Decreto Nº 443/GCABA/16
Firmantes | RODRÍGUEZ LARRETA - Screnci Silva - Mura - Miguel |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
Fecha de la disposición | 17 de Agosto de 2016 |
VISTO:
Las Leyes Nacionales N° 2.393 y sus modificatorias, N°14.586 y N° 26.413, las Leyes
N° 471 y N° 5.460 y su modificatoria, el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, las
Resoluciones Nros. 2.778/MHGC/10 y 20/MHGC/14, el Expediente Electrónico N°
17.137.683/MGEYA-SSGOBIER/2016, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley de Matrimonio Civil N° 2.393 y su modificatoria Ley N° 2.681, estableció en
su artículo 106 que "En la capital de la República y Territorios Nacionales,
desempeñarán las funciones que esta ley encomienda a los oficiales públicos, los jefes
de las secciones del Registro del Estado Civil; las mismas funciones serán
desempeñadas en las provincias donde hubiere Registro del Estado Civil por los
encargados de llevarlo, y donde no los hubiere, por la autoridad judicial del distrito";
Que la Ley Nacional N° 26.413 dispone que todos los actos o hechos que den origen,
alteren o modifiquen el estado civil y la capacidad de las personas deben inscribirse en
los correspondientes registros de las provincias, de la Nación y de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 2° de la normativa antes mencionada establece que el Registro del
Estado Civil y Capacidad de las Personas será organizado por los gobiernos
provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y estará a cargo de un
Director General, el que debe poseer título de abogado;
Que en este sentido por Ley Nacional N° 14.586 se estableció que el Registro del
Estado Civil de las Personas en la Ciudad de Buenos Aires estará a cargo de la
Dirección del Registro Civil de la entonces Municipalidad;
Que por Ley N° 5.460 y su modificatoria, se sancionó la Ley de Ministerios del
Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, contemplándose entre ellos, al Ministerio de
Gobierno;
Que en la mencionada Ley se estableció que a dicho Ministerio le corresponde entre
sus objetivos el de intervenir en la administración del Registro Civil y Capacidad de las
Personas en Jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios se aprobó la estructura orgánico
funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, estableciendo a la Dirección General Registro del Estado Civil y
Capacidad de las Personas dependiente de la Subsecretaría de Gobierno del
mencionado Ministerio;
Que la precitada norma establece entre las Responsabilidades Primarias de la
Dirección General Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, la
administración del Registro del Estado Civil y Capacidad...
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