Decreto Nº 395

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición19 de Abril de 2016
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXVII - Nº 89
CORDOBA, (R.A.), JUEVES 5 DE MAYO DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
Artículo 3º.- EL presente Decreto será refrendado por el señor Minis-
tro de Justicia y Derechos Humanos y el señor Fiscal de Estado.
Artículo 4º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese al Tribunal Superior de
Justicia, publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR / LUIS EUGENIO ANGULO, MINISTRO
DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / JORGE EDUARDO CÓRDOBA, FISCAL
DE ESTADO
Decreto N° 395
Córdoba, 19 de abril de 2016
VISTO: El acuerdo solicitado a la Legislatura de la Provincia de Córdo-
ba, para designar al señor Juan Eduardo CORONEL, en el cargo de Juez
de Paz de la Sede Los Hoyos, Departamento Río Seco.
Y CONSIDERANDO:
Que por Acuerdo Nro. 121 del año 2014, la Junta de Calicación y Se-
lección de Jueces de Paz, una vez cumplidos los trámites de rigor, confec-
cionó el orden de mérito correspondiente a los participantes del concurso
para cubrir el cargo de Juez de Paz de la Sede Los Hoyos, Departamento
Río Seco, remitiendo el listado con el puntaje obtenido por cada uno de los
seleccionados.
Que este Poder Ejecutivo, en los términos del artículo 169 de la Cons-
titución Provincial, solicitó a la Legislatura de la Provincia prestara acuer-
do para designar al señor Juan Eduardo CORONEL, M.I. N° 21.695.789,
acompañando el orden de mérito respectivo.
Que la Legislatura Provincial, en sesión pública del día 25 de Noviem-
bre de 2015, prestó el acuerdo solicitado por Resolución R-2854/15, de
conformidad a lo dispuesto por el artículo 104 inciso 42 de la Constitución
Provincial.
Que en consecuencia, cumplimentado los requisitos legales y consti-
tucionales corresponde proceder a la designación del señor Juan Eduardo
CORONEL en el cargo mencionado.
Por ello, lo dispuesto por la Ley N° 9.449, y en ejercicio de las atribuciones
conferidas por los artículos 144 inciso 9 y 157 de la Constitución de la
Provincia;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º.- DESÍGNASE al señor Juan Eduardo CORONEL,
(M.I. N° 21.695.789), en el cargo de Juez de Paz de la Sede Los Hoyos,
Departamento Río Seco de esta Provincia de Córdoba.
Artículo 2º.- EL egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto
en el artículo anterior se imputará a la Jurisdicción 3.00, Programa 920,
Partida Principal 01, Partida Parcial 01, Grupo 26, cargo 100, del Presu-
puesto Vigente.
Artículo 3º.- EL presente Decreto será refrendado por el señor Minis-
tro de Justicia y Derechos Humanos y el señor Fiscal de Estado.
Artículo 4º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese al Tribunal Superior de
Justicia, publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR / LUIS EUGENIO ANGULO, MINISTRO
DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / JORGE EDUARDO CÓRDOBA, FISCAL
DE ESTADO
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
ACUERDO REGLAMENTARIO NÚMERO MIL TRESCIENTOS CIN-
CUENTA Y SIETE - SERIE “A”. En la ciudad de CORDOBA, a dos días del
mes de mayo del año dos mil dieciséis, con la Presidencia de su titular Doc-
tor Domingo Juan SESIN, se reunieron para resolver los Señores Vocales
del Tribunal Superior de Justicia, Dres. Luis Enrique RUBIO, María de las
Mercedes BLANC G. de ARABEL y Sebastián Cruz LOPEZ PEÑA, con la
asistencia del Señor Director del Área de Administración, a cargo de la Ad-
ministración General, Lic. César Augusto BARTOLOMEI y ACORDARON:
Y VISTO: La conveniencia de continuar incorporando el uso de las nuevas
tecnologías en la prestación del servicio de justicia, con el propósito de
lograr una reducción en costos, tiempos y tender a la despapelización de
la gestión judicial. Y CONSIDERANDO: I) Que como ya se lo viene ejecu-
tando en reiteradas acciones, es propósito de este Tribunal, optimizar la
utilización del Sistema de Administración de Causas, con la implementa-
ción de distintas funcionalidades, como lo fueron la e-Cédula, la Subasta
Electrónica, el Alta de Cuenta a la Vista para uso judicial en forma remota,
la Orden de Pago Judicial mediante transferencia electrónica automatiza-
da, entre otras. En línea con este proceso es oportuno avanzar en la re-
gistración electrónica de las anzas personales ofrecidas por los letrados.
II) Que evaluada la funcionalidad por el Consejo de Coordinación de los
Sistemas SAC Multifuero y Marco Polo, ha sido considerada como factible
y conveniente. III) Que mediante un registro electrónico se puede sustituir
con el mismo o mayor grado de ecacia y certeza la raticación de la anza
ofrecida por el letrado en el Libro Actas de Fianzas del tribunal. IV) Que el
asiento informático de la raticación de una anza contribuye a una más
rápida sistematización y búsqueda de las anzas otorgada por los letrados.
V) Que en el marco del “Convenio de Adhesión Colaborativa del Colegio
de Abogados de Córdoba, como de su Protocolo Adicional Numero Uno,
respecto al Programa de “Acceso a Servicios de Justicia para Abogados”,
y a los nes de aumentar la publicidad de las anzas otorgada, facilitando
el control por el propio aanzante, se deberá poner en conocimiento del
letrado otorgante, mediante el Servicio para Abogados de la página web
del Poder Judicial, en el link “Mis Fianzas Raticadas” todas las anzas que
hubiere suscripto electrónicamente. Por todo ello y en uso de la facultad de
Superintendencia que le otorga la Constitución Provincial (Artículo 166) y
Ley Orgánica del Poder Judicial (Artículo 12); SE RESUELVE: Artículo
1° ESTABLECER a partir del primero de junio dos mil dieciséis el registro
electrónico de Fianzas Judiciales Personales otorgadas por los abogados
y conforme las normativas procesales de cada fuero. Artículo 2° La sus-

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