Decreto Nº 531/GCABA/16

FirmantesRODRÍGUEZ LARRETA - Freire - Miguel
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición14 de Octubre de 2016

VISTO:

Las Leyes Nros. 5172, 1.251(Texto consolidado por Ley N° 5.454), y 5.460, el Decreto

363/15 y sus modificatorios, el Expediente Electrónico N° 32350745/IVC/15, y

CONSIDERANDO:

Que por los presentes actuados tramita la transferencia a título gratuito a favor del

Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (IVC), de los inmuebles

de dominio de la Ciudad de Buenos Aires ubicados en la calle Orma S/N entre las

calles Agustín Magaldi 2.209 y Luna S/N (Nomenclatura Catastral: Circunscripción 2;

Sección 26 Manzana 15, Fracción A, matrícula FR 2-9896, y Parcelas: 1a, 2a, 3a y Artículo 1

4a, según Plano 041-C-2.001), con el objeto de dar cumplimiento a lo dispuesto por la

Ley 5.172;

Que, conforme lo establecen los artículos 1° y 2° de la Ley 5.172, los citados

inmuebles se transfieren al Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires (IVC) con el fin de ser destinados a la construcción de proyectos habitacionales

para la relocalización de las familias de la Villa 21-24 en cumplimiento de lo

establecido en el fallo emanado de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, causa

1569 x, "Mendoza, Beatriz Silvia y otros c/ Estado Nacional y otros s/ daños y

perjuicios (daños derivados de la contaminación ambiental del Río Matanza -

Riachuelo");

Que por la Ley N° 5.460 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que el artículo 2° de la citada Ley establece como Ministerio de Coordinación del

Poder Ejecutivo a la Jefatura de Gabinete de Ministros;

Que por el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánica

funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

estableciendo como Organismo Fuera de Nivel al Instituto de Vivienda de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires (IVC) en la órbita de la Jefatura de Gabinete de Ministros;

Que el citado Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (IVC),

creado por la Ley N° 1.251, tiene por objeto la ejecución de las políticas de vivienda

del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de acuerdo con lo establecido

en el artículo 31 de la Constitución local;

Que, en consecuencia, corresponde transferir los inmuebles a título gratuito a favor del

Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR