Decreto Nº 443/GCABA/16

FirmantesRODRÍGUEZ LARRETA - Screnci Silva - Mura - Miguel
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición17 de Agosto de 2016

VISTO:

Las Leyes Nacionales N° 2.393 y sus modificatorias, N°14.586 y N° 26.413, las Leyes

N° 471 y N° 5.460 y su modificatoria, el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, las

Resoluciones Nros. 2.778/MHGC/10 y 20/MHGC/14, el Expediente Electrónico N°

17.137.683/MGEYA-SSGOBIER/2016, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley de Matrimonio Civil N° 2.393 y su modificatoria Ley N° 2.681, estableció en

su artículo 106 que "En la capital de la República y Territorios Nacionales,

desempeñarán las funciones que esta ley encomienda a los oficiales públicos, los jefes

de las secciones del Registro del Estado Civil; las mismas funciones serán

desempeñadas en las provincias donde hubiere Registro del Estado Civil por los

encargados de llevarlo, y donde no los hubiere, por la autoridad judicial del distrito";

Que la Ley Nacional N° 26.413 dispone que todos los actos o hechos que den origen,

alteren o modifiquen el estado civil y la capacidad de las personas deben inscribirse en

los correspondientes registros de las provincias, de la Nación y de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que el artículo 2° de la normativa antes mencionada establece que el Registro del

Estado Civil y Capacidad de las Personas será organizado por los gobiernos

provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y estará a cargo de un

Director General, el que debe poseer título de abogado;

Que en este sentido por Ley Nacional N° 14.586 se estableció que el Registro del

Estado Civil de las Personas en la Ciudad de Buenos Aires estará a cargo de la

Dirección del Registro Civil de la entonces Municipalidad;

Que por Ley N° 5.460 y su modificatoria, se sancionó la Ley de Ministerios del

Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, contemplándose entre ellos, al Ministerio de

Gobierno;

Que en la mencionada Ley se estableció que a dicho Ministerio le corresponde entre

sus objetivos el de intervenir en la administración del Registro Civil y Capacidad de las

Personas en Jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios se aprobó la estructura orgánico

funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, estableciendo a la Dirección General Registro del Estado Civil y

Capacidad de las Personas dependiente de la Subsecretaría de Gobierno del

mencionado Ministerio;

Que la precitada norma establece entre las Responsabilidades Primarias de la

Dirección General Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, la

administración del Registro del Estado Civil y Capacidad...

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