Decreto N° 470 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor 3 de Julio de 2017
EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición 5 de Abril de 2017
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXVIII - Nº 74
CORDOBA, (R.A.), JUEVES 20 DE ABRIL DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
Artículo 5º.- Modifícase el artículo 36 de la Ley Nº 9727 -Programa
de Promoción y Desarrollo Industrial de Córdoba-, modicada por Ley Nº
10239, el que queda redactado de la siguiente manera:
Artículo 36.- Vigencia. EL “Programa de Promoción y Desarrollo In-
dustrial de Córdoba” tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2021.
Sin perjuicio de ello, el benecio previsto en el último párrafo del inciso
e) del artículo 17 de esta Ley, referido a la tarifa de la energía eléctri-
ca y a exenciones impositivas a los parques o áreas industriales, se
mantendrá más allá del plazo antes señalado y mientras no resulte
modicado por otra normativa.”
Artículo 6º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL,
EN LA CIUDAD DE CÓRDOBA, A LOS VEINTIDÓS DÍAS DEL MES DE
MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE. -
FDO: GUILLERMO CARLOS ARIAS, SECRETARIO LEGISLATIVO, LEGISLATURA
PROVINCIA DE CÓRDOBA / OSCAR FÉLIX GONZÁLEZ, PRESIDENTE PROVISO-
RIO, LEGISLATURA PROVINCIA DE CÓRDOBA
PODER EJECUTIVO
Decreto N° 470
Córdoba, 5 de abril de 2017
Téngase por Ley de la Provincia Nº 10434 cúmplase, protocolícese comu-
níquese, publíquese en el Boletín Ocial, archívese.
FDO. JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR – ROBERTO HUGO AVALLE, MINISTRO
DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA – JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL
DE ESTADO
Decreto N° 475
Córdoba, 5 de abril de 2017
VISTO: el Acuerdo N° 06 del Consejo de la Magistratura de la Provincia de
Córdoba, de fecha 22 de Febrero de 2017.
Y CONSIDERANDO:
Que por el citado Acuerdo, el Consejo de la Magistratura, una vez cum-
plidos los trámites de rigor, elevó la propuesta para la designación de la se-
ñora María Soledad Puigdellibol, MI N° 24.016.847, como Fiscal de Cámara
“reemplazante” en la Fiscalía de Cámaras Contencioso Administrativa del
Centro Judicial Capital, perteneciente a la Primera Circunscripción Judicial
con asiento en la ciudad de Córdoba, hasta la cobertura denitiva del cargo
mediante concurso organizado por ese Consejo o el cese del impedimento
en caso de vacancia transitoria, conforme lo dispuesto por el artículo 6
inciso 10 y concordantes de la Ley N° 8802.
Que según se desprende del Acuerdo referenciado, la propuesta surge
del padrón vigente confeccionado por el Consejo de la Magistratura, al que
le prestara acuerdo la Legislatura Provincial en los términos del artículo
56 y concordantes de la Ley N° 8435 y 104 inciso 42 de la Constitución
Provincial mediante Resolución N° 2913/2016. \
Que en consecuencia, habiéndose cumplimentado los requisitos pre-
vistos por el Art. 60 inc. 10, corr. y conc. de la Ley N° 8802; 55; 58 y concor-
dantes de la Ley N° 8435 y sus modicatorias, corresponde la designación
de la señora María Soledad Puigdellibol, MI N° 24.016.847, en el cargo
mencionado. Por ello, las normas citadas, y en ejercicio de las atribuciones
conferidas por el Artículo 144 inciso 9- y 157 de la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º.- DESÍGNASE a la señora María Soledad Puigdellibol, MI
N° 24.016.847, como Fiscal de Cámara “reemplazante” en la Fiscalía de las
Cámaras Contencioso Administrativas del Centro Judicial Capital, perte-
neciente a la Primera Circunscripción Judicial con asiento en la ciudad de
Córdoba.
Artículo 2°.- El egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto
en el artículo anterior se imputará a la Jurisdicción 3.00, Programa 921,
Partida Principal 01, Parcial 01, Grupo 26, cargo 020, del Presupuesto Vi-
gente.
Artículo 3°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro
de Justicia y Derechos Humanos, y el señor Fiscal de Estado.
Artículo 4.-PROTOCOLÍCESE, comuníquese al Tribunal Superior de
Justicia, publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR / LUIS EUGENIO ANGULO, MINISTRO
DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS/ JORGE CORDOBA, FISCAL DE ESTADO
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
ACUERDO REGLAMENTARIO NÚMERO MIL CUATROCIENTOS CA-
TORCE - SERIE “A. En la ciudad de Córdoba, a cuatro días del mes de
abril del año dos mil diecisiete, con la Presidencia de su Titular Dra. Aída
Lucía Teresa TARDITTI, se reunieron para resolver los Señores Vocales
del Tribunal Superior de Justicia, Dres. Domingo Juan SESIN, Luis Enrique
RUBIO, María de las Mercedes BLANC G. de ARABEL, María Marta CÁ-
CERES de BOLLATI y Sebastián Cruz LÓPEZ PEÑA, con la intervención
del Sr. Fiscal General de la Provincia, Dr. Alejandro MOYANO, y la asisten-
cia del Señor Administrador General, Lic. Ricardo Juan ROSEMBERG y
ACORDARON:
VISTO: Las diferentes inquietudes relacionadas con los Acuerdos Regla-
mentarios N° 588 Serie “A” de fecha 13-03-2001 y 1267 Serie “A” de fecha
17-03-2015 vinculadas con situaciones jurídicas en relación con llamados
a nuevos concursos.
Y CONSIDERANDO: I) Que corresponde a este Tribunal Superior de Justi-
cia recordar las pautas aclaratorias pertinentes, respecto de situaciones ju-

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