Decreto N° 411 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor 3 de Julio de 2017
EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición31 de Marzo de 2017
LUNES 24 DE ABRIL DE 2017
AÑO CIV - TOMO DCXXVIII - Nº 76
CORDOBA, (R.A.)
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar SUMARIO
SECCION
LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS
1a
1
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
PODER EJECUTIVO
Decreto N° 411
Córdoba, 31 de marzo de 2017
VISTO: El Expediente Nº 0039-063489/2016 del registro del Ministerio de
Finanzas.
Y CONSIDERANDO:
Que Contaduría General de la Provincia eleva la documentación que
conforma la “Cuenta de Inversión” correspondiente al Ejercicio Financiero
Año 2016.
Que la misma ha sido elaborada de acuerdo a las disposiciones conte-
nidas en la Ley de Administración Financiera Nº 9086 y determina la situa-
ción económico-nanciera de la ejecución presupuestaria correspondiente
al año 2016.
Que la Cuenta de Inversión deberá ser elevada a la Legislatura de la
Provincia, en un todo de acuerdo con las disposiciones contenidas en el
Artículo 144 inciso 12 de la Constitución Provincial.
Por ello, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales, las normas
legales citadas y de acuerdo con lo dictaminado por la Dirección de Asun-
tos Legales del Ministerio de Finanzas al Nº 175/17 y por Fiscalía de Esta-
do con el Nº 0271/17
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
Artículo 1º RATIFÍCASE en todos sus términos la documentación que
conforma la “Cuenta de Inversión” correspondiente al Ejercicio Financiero
Año 2016, la que como Anexo I con trescientas veintitrés (323) fojas útiles
PODER EJECUTIVO
Decreto N° 411 .................................................................. Pag. 1
Decreto N° 277 .................................................................. Pag. 1
Decreto N° 217 .................................................................. Pag. 2
MINISTERIO DE EDUCACION
Resolución N° 376 ............................................................. Pag. 3
Resolución N° 375 ............................................................. Pag. 4
Resolución N° 374 ............................................................. Pag. 4
MINISTERIO DE VIVIENDA, ARQUITECTURA Y OBRAS VIALES
Resolución N° 90 ............................................................... Pag. 5
Resolución N° 52 ............................................................... Pag. 5
Resolución N° 49 ............................................................... Pag. 6
Resolución N° 42 ............................................................... Pag. 8
forma parte integrante del presente Decreto.
Artículo 2º REMÍTASE a la Legislatura de la Provincia para su consi-
deración.
Artículo 3º El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro
de Finanzas y por el señor Fiscal de Estado.
Artículo 4º PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bole-
tín Ocial y archívese.
FDO: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR / LIC. OSVALDO E. GIORDANO, MINIS-
TRO DE FINANZAS / DR. JORGE EDUARDO CÓRDOBA, FISCAL DE ESTADO
anexo: https://goo.gl/1fF0bU
Decreto N° 277
Córdoba, 6 de marzo de 2017
VISTO: El expediente Nº 0045-019201/2016, del registro de la Dirección
Provincial de Vialidad, dependiente del Ministerio de Vivienda, Arquitectura
y Obras Viales.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones se tramita la contratación directa
con el Consorcio Caminero Regional Nº 02, para la ejecución de la obra:
“MEJORAMIENTO CAMINOS DE TIERRA – REGIÓN 02 – DEPARTA-
MENTOS: MINAS – POCHO – SAN ALBERTO – SAN JAVIER - AÑO 2017”,
por la suma de $ 27.480.000,00.
Que con la obra de referencia se pretende restaurar las redes viales
primarias, secundarias y terciarias sin pavimentar, con el objeto de lograr
mejor transitabilidad y seguridad; obteniendo mayor economía del trans-
porte para el usuario y para la Provincia, basado esto en un importante
ahorro administrativo, gran agilidad y versatilidad en la adjudicación, ejecu-
ción, cómputo y certicación de los trabajos.
Que el contrato se regirá por el Sistema Modular de Certicación de
obra lo cual posibilitará una gran agilidad operativa, para la ejecución de
las mismas, como también realizar una serie de trabajos tendientes a una
consolidación denitiva del tramo y el aumento de la categoría funcional de
la vía.
Que se ha incorporado en autos la documentación técnica para la pre-
sente obra, consistente en: Memoria Descriptiva, Pliego General de Espe-
cicaciones para el Mantenimiento del Tránsito y Medidas de Seguridad,
Pliego Particular de Condiciones, Pliego Complementario de Condiciones,

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