Decreto Nº 47/GCABA/15

FirmantesMACRI - Monzó - Rodríguez Larreta
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición21 de Enero de 2015

VISTO:

La Ley N° 4.013, los Decretos Nros. 513/12, 660/11 y sus modificatorios,

1.359/PEN/14 y 490/GBA/14, el Expediente Electrónico N° 620.683/SSTRANS/15, y

CONSIDERANDO:

Que con fecha 3 de Octubre de 2012 se suscribió un Convenio Tripartito entre el

Estado Nacional, representado por el señor Ministro del Interior y Transporte, Cdor.

Aníbal Florencio Randazzo y por el señor Secretario de Transporte, Dr. Alejandro Ariel

Ramos, la Provincia de Buenos Aires representada por el señor Gobernador Daniel

Scioli y por el señor Director Ejecutivo de la Agencia Provincial de Transporte, Ing.

Hugo Bilbao; y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada por el señor

Ministro de Gobierno, Dr. Emilio Monzó y por el señor Subsecretario de Transporte,

Guillermo Dietrich, destinado a la creación de un organismo interjurisdiccional

denominado Agencia de Transporte Metropolitano (ATM);

Que la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ratificó el mencionado Convenio a través

del Decreto N° 513/12;

Que por su parte, el Estado Nacional y la Provincia de Buenos Aires han ratificado el

aludido Convenio mediante los Decretos Nros. 1.359/PEN/14 y N° 490/GBA/13

respectivamente;

Que dicho Convenio prevé en el artículo 7° que la dirección superior del citado

Organismo Interjurisdiccional estará a cargo de un Directorio compuesto por tres (3)

miembros designados por cada uno de los Poderes Ejecutivos de las partes, quienes

deberán contar con probada experiencia e idoneidad acordes a las actividades que

deban cumplir, rigiendo las incompatibilidades vigentes para los funcionarios públicos;

Que asimismo, el artículo 8° establece que el Directorio de la Agencia de Transporte

Metropolitano (ATM) será asistido por un Comité Ejecutivo, el que estará integrado en

forma permanente por dos (2) representantes designados por el Estado Nacional, dos

(2) representantes designados por la Provincia de Buenos Aires y dos (2)

representantes designados por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por la Ley N° 4.013 y sus modificatorias, se sancionó la Ley de Ministerios del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose entre los

Ministerios...

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