincia.

Cuarto

Quinto

La fundación se obliga:

  1. A rendir cuenta documentada dentro de los sesenta (60) días corridos, del destino dado al desembolso realizado por la Tesorería General de la Provincia.

  2. A proporcionar el recurso humano necesario para concretar los objetivos propuestos, administrar y controlar los fondos, así como a brindar la infraestructura y capacitación técnica que sea necesaria.

Sexto

Las partes podrán rescindir el presente convenio en cualquier momento, notificando a la otra parte en forma fehaciente con una antelación de treinta (30) días.

Séptimo

Las partes constituyen sus domicilios especiales en: el Ministerio, en Casa de Gobierno, sexto (6°) piso, Cuerpo Central, Barrio Cívico y la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR