Decreto N° 477
Emisor | Poder Ejecutivo |
Fecha de la disposición | 20 de Mayo de 2015 |
Primera Sección BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCVI - Nº 103 CÓRDOBA, 4 de Junio de 20152
Decreto N° 477
Córdoba, 20 de Mayo de 2015
VISTO: El expediente Nº 0045-017182/
2014 del Registro de la Dirección Provincial
de Vialidad dependiente del Ministerio de
Infraestructura.
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones la referida
Dirección propicia por Resolución N° 171/2015 la
individualización del bien declarado de utilidad
pública y sujeto a expropiación para la obra:
“RUTA PROVINCIAL E-52 –TRAMO: LA
TORDILLA– LA PARA– 1º SECCIÓN- LA
TORDILLA – ACCESO A TORO PUJIO”.
Que el Departamento II Tierras y Valuaciones de
la Dirección Provincial de Vialidad, informa que
para la ejecución de la obra mencionada es
necesario ocupar una fracción de terreno
propiedad de Oscar Valentín CURTO, inscripto en
el Dominio Matrícula Folio Real Nº 366.717-
Propiedad Nº 3005-0469111/3, con una superficie
total a ocupar de 4023 m2, ubicado en Chañar del
Lindero, Pedanía: Arroyito, Departamento: San
Justo, Provincia de Córdoba.
Que se han incorporado en autos copia de
Matrícula Folio Real y del plano de Mensura, así
como detalles relativos a la fracción de terreno de
que se trata; debiendo destacarse que en la referida
Matricula consta que el inmueble se encuentra
gravado con Hipoteca en Primer Grado a favor del
Nuevo Banco Suquia S.A..
Que de acuerdo a lo establecido por el artículo
49 de la Ley N° 10176 (Presupuesto General para
la Administración Pública Provincial – Año 2014), el
inmueble de que se trata ha sido declarado de
utilidad pública y sujeto a expropiación,
encontrándose la obra debidamente identificada
en el Plan de Inversiones Públicas, declaración
genérica conforme artículo 2 de la Ley N° 6394,
pudiendo procederse como se gestiona.
Que debe darse la intervención pertinente al
Consejo General de Tasaciones de la Provincia, a
los fines de que fije el valor máximo correspondiente
en concepto de total indemnización por la fracción
del bien a expropiar.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada,
lo dictaminado por Dirección General de Asuntos
Legales del Ministerio de Infraestructura con el Nº
147/15, por Fiscalía de Estado bajo el Nº 342/
2015 , y en uso de atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
Artículo 1º.- INDIVIDUALÍZASE el bien
declarado de utilidad pública y sujeto a
expropiación, conforme las prescripciones del
artículo 49 de la Ley N° 10176 (Presupuesto Gen-
eral para la Administración Pública Provincial – Año
2014), ubicado en: Chañar del Lindero, Pedanía:
Arroyito, Departamento: San Justo, Provincia de
Córdoba, para la ejecución de la obra: “RUTA
PROVINCIAL E-52 TRAMO: LA TORDILLA –
LA PARA – 1º SECCIÓN- LA TORDILLA –
ACCESO A TORO PUJIO”, Propiedad Nº 3005-
0469111/3,inscripto en el Registro General de la
Provincia en relación al Dominio Matrícula Nº
366.717 a nombre de Oscar Valentín CURTO, con
una superficie total a ocupar de 4023 m2, según
plano de mensura para expropiación e informe
que como Anexo I, compuesto de dos (2) fojas, se
acompaña y forma parte integrante del presente
Decreto.
Artículo 2º.- DETERMÍNESE el valor
indemnizatorio del bien por intermedio del Consejo
General de Tasaciones de la Provincia de Córdoba.
Artículo 3º.- El presente Decreto será
refrendado por los señores Ministro de
Infraestructura y Fiscal de Estado.
Artículo 4º.- PROTOCOLÍCESE,
comuníquese, publíquese en el Boletín
Oficial, dese intervención al Consejo General de
Tasaciones de la Provincia, pase a la Dirección
Provincial de Vialidad dependiente del Ministerio
de Infraestructura a sus efectos y archívese.
JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
ANEXO
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Decreto N° 532
Córdoba, 1 de Junio de 2015
En uso de las atribuciones conferidas por el
artículo 144 de la Constitución Provincial;
GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A
Artículo 1º.- DESÍGNASE a partir de la fecha
del presente decreto a la Cra. Ana Carolina
Comba (M.I. Nº 28.486.208) Directora General
de Administración de la Secretaria de
Coordinación y Vivienda del Ministerio de
Infraestructura, con retención de su cargo de la
planta permanente de la Administración Pública
Provincial, y cesando en consecuencia en sus
funciones como Directora General de
Administración de la Secretaría de Coordinación
Administrativa del Ministerio de Gestión Pública.
Artículo 2°.- FACÚLTASE al Señor Ministro
de Finanzas a realizar todas las adecuaciones
presupuestarias que se deriven de lo dispuesto
en el presente decreto.
Artículo 3°.- El presente Decreto será
refrendado por los señores Ministro de Finanzas
y Fiscal de Estado.
