Decreto N° 41 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor27 de Julio de 2018
EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición22 de Enero de 2018
LUNES 12 DE MARZO DE 2018
AÑO CV - TOMO DCXXXIX - Nº 49
CORDOBA, (R.A.)
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar SUMARIO
SECCION
LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS
1a
1
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
PODER EJECUTIVO
Decreto N° 41
Córdoba, 22 de enero de 2018
VISTO: Las solicitudes de asignación de inmuebles por parte de los Minis-
terio de Educación y Salud.
Y CONSIDERANDO:
Que en virtud de las distintas iniciativas que se llevan a cabo en el ám-
bito de las jurisdicciones reseñadas, resulta necesario para su desarrollo
e implementación, la disposición física de los espacios adecuados para su
concreción.
Que en ese marco el Directorio de la Agencia Córdoba Deportes
S.E.M., ha manifestado la pertinencia y conformidad de reasignar inmue-
bles oportunamente afectados al desarrollo de las actividades propias de
su objeto, a otras jurisdicciones.
Que por Decreto N° 649/2005, raticatorio del Convenio celebrado en-
tre el Ministerio de Educación y la Agencia Córdoba Deportes S.E.M., se
asignó a la referida Agencia el Centro de Educación Física N° 4 “Pucará”,
como así también se le transrió a los nes de su gerenciamiento el Centro
de Educación Física N° 1 “Gral. Manuel Belgrano, ambos de la ciudad de
Córdoba afectados al Ministerio de Educación y de propiedad del Estado
Provincial.
Que así, a los nes del ordenamiento patrimonial y para la ejecución
de las políticas de Estado que en materia de Educación y Salud ejecuta el
Gobierno Provincial, corresponde asignar los inmuebles de que se trata a
ambas jurisdicciones, respectivamente, para el desarrollo de los planes y
programas a cargo de cada una de ellas.
Que en el ámbito educativo se llevará adelante en terrenos del actual
Centro denominado “Pucará” la construcción de la Escuela “PROA, la que
en conjunción con el Instituto Superior Simón Bolívar, conformarán un polo
educativo de excelencia en nuestra Provincia.
Que de igual modo, en el ámbito del Centro “General Manuel Belgrano
“se ubicará la nueva Maternidad Provincial, en un espacio más adecuado
y apto para la construcción de la infraestructura necesaria para dicha na-
lidad.
Que en ese orden, es facultad de este Poder Ejecutivo la afectación de
bienes inmuebles de propiedad del Estado, por lo que corresponde reasig-
nar los inmuebles de que se trata oportunamente asignados o transferidos
para su gerenciamiento a la Agencia Córdoba Deportes S.E.M. al ámbito
de los Ministerios de Educación y Salud, respectivamente, a efectos de la
consecución y desarrollo de objetivos, metas y programas a cargo de am-
bas jurisdicciones, establecidas como políticas de Estado por el Gobierno
Provincial.
Por ello, lo dispuesto por el articulo 128 y concordantes de la Ley N°
7631 y su reglamentación, y en uso de las atribuciones conferidas por el
artículo 144 inc. 1° de la Constitución Provincial;
PODER EJECUTIVO
Decreto N° 41 ...................................................................... Pag. 1
Decreto N° 156 .................................................................... Pag. 2
Decreto N° 229 .................................................................... Pag . 2
Decreto N° 1850 .................................................................. Pag. 3
MINISTER IO DE EDUCACION
Resolución N° 190 ............................................................. Pag. 4
MINISTER IO DE OBRAS PUBLICAS Y FINA NCIAMIENTO
Resolución N° 16................................................................. Pag. 5
Resolución N° 72 ................................................................. Pag. 6
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
Acuerdo Reglamentario Nº 1479 “A ...................................Pág. 7
Acuerdo Reglamentario Nº 1480 “A“ ...................................Pág. 8
Auto Reglamentario N° 5 .................................................... Pag . 9
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
Artículo 1°.- AFÉCTASE el inmueble donde funciona el Centro de
Educación Física N°4 “Pucará” de la ciudad de Córdoba, al Ministerio de
Educación de la Provincia , quedando consecuentemente sin efecto la
asignación dispuesta oportunamente por Decreto N° 649/2005 a la Agen-
cia Córdoba Deportes S.E.M.
Artículo 2°.- AFÉCTASE el inmueble donde funciona el Centro de
Educación Física N° 1 “General Manuel Belgrano” de la Ciudad de Córdo-
ba, al Ministerio de Salud de la Provincia, quedando consecuentemente sin
efecto la transferencia para su gerenciamiento dispuesta oportunamente
por Decreto N° 649/2005 a la Agencia Córdoba Deportes S.E.M.
Artículo 3°.- INSTRÚYESE a la Dirección de Jurisdicción de Patrimo-
nial de la Secretaria General de Gobernación, a la Contaduría General de
la Provincia y a las áreas competentes de los Ministerios de Salud y Educa-
ción y de la Agencia Córdoba Deportes S.E.M., a los efectos de realizar las
registraciones y demás acciones necesarias que requiera el cumplimiento
de lo dispuesto en el presente acto.
Artículo 4°.- El presente Decreto será refrendado por los señores Mi-
nistros de Educación, de Salud, de Finanzas y Fiscal de Estado y rmado
por la señora Secretaria General de la Gobernación.
Artículo 5°- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bole-
tín Ocial, y archívese.
FDO: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR / PROF. WALTER GRAHOVAC, MINIS-
TRO DE EDUCACION / DR. FRANCISCO JOSE FORTUNA, MINISTRO DE SALUD
/ OSVALDO GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS / DR. JORGE EDUARDO COR-
DOBA, FISCAL DE ESTADO

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