Decreto N° 492 1º Sección: Legislación – Normativas
Fecha de Entrada en Vigor | 3 de Julio de 2017 |
Emisor | Poder Ejecutivo |
Fecha de la disposición | 12 de Abril de 2017 |
VIERNES 21 DE ABRIL DE 2017
AÑO CIV - TOMO DCXXVIII - Nº 75
CORDOBA, (R.A.)
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar SUMARIO
SECCION
LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS
1a
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
PODER EJECUTIVO
Córdoba, 12 de Abril de 2017.
VISTO: El Expediente Nº 0423-049727/2017 del registro del Ministerio de
Gobierno.
Y CONSIDERANDO:
Que, en las presentes actuaciones se propicia la declaración de día
no laborable en la localidad de General Cabrera, Departamento Juárez
Celman, del día 30 de Junio de 2017, con motivo de celebrarse el “124°
Aniversario de la Fundación de la Localidad”.
Que la iniciativa está comprendida por lo dispuesto por el artículo 6°
de la Ley N° 6326, que faculta expresamente a este Poder Ejecutivo para
disponer otros días feriados o no laborables, cuando no se trate de la esta
patronal de la localidad, y el alcance de los mismos.
Por ello, las disposiciones de la Ley Nº 6326, lo dictaminado por la
Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales del Ministerio de Gobierno
bajo el Nº 144/2017 y por Fiscalía de Estado bajo el N° 281/17 y en uso de
las atribuciones conferidas por la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A
Artículo 1º.- DECLÁRASE no laborable en la Localidad de General
Cabrera, Departamento Juárez Celman, Provincia de Córdoba, el día 30
de Junio de 2017 con motivo de conmemorarse el “124° Aniversario de la
Fundación de la Localidad”, con alcances previstos por el artículo 4° de la
Ley N° 6326.
Artículo 2º.- El presente decreto será refrendado por los señores Mi-
PODER EJECUTIVO
Decreto N° 492 .................................................................. Pag. 1
MINISTERIO DE EDUCACION
Resolución N° 377 ............................................................. Pag. 2
Resolución N° 353 ............................................................. Pag. 2
Resolución N° 354 ............................................................. Pag. 2
Resolución N° 352 ............................................................. Pag. 3
MINISTERIO DE EDUCACION
SECRETARIA DE EDUCACION
Resolución N° 166 ............................................................. Pag. 3
MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGIA
Resolución N° 27 ............................................................... Pag. 4
SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACION
Resolución N° 483 ............................................................. Pag. 4
MINISTERIO DE VIVIENDA, ARQUITECTURA Y OBRAS VIALES
Resolución N° 86 ............................................................... Pag. 5
Resolución N° 85 ............................................................... Pag. 6
Resolución N° 511 ............................................................. Pag. 6
nistro de Gobierno y Fiscal de Estado.
Artículo 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bo-
letín Ocial y archívese.
FDO: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR / DR. JUAN CARLOS MASSEI, MINIS-
TRO DE GOBIERNO / DR. JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Resolución N° 377
Córdoba, 17 de abril de 2017
VISTO: El Expediente Nº 0111-059222/2010 (II Cuerpos) del registro del
Ministerio de Educación.
Y CONSIDERANDO:
Que por Resolución N° 0692/2016, de la Dirección General de Institu-
tos Privados de Enseñanza, se aprueban las modicaciones del Plan de
Estudios de la Carrera “Tecnicatura Superior en Diseño Graco y Publici-
tario” -Opción Pedagógica Presencial-, de tres (3) años de duración, que
otorga el título de “Técnico Superior en Diseño Graco y Publicitario”, en el
Establecimiento Privado Adscripto Instituto “I.E.S.” -Siglo 21 Colegio Uni-
versitario- Nivel Superior- de Capital, con efecto a marzo 2017.
Que conforme a las constancias documentales e informativas incor-
poradas en autos y prescripciones legales de rigor, la decisión se ajusta a
derecho, pues se encuadra dentro de la normativa que la funda.
Que en efecto, la medida cumple con los requerimientos jurídicos-for-
males-pedagógicos estatuidos por Ley Nº 5326, encontrándose tal deter-
minación técnica, administrativa e institucional plasmada en la resolución
de marras.
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