Decreto N° 391 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor27 de Julio de 2018
EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición20 de Marzo de 2017
VIERNES 8 DE JUNIO DE 2018
AÑO CV - TOMO DCXLII - Nº 107
CORDOBA, (R.A.)
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar SUMARIO
SECCION
LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS
1a
1
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria”
PODER EJECUTIVO
Decreto N° 391
Córdoba, 20 de marzo de 2017
ARTÍCULO 1º.- DELÉGANSE en la señora Secretaria General de la Go-
bernación, las facultades para disponer, con idénticos índices a los esta-
blecidos para este Poder Ejecutivo: compras de repuestos y accesorios, así
como las contrataciones necesarias para efectuar reparaciones, servicios
de mantenimiento e inspecciones obligatorias de cada aeronave; contrata-
ciones de cursos de entrenamiento y/o capacitación para los pilotos y me-
cánicos, que operen la ota aeronáutica provincial; toda otra contratación
que sea menester efectuar para el adecuado funcionamiento y operación
de las aeronaves pertenecientes al Estado Provincial.
ARTÍCULO 2º.- DELÉGANSE en la señora Secretaria General de la Go-
bernación las facultades que le permitan autorizar viajes fuera del país en
misión ocial, jar los viáticos y gastos de movilidad que correspondan y
autorizar su libramiento, en el marco de la normativa vigente, a los pilotos
PODER EJECUTIVO
Decreto N° 391 ...................................................................... Pag. 1
DIRECCION DE PREVENCION DE ACCIDENTES DE TRANSITO
Resolución N° 45 ................................................................... Pag. 1
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
Resolución N° 364 ................................................................. Pag. 2
DIRECCION GENERAL INSPECCION DE PERSONAS JURIDICAS
Resolución General N° 36 - Letra:G ...................................... Pag. 2
y mecánicos que asistan a cursos de entrenamiento y/o capacitación y/o
toda otra actividad en el exterior, vinculadas con sus funciones en la Direc-
ción General de Aeronáutica de la Provincia.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA –
CRA. SILVINA RIVERO, SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN - JORGE
EDUARDO CÓRDOBA, FISCAL DE ESTADO.
DIRECCION DE PREVENCION DE
ACCIDENTES DE TRANSITO
Resolución N° 45
Córdoba, 6 de junio de 2018
VISTO:
El expediente N° 0458-053780/2018 y lo establecido por el artículo
121 de la Ley Provincial de Tránsito N°8560.
Y CONSIDERANDO:
Que tal dispositivo legal dispone que el valor de la multa por in-
fracciones a la Ley Provincial de Transito N°8560, se determina en
Unidades Fijas denominadas U.F, cada una de las cuales equivale
al menor precio de venta al público correspondiente a un (1) litro
de nafta súper.-
Que conforme lo informado por la Federación de Expendedores de
Combustibles y Afines del Centro de la República (FECAC), el valor
del referido combustible al día 5 de junio del corriente año es de
$29,63, registrando un incremento con relación al precio dispuesto
por la resolución anterior.-
Por ello, en virtud de lo dispuesto por la ley 8560 (T.O. 2004), sus
modificatorias. lo dictaminado por el Área Legal de la Dirección Ge-
neral de Prevención de Accidentes de Tránsito bajo el N°54/2018, y
en ejercicio de sus atribuciones.
EL DIRECTOR GENERAL DE PREVENCIÓN DE ACCIDENTES
DE TRÁNSITO
RESUELVE:
1°: ESTABLECER el valor de la Unidad Fija de Multa (UF) por in-
fracciones a la Ley Provincial de Transito 8560 en la suma de pesos
veintinueve con sesenta y tres centavos ($ 29,63).-
2°: DISPONER como período de vigencia del valor de la Unidad
Fija señalada por el dispositivo precedente, el comprendido desde
el día de la publicación de la presente y hasta que se determine un
nuevo precio mediante la resolución respectiva.-
3°: ORDENAR, que por el Área correspondiente, se proceda a noti-
ficar a las Autoridad de Juzgamiento de la Provincia, a la Dirección
General de la Policía Caminera, a la Dirección General de Rentas y
a la Dirección de Sistemas del Ministerio de Gobierno.-
4°: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Ofi-
cial y archívese.
FDO; MIGUEL ÁNGEL RIZZOTTI, DIRECTOR GENERAL DE PREVENCIÓN
DE ACCIDENTES DE TRANSITO

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