Decreto N° 428

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición16 de Julio de 2018
LUNES 16 DE JULIO DE 2018
AÑO CV - TOMO DCXLIII - Nº 131
CORDOBA, (R.A.)
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar SUMARIO
SECCION
LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS
1a
1
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria”
PODER EJECUTIVO
La Legislatura de la Provincia de Córdoba
Sanciona con fuerza de
Ley: 10527
Artículo 1º.- Modifícase el artículo 4º de la Ley Nº 8082, el que queda
redactado de la siguiente manera:
Artículo 4º.- El premio “Cecilia Grierson” será discernido cada año a
tres personas humanas o jurídicas que se seleccionarán entre aque-
llas sugeridas por instituciones sociales, gremiales, profesionales,
culturales, educativas o por particulares, mediando fundamento que
justique la propuesta. Los funcionarios gubernamentales o integran-
tes de otros Poderes del Estado sólo podrán presentar postulaciones
a título de ciudadano.”
Artículo 2º.- Modifícase el artículo 5º de la Ley Nº 8082, el que queda
redactado de la siguiente manera:
Artículo 5º.- El Jurado estará integrado por:
a) Un representante por cada una de los siguientes organismos o
reparticiones: Secretaría de Equidad y Promoción del Empleo, Mi-
nisterio de Salud, Ministerio de Educación, Ministerio de Desarrollo
Social y Consejo Provincial de las Mujeres, o los organismos que
los sustituyeren;
b) Un Legislador en representación de la Legislatura Provincial;
c) Dos representantes por las universidades con sede en la Pro-
vincia de Córdoba, y
d) Dos representantes por organizaciones no gubernamentales.
Por cada miembro titular también será designado un suplente.
La reglamentación establecerá la mecánica de nominación, aceptación,
modalidad y duración de los miembros del Jurado.
Artículo 3º.- Modifícase el artículo 7º de la Ley 8082, el que queda
redactado de la siguiente manera:
Artículo 7º.- La Secretaría de Equidad y Promoción del Empleo, o el
organismo que la sustituyere, es la Autoridad de Aplicación de este
instrumento legal, la cual impulsará el trabajo articulado entre las
carteras de Salud, Educación, Consejo Provincial de las Mujeres y
otros organismos o reparticiones que se considere oportuno incorpo-
rar, pudiendo conformar y coordinar una comisión de ejecución de la
presente Ley bajo las modalidades instrumentales que se prevean en
la reglamentación.”
PODER EJECUTIVO
Ley N° 10527 ........................................................................Pag. 1
Decreto N° 428 .....................................................................Pag. 1
Decreto N° 1081 ...................................................................Pag. 2
Decreto N° 1077 ...................................................................Pag. 4
MINISTERIO DE EDUCACION
Resolución N° 631 ................................................................Pag. 5
MINISTERIO DE FINANZAS
Resolución N° 219 ................................................................Pag. 5
MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y FINANCIAMIENTO
Resolución N° 230 ................................................................Pag. 6
Resolución N° 232 ................................................................Pag. 7
Resolución N° 225 ................................................................Pag. 7
Resolución N° 228 ................................................................Pag. 8
Resolución N° 192 ................................................................Pag. 9
Artículo 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL,
EN LA CIUDAD DE CÓRDOBA, A LOS CATORCE DÍAS DEL MES DE
MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.
FDO.: OSCAR FÉLIX GONZÁLEZ, PRESIDENTE PROVISORIO - GUILLERMO
CARLOS ARIAS, SECRETARIO LEGISLATIVO
PODER EJECUTIVO
Decreto N° 428
Córdoba, 27 de marzo de 2018
Téngase por Ley de la Provincia Nro. 10.527, cúmplase, protocolícese, co-
muníquese, publíquese en el Boletín Ocial, archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR – FRANCISCO JOSE FORTUNA, MI-
NISTRO DE SALUD – LAURA JURE, SECRETARIA DE EQUIDAD Y PROMOCION
DEL EMPLEO – JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO

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