Decreto N° 390

EmisorÁrea Jefe de Gobierno
Fecha de la disposición13 de Diciembre de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DECRETO N.º 390/21
Buenos Aires, 9 de diciembre de 2021
VISTO: La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires (texto consolidado según Ley N° 6.347), las Resoluciones Nros. 802-MCGC/19,
1817-MCGC/19, 1101- SSPCNA/19 y 8238-MCGC/19, los Expedientes Electrónicos
Nros. 3730938-GCABA-SSPCNA/19, 16210330-GCABA-MGEYA/19 y 34446699-
GCABA-MGEYA/19, y
CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones tramita el recurso jerárquico, subsidiario del de
reconsideración, interpuesto por los señores Damián Felipe Ríos y Mariano Blatt, en
su carácter de socios Gerentes de la Sociedad de Hecho BLATT & RIOS, contra la
Resolución N° 1817-MCGC/19;
Que mediante la citada Resolución se dejó sin efecto la Resolución N° 802-MCGC/19
que autorizó la contratación del señor Blatt Mariano, CUIT N° 20304955784, para
prestación de servicios artísticos y culturales - editor antología poesía, premio festival
bienal;
Que los señores Mariano Blatt y Damián Felipe Ríos, en su carácter de socios
Gerentes de la Sociedad de Hecho BLATT & RIOS, interpusieron un recurso de
reconsideración con jerárquico en subsidio, el que fuera desestimado por Resolución
N° 1101/SSPCNA/19;
Que por Resolución N° 8238-MCGC/19 se convalidaron los términos de la Resolución
Nº 1101-SSPCNA/19;
Que se le notificó la posibilidad de mejorar los fundamentos del recurso jerárquico
subsidiario, dentro del plazo de 5 (cinco) días, conforme los términos del artículo 111
de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires;
Que la recurrente ha efectuado una presentación con fecha 06/11/2019 a los fines de
ampliar los fundamentos del recurso incoado;
Que en dicha presentación el recurrente reitera los argumentos expuestos en su
recurso original;
Que se advierte que los fundamentos vertidos por los recurrentes no aportan nuevos
elementos para desvirtuar la decisión tomada anteriormente, por lo que corresponde
tener por reproducidos los argumentos de la Resolución N° 1101/SSPCNA/19
convalidada por Resolución N° 8238/MCGC/19 y no hacer lugar a lo solicitado;
Que a tenor de lo expuesto, las constancias obrantes en autos y lo dictaminado por la
Procuración General de la Ciudad, corresponde el rechazo del recurso jerárquico
subsidiario;
Que la Procuración General de la Ciudad ha tomado la intervención que legalmente le
compete.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6274 - 13/12/2021

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