Decreto Nº 47/GCABA/15
Firmantes | MACRI - Monzó - Rodríguez Larreta |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
Fecha de la disposición | 21 de Enero de 2015 |
VISTO:
La Ley N° 4.013, los Decretos Nros. 513/12, 660/11 y sus modificatorios,
1.359/PEN/14 y 490/GBA/14, el Expediente Electrónico N° 620.683/SSTRANS/15, y
CONSIDERANDO:
Que con fecha 3 de Octubre de 2012 se suscribió un Convenio Tripartito entre el
Estado Nacional, representado por el señor Ministro del Interior y Transporte, Cdor.
Aníbal Florencio Randazzo y por el señor Secretario de Transporte, Dr. Alejandro Ariel
Ramos, la Provincia de Buenos Aires representada por el señor Gobernador Daniel
Scioli y por el señor Director Ejecutivo de la Agencia Provincial de Transporte, Ing.
Hugo Bilbao; y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada por el señor
Ministro de Gobierno, Dr. Emilio Monzó y por el señor Subsecretario de Transporte,
Guillermo Dietrich, destinado a la creación de un organismo interjurisdiccional
denominado Agencia de Transporte Metropolitano (ATM);
Que la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ratificó el mencionado Convenio a través
del Decreto N° 513/12;
Que por su parte, el Estado Nacional y la Provincia de Buenos Aires han ratificado el
aludido Convenio mediante los Decretos Nros. 1.359/PEN/14 y N° 490/GBA/13
respectivamente;
Que dicho Convenio prevé en el artículo 7° que la dirección superior del citado
Organismo Interjurisdiccional estará a cargo de un Directorio compuesto por tres (3)
miembros designados por cada uno de los Poderes Ejecutivos de las partes, quienes
deberán contar con probada experiencia e idoneidad acordes a las actividades que
deban cumplir, rigiendo las incompatibilidades vigentes para los funcionarios públicos;
Que asimismo, el artículo 8° establece que el Directorio de la Agencia de Transporte
Metropolitano (ATM) será asistido por un Comité Ejecutivo, el que estará integrado en
forma permanente por dos (2) representantes designados por el Estado Nacional, dos
(2) representantes designados por la Provincia de Buenos Aires y dos (2)
representantes designados por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por la Ley N° 4.013 y sus modificatorias, se sancionó la Ley de Ministerios del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose entre los
Ministerios...
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