Decreto Nº 40

EmisorMinisterio de Hacienda
Fecha de la disposición 8 de Enero de 2009

DECRETO Nº 40

Mendoza, 8 de enero de 2009

Visto el expediente Nº 79.637-G-07-01029, agregada carátula Nº 23.013-G-66-01029, en el cual la señora Norma Carmen Gonzalez solicita el beneficio de Pensión para sí por su esposo fallecido, Don Fidel Guevara y

CONSIDERANDO:

Que el deceso del causante se produjo el día 9 de setiembre de 2007, según fotocopia del Acta de Defunción agregada a fs. 80, siendo beneficiario de un Retiro Voluntario según Resolución N° 763/71 del ex-Instituto de Previsión y Asistencia Social Sección Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia, actual Oficina Técnica Previsional, obrante a fs. 11/12, consecuentemente dejó derecho pensionario a sus herederos legales.

Que el vínculo invocado por la peticionante queda acreditado con la fotocopia del Acta de Matrimonio obrante a fs. 84/85.

Que a fs. 86 y vta. la titular de autos declara que de su unión con el causante no existen hijos, pero sí del anterior matrimonio del mismo existen tres (3) hijos mayores de edad, solicitando se deje en suspenso la parte proporcional que les pudiere corresponder respecto de los haberes dejados de percibir a la fecha de su deceso, encontrándose a fs. 88 vta. la constancia de la publicación de los edictos citatorios de ley.

Que el Departamento Jurídico de la Oficina Técnica Previsional y Fiscalía de Estado a fs. 98 y vta. y 99, respectivamente, dictaminan que es procedente el otorgamiento del beneficio pensionario a la señora Norma Carmen Gonzalez, en un todo de acuerdo con lo dispuesto por el Artículo 18º del Decreto-Ley Nº 4176/77, en concordancia con lo previsto por el Artículo 24º de la Ley Nº 3794 y modificaciones.

Que según lo establece la Cláusula 8ª del Convenio de Transferencia del Sistema de Previsión Social de la Provincia de Mendoza al Estado Nacional, a fs. 121 consta el correspondiente visado de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS), y a fs. 123 obra la intervención de la Oficina Técnica Previsional proponiendo acordar el beneficio solicitado.

Por ello, y en uso de las facultades que otorga la citada Cláusula 8ª del Convenio de Transferencia del Sistema de Previsión Social de la Provincia de Mendoza al Estado Nacional, aprobado por Decreto-Acuerdo Provincial Nº 109/96 y modificatoria Ley Nº 6554 y Decreto Nacional Nº 362/96,

EL GOBERNADOR

DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º

Otórguese a la señora Norma Carmen Gonzalez, D.N.I. N° 10.421.873, Clase...

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