Decreto Nº 539/GCABA/14

FirmantesMACRI - Grindetti - Rodríguez Larreta
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición30 de Diciembre de 2014

VISTO

La Ley N° 4.013, el Decreto N° 353/14, y el Expediente Electrónico 2014-18665327-

MGEYADGTALMH y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto N° 353/14 se adoptaron medidas de restricción

presupuestarias en diversas materias, conforme surge de sus disposiciones;

Que, dichas medidas fueron tomadas debido a la situación imperante en la economía

financiera y los niveles de recesión existentes en el país, cuya expansión se manifiesta

con distintos niveles de impacto, a tenor de circunstancias políticas y económicas

propias de cada región;

Que, en el referido contexto y por razones de prudencia fue menester adoptar políticas

que permitan el reordenamiento de las finanzas públicas mediante instrumentos

tendientes a mantener los equilibrios necesarios, al tiempo de dar cumplimiento con

los servicios esenciales en materia de salud, educación, acción social, medio ambiente

e infraestructura;

Que, en atención a ello, se ponderó que tales metas sólo podrían lograrse con criterios

homogéneos y acciones coordinadas que involucren a todos los niveles del Gobierno,

entendiéndose indispensable la implementación de medidas que establecieran

determinadas restricciones al gasto hasta la finalización del ejercicio 2014, dictándose

en consecuencia el Decreto N° 353/14;

Que, toda vez que no se ha modificado el referido contexto económico financiero y los

niveles de recesión existentes en el país, se entiende imprescindible prorrogar los

términos del Decreto N° 353/14, por el plazo de 180 días;

Que, asimismo, y en virtud de las competencias conferidas por la Ley de Ministerios

4.013, por los artículos 3° y 4° del Decreto precedentemente citado se determinó que

la Jefatura de Gabinete de Ministros y el Ministerio de Hacienda establecerían de

manera conjunta los alcances y modalidades de lo previsto en el mismo, teniendo la

facultad de extender esos alcances, de considerarlo oportuno y necesario, a nuevas

restricciones presupuestarias;

Que, por su parte, mediante el artículo 6° del referido Decreto se determinó que "El

titular del Ministerio de...

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