Decreto Nº 394

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición19 de Abril de 2016
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
1a
2
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXVII - Nº 89
CORDOBA, (R.A.), JUEVES 5 DE MAYO DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
sistema educativo y para la formación de profesionales no docentes
que se desempeñan como tales.
c) Diseñar, gestionar e implementar trayectos de formación desti-
nados a personal de supervisión y directivo, en diferentes niveles y
modalidades del Sistema Educativo Provincial, como así también a
docentes que aspiren a cargos de conducción en dicho ámbito.
d) Diseñar, gestionar e implementar programas y/o proyectos de in-
vestigación vinculados con los objetivos y actividades del Instituto.
e) Diseñar, gestionar e implementar proyectos y/o actividades cultu-
rales y de intercambio de experiencias entre docentes vinculados con
los objetivos y actividades del Instituto.
f) Diseñar, ejecutar y evaluar el Proyecto Anual del Instituto, en el mar-
co de los lineamientos del Plan Educativo Provincial.
g) Establecer vínculos y articulaciones con otras instituciones u orga-
nismos para fortalecer el desarrollo de las líneas de acción del Insti-
tuto.
h) Evaluar en el marco de las competencias de la Red Provincial de
Capacitación Docente las ofertas de formación docente de acuerdo a
los nes y objetivos del Instituto.
Artículo 3°. ESTABLÉCESE que la Dirección del Instituto creado por el
artículo primero del presente Decreto, estará a cargo de un Rector, asistido
por un Secretario Académico, un Secretario Ejecutivo y un Consejo Con-
sultivo, designados por el señor Ministro de Educación.
Artículo 4°. DISPÓNESE que la integración y las pautas de funcio-
namiento del Consejo Consultivo serán establecidos por el Ministerio de
Educación.
Artículo 5°. DISPÓNESE que la validez y certicación de las titulacio-
nes emitidas por el Instituto Superior de Estudios Pedagógicos, serán re-
glamentadas por el Ministerio de Educación de conformidad a la normativa
vigente.
Artículo 6°. DERÓGASE el Decreto N° 1081/2009, y sus modicato-
rios.
Artículo 7°. EL presente Decreto será refrendado por los señores Mi-
nistro de Educación y Fiscal de Estado.
Artículo 8°. PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bole-
tín Ocial y archívese.
FDO: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR / PROF. WALTER GRAHOVAC, MINIS-
TRO DE EDUCACION / DR. JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO
Decreto Nº 402 ................................................. PAG. 12
Decreto Nº 401 ................................................. PAG. 13
Decreto Nº 400 ................................................. PAG. 13
Decreto Nº 399 ................................................. PAG. 14
Decreto Nº 398 ................................................. PAG. 14
Decreto Nº 397 ................................................. PAG. 15
Decreto Nº 396 ................................................. PAG. 15
Decreto Nº 395 ................................................. PAG. 16
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
Acuerdo Reglamentario Nº 1357 “A“ .................. PAG. 16
Acuerdo Reglamentario Nº 1356 “A“ .................. PAG. 17
Acuerdo Reglamentario Nº 1355 “A“ .................. PAG. 17
AGENCIA CORDOBA JOVEN
Resolucion Nº 9 ............................................ PAG. 18
POLICIA DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
Resolucion Nº 61933 “F“ ................................ PAG. 19
Resolucion Nº 61948 “F“ ................................ PAG. 19
MINISTERIO DE SALUD
Resolucion Nº 294 ............................................ PAG. 20
SECRETARIA DE EDUCACION
Resolucion Nº 331 ............................................ PAG. 20
SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACION
Resolucion Nº 289 ............................................ PAG. 21
Córdoba, 19 de abril de 2016
VISTO: El acuerdo solicitado a la Legislatura de la Provincia de Córdo-
ba, para designar al señor Sergio Edgar FRAPPA, en el cargo de Juez de
Paz de la Sede Despeñaderos, Departamento Santa María.
Y CONSIDERANDO:
Que por Acuerdo Nro. 119 del año 2014, la Junta de Calicación y Se-
lección de Jueces de Paz, una vez cumplidos los trámites de rigor, confec-
cionó el orden de mérito correspondiente a los participantes del concurso
para cubrir el cargo de Juez de Paz de la Sede Despeñaderos, Departa-
mento Santa María, remitiendo el listado con el puntaje obtenido por cada
uno de los seleccionados.
Que este Poder Ejecutivo, en los términos del artículo 169 de la Cons-
titución Provincial, solicitó a la Legislatura de la Provincia prestara acuerdo
para designar al señor Sergio Edgar FRAPPA, M.I. N° 6.445.483, acompa-
ñando el orden de mérito respectivo.
Que la Legislatura Provincial, en sesión pública del día 25 de Noviem-
bre de 2015, prestó el acuerdo solicitado por Resolución R-2859/15, de
conformidad a lo dispuesto por el artículo 104 inciso 42 de la Constitución
Provincial.
Que en consecuencia, cumplimentado los requisitos legales y consti-
tucionales corresponde proceder a la designación del señor Sergio Edgar
FRAPPA en el cargo mencionado.
Por ello, lo dispuesto por la Ley N° 9.449, y en ejercicio de las atribu-
ciones conferidas por los artículos 144 inciso 9 y 157 de la Constitución de
la Provincia;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º.- DESÍGNASE al señor Sergio Edgar FRAPPA,
(M.I. N° 6.445.483), en el cargo de Juez de Paz de la Sede Despeñaderos,
Departamento Santa María de esta Provincia de Córdoba.
Artículo 2º.- EL egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto
en el artículo anterior se imputará a la Jurisdicción 3.00, Programa 920,
Partida Principal 01, Partida Parcial 01, Grupo 26, cargo 100, del Presu-
puesto Vigente.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR