Decreto N° 412 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor 2 de Mayo de 2022
EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición28 de Abril de 2022
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIX - TOMO DCLXXXIX - Nº 89
CORDOBA, (R.A.) LUNES 2 DE MAYO DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
“Las Malvinas son argentinas”
Decreto N° 412
Córdoba, 28 de abril de 2022
VISTO: el Expediente Letra “N” N° 1/2022 del Registro del Tribunal de Dis-
ciplina Notarial de la Provincia de Córdoba.
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones el Escribano Jorge Miguel NAZAR,
Titular del Registro Notarial N° 618, con asiento en la ciudad de Río Terce-
ro, Departamento Tercero Arriba de esta Provincia, propone la designación
de la Notaria Guillermina NAZAR, Matrícula Profesional N° 2892, en cali-
dad de Adscripta al mencionado Registro.
Que obra la petición del Escribano Titular y la conformidad de la pro-
puesta como Adscripta, adjuntándose sus datos personales y profesionales.
Que el Tribunal de Disciplina Notarial informa con fecha 4 de abril de
2022 que el Escribano Jorge Miguel NAZAR, fue designado titular del Re-
gistro Notarial N° 618, con asiento en la ciudad de Río Tercero, mediante
Decreto del Poder Ejecutivo Provincial N° 149 de fecha 26 de febrero de
2016, prestando Juramento de Ley el día 10 de marzo de ese mismo año,
y continuando en el ejercicio de sus funciones notariales en forma ininte-
rrumpida hasta el día de la fecha, no registrando antecedentes desfavora-
bles en su contra; y que la Escribana Guillermina NAZAR no es titular ni
adscripta de ningún Registro Notarial.
Que tanto la Comisión de Matrículas y Registros del Colegio de Escri-
banos de la Provincia de Córdoba como el Tribunal de Disciplina Notarial
se expiden favorablemente respecto a la petición de autos.
Por ello, actuaciones cumplidas, lo dispuesto por los artículos 17 y 25
de la Ley Nº 4183 (T.O. por Decreto N° 2252/1975), lo dictaminado por la
Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales del Ministerio de Gobierno
con el N° 026/2022, por Fiscalía de Estado bajo el N° 261/2022 y en uso
de atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
Artículo 1°.- DESÍGNASE a la Escribana Guillermina NAZAR, D.N.I.
N° 39.968.434 - Clase 1996-, Matrícula Profesional N° 2892, como Ads-
cripta al Registro Notarial N° 618 con asiento en la ciudad de Río Tercero,
Departamento Tercero Arriba de esta Provincia.
Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Mi-
nistro de Gobierno y Fiscal de Estado.
Artículo 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dese intervención al
Tribunal de Disciplina Notarial, al Colegio de Escribanos de la Provincia de
Córdoba, publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - FACUNDO TORRES LIMA, MINISTRO
DE GOBIERNO - JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO
Decreto N° 413
Córdoba, 28 de abril de 2022
VISTO: el Expediente Letra “E” Nº 4/2021, Registro del Tribunal de Discipli-
na Notarial de la Provincia de Córdoba.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones el Escribano Joaquín Alejandro
MONTE, Titular del Registro Notarial N° 347, con asiento en la ciudad de
Villa Dolores, Departamento San Javier y la Escribana Andrea Fabiana
SEIFI, Titular del Registro Notarial N° 580, con asiento en la ciudad de
Córdoba, Departamento Capital, solicitan autorización para permutar la
condición de regentes de sus respectivos registros.
Que de las constancias de autos surge que los mencionados notarios
solicitan autorización para concretar la medida instada ante el Tribunal de
Disciplina Notarial.
Que en cumplimiento de lo establecido en la Ley N° 4183 para el trámi-
te en cuestión, el citado Tr ibunal de Disciplina informa la situación discipli-
naria y la antigüedad en el ejercicio profesional de los solicitantes, dando
cuenta que ninguno registra sanciones disciplinarias ni causas en trámite.
Que dicho organismo, a tenor de lo dispuesto en el artículo 38 de la
Ley Orgánica Notarial, corre vista al Colegio de Escribanos y a la Caja
Notarial de Jubilaciones y Previsión Social de la Provincia de Córdoba;
dictaminando la Comisión de Matrículas y Registros del Colegio de
Escribanos favorablemente a lo solicitado, en virtud de cumplirse los
requisitos exigidos por los artículos 38 y 39 de la Ley N° 4183, en tanto
y en cuanto los Escribanos no se encuentran comprendidos dentro del
régimen de incompatibilidades establecido en el artículo 6° de la ley
citada; por su parte, el Honorable Consejo Directivo del citado Colegio
aprueba lo dictaminado.
Que la Caja Notarial de Jubilaciones y Previsión Social de la Provincia
de Córdoba, informa que el Escribano Joaquín Alejandro MONTE, de trein-
ta y un (31) años de edad, al momento de la solicitud de permuta, contaba
con cinco (5) años, dos (2) meses y tres (3) días de servicios notariales
a la Caja Notarial, mientras que la Escribana Andrea Fabiana SEIFI, de
cincuenta y cinco (55) años de edad, contaba con veintinueve (29) años,
tres (3) meses y trece (13) días de servicios notariales con aportes; motivo
por el cual ninguno se encontraba en condiciones de acceder al benecio
jubilatorio; asimismo, maniesta lo relativo al cumplimiento de aportes por
parte de los notarios.
Que en cumplimiento de lo previsto en los artículos 38 de la referida
Ley y 56 del Decreto Reglamentario N° 2259/1975, el Tribunal de Disciplina
Notarial remite las actuaciones a este Poder Ejecutivo.
Que en virtud de lo expuesto, y sobre la base de los informes obrantes
en autos, el pedido formulado satisface los requisitos establecidos por la
Ley Orgánica Notarial, correspondiendo disponer la permuta instada por
los Escribanos MONTE y SEIFI.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por
la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales del Ministerio de Gobierno
bajo el N° 460/2021, por Fiscalía de Estado bajo el N° 174/2022 y en
ejercicio de sus atribuciones constitucionales;

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