Decreto N° 323/08
Firmantes | Macri-Piccardo-Grindetti-Rodríguez Larreta |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
Fecha de la disposición | 10 de Abril de 2008 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETO N° 323/ 08
APRUEBA PLIEGOS Y FACULTA A LLAMAR A LICITACIÓN PÚBLICA - ADQUISICIÓN DE VEINTISÉIS MIL (26.000) CONTENEDORES - ZONAS - HIGIENE URBANA - BASURA - GESTIÓN INTEGRAL DE LOS RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS - BASURA CERO - MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO
Buenos Aires, 10/04/2008
Visto la Ley N° 2.095 (B.O.C.B.A. N° 2557); su Decreto Reglamentario N° 408/07 (B.O.C.B.A. N° 2658) y sus modificatorios; la Disposición N° 236-DGCyC/07 (B.O.C.B.A. N° 2756), y el Expediente N° 2.199/08, y
CONSIDERANDO:
Que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tiene como responsabilidad primaria realizar las acciones tendientes para garantizar y lograr el perfecto estado de limpieza de la ciudad;
Que en este sentido, el artículo 27 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establece que: La Ciudad desarrolla en forma indelegable una política de planeamiento y gestión del ambiente urbano integrada a las políticas de desarrollo económico, social y cultural, que contemple su inserción en el área metropolitana. Instrumenta un proceso de ordenamiento territorial y ambiental participativo y permanente que promueve: ... 12. Minimizar volúmenes y peligrosidad en la generación, transporte, tratamiento, recuperación y disposición de residuos;
Que la Ley N° 1.854 de Gestión Integral de los Residuos Sólidos Urbanos estableció el conjunto de pautas, principios, obligaciones y responsabilidades para la gestión integral de los residuos sólidos urbanos que se generen en el ámbito territorial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en forma sanitaria y ambientalmente adecuadas, a fin de proteger el ambiente, seres vivos y bienes. En este sentido la Ciudad adopta como principio para la problemática de los residuos sólidos urbanos el concepto de Basura Cero. entendiéndose como concepto de Basura Cero, en el marco de esta norma, el principio de reducción progresiva de la disposición final de los residuos sólidos urbanos, con plazos y metas concretas, por medio de la adopción de un conjunto de medidas orientadas a la reducción en la generación de residuos, la separación selectiva, la recuperación y el reciclado;
Que asimismo, por el artículo 3° de la Ley en análisis, se dispuso que: La Ciudad garantiza la gestión integral de residuos sólidos urbanos entendiéndose por ello al conjunto de actividades interdependientes y...
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