Decreto Nº 873

EmisorMunicipalidad de Capital
Fecha de la disposición 7 de Agosto de 2012

ORDENAZA Nº 3.825

Aceptando Donación con Cargo del Inmueble Propiedad de la Asociación Ciclística Mendocina.

Visto: El Expte Mpal. Nº 5851-V-05 (Expte. H.C.D. Nº 082-D-06), caratulado: "Secretaría de Obras Públicas - Vivienda Dirección de - e/Convenio Restitución Inmueble Propiedad Asociacion Ciclistas Mendocina"; y

CONSIDERANDO:

Que el Expediente H.C.D Nº 82-D- 06 (Expediente Municipal Nº 5851-V-05), caratulado: "Secretaría de Obras Públicas - Vivienda Dirección de e/Convenio Restitución Inmueble Propiedad Asoc. Ciclistas Mendocina", es remitido por el Departamento Ejecutivo a efecto de que este H. Concejo Deliberante de formal aprobación a la donación con cargo efectuada por la Asociación Ciclística Mendocina a la Municipalidad de la Ciudad de Mendoza.-

Que la Asociación Ciclística Mendocina (Personería Jurídica N° 5538/60) como titular registral del inmueble de referencia ofreció su donación con cargo al Municipio según convenio celebrado con fecha 13 de mayo de 2009 que deja sin efecto todo otro suscripto con anterioridad y que en copia certificada se adjunta a fs 170/172 al mencionado expediente.

Que el mencionado inmueble consta de una superficie de: Seis hectáreas nueve mil quinientos cuarenta y un metros y ochenta y dos decímetros cuadrados (6 has. 9541,82 m2) según plano de mensura oficial N° 935, y que se encuentra inscripto en el Registro de la Propiedad Raíz bajo Matrícula de Folio Real N° 39212/1

Que la adquisición de la titularidad del bien inmueble por parte del Municipio resulta necesaria para ejecutar una obra complementaria y técnicamente indispensable requerida por PROMEBA (Programa de Mejoramiento Barrial) a los efectos de obtener la viabilidad del Proyecto Integral La Favorita, en el lugar denominado "La Olla", consistente en un reservorio hidráulico o depósito natural de aguas que beneficiará a más de 2.500 familias del conglomerado urbano de La Favorita.

Que por la escasa absorción del suelo se plantea este reservorio, como un componente más que se articula con otros medios de mitigación que colaboran con el objeto del proyecto de recolectar aguas pluviales, contenerlas y redirigirlas; a sectores de seguridad y absorción evitando, así su derrame hacia áreas del microcentro.-

Que al analizar la conveniencia de este convenio hay que tener en cuenta que el Artículo 4º de la Ley Nº 4416 no permite ejecutar obra pública alguna en terrenos que no pertenezcan al Estado (nacional, provincial...

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