Artículo 4º.- PROTOCOLÍCESE, comuní
quese, publíquese en el Boletín Oficial y
archívese.
JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
CR. ANGEL MARIO ELETTORE
MINISTRO DE FINANZAS
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
Decreto N° 533
Córdoba, 1 de Junio de 2015
En uso de las atribuciones conferidas por el
artículo 144 de la Constitución Provincial;
GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A
Artículo 1º.- DESÍGNASE a partir de la fecha
del presente decreto al Ab. Omar Augusto Pastore
(M.I. Nº 22.266.935) Director General de
Vivienda de la Secretaria de Vivienda y
Coordinación del Ministerio de Infraestructura,
cesando en consecuencia en sus funciones como
Director General del programa de Asistencia In-
tegral de Córdoba (P.A.I.Cor.) del Ministerio de
Gestión Pública.
Artículo 2°.- FACÚLTASE al Señor Ministro
de Finanzas a realizar todas las adecuaciones
presupuestarias que se deriven de lo dispuesto
en el presente decreto.
Artículo 3°.- El presente Decreto será
refrendado por los señores Ministro de Finanzas
y Fiscal de Estado.
Artículo 4º.-PROTOCOLÍCESE, comuní
quese, publíquese en el Boletín Oficial y
archívese.
JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
CR. ANGEL MARIO ELETTORE
MINISTRO DE FINANZAS
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
Decreto N° 531
Córdoba, 1 de Junio de 2015
En uso de las atribuciones conferidas por el
artículo 144 de la Constitución Provincial;
GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A
Artículo 1º.- DESÍGNASE a partir de la
fecha del presente decreto al Cr. Ignacio
Florencio Tini (M.I. Nº 25.810.154) Director
General de Coordinación Operativa de la
Secretaría de Coordinación y Vivienda del
Ministerio de Infraestructura, cesando en
consecuencia en sus funciones como Director
General de Coordinación Operativa de la
Secretaría de Coordinación Administrativa del
Ministerio de Gestión Pública.
Artículo 2°.- FACÚLTASE al Señor Ministro
de Finanzas a realizar todas las adecuaciones
presupuestarias que se deriven de lo
dispuesto en el presente decreto.
Artículo 3°.- El presente Decreto será
refrendado por los señores Ministro de
Finanzas y Fiscal de Estado.
Artículo 4º.- PROTOCOLÍCESE,
comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial
y archívese.
JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
CR. ANGEL MARIO ELETTORE
MINISTRO DE FINANZAS
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
Córdoba, 1 de Junio de 2015
En uso de las atribuciones conferidas por el
artículo 144 de la Constitución Provincial;
GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A
Artículo 1º.- DESÍGNASE a partir de la
fecha del presente decreto al Ab. Luis
Fernando BOCCO (M.I. Nº 21.966.641) Di-
rector General de Asuntos Legales del
Ministerio de Infraestructura, cesando en
consecuencia en sus funciones como Director
General de Asuntos Legales del Ministerio de
Gestión Pública.
Artículo 2°.- FACÚLTASE al Señor Ministro
de Finanzas a realizar todas las adecuaciones
presupuestarias que se deriven de lo
dispuesto en el presente decreto.
Artículo 3°.- El presente Decreto será
refrendado por los señores Ministro de
Finanzas y Fiscal de Estado.
Artículo 4º.- PROTOCOLÍCESE, comuní
quese, publíquese en el Boletín Oficial y
archívese.
JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
CR. ANGEL MARIO ELETTORE
MINISTRO DE FINANZAS
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
Córdoba, 20 de Mayo de 2015
VISTO: el expediente N° 0045-017003/2014
del Registro de la Dirección Provincial de Vialidad
dependiente del Ministerio de Infraestructura.
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones la citada
Dirección propone por Resolución Nº 00700/
2014, se autorice el llamado a Licitación Pública
para la contratación de la Obra: “PROYECTO
Y REHABILITACIÓN DE RUTA PROVINCIAL
A-112 – TRAMO: AVENIDA CIRCUNVA
LACIÓN – PROGRESIVA 10675 (EL
QUEBRACHAL) – DEPARTAMENTO: CAPI-
TAL”, cuyo Presupuesto Oficial asciende a la
suma de $ 48.734.643,50.
Que la citada Dirección ha procedido a
aprobar la correspondiente documentación
base del llamado, como asimismo su
Presupuesto Oficial, todo en cumplimiento de
las disposiciones del artículo 1º del Decreto Nº
4757/77, Reglamentario de la Ley de Obras
Públicas, y artículo 2º del Decreto Nº 4758/77.
Que se acompaña Memoria Descriptiva, Pliego
Particular de Condiciones, Pliego Particular de
Especificaciones Técnicas, Instrucciones Gen-
erales para Estudios y Proyectos, Términos de
Referencia para Estudios de Campo, Términos
de Referencias de Hidrología Vial, Cómputo
Métrico Analítico, Resumen de Cómputo Métrico
y Planos referidos a la obra de que se trata.
Que se ha realizado la afectación preventiva
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