Decreto N° 390

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición 4 de Mayo de 2015
Primera Sección BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCVII - Nº 134 CÓRDOBA, 17 de Julio de 20156
Que se agrega Documento Contable -Nota de Pedido N°
2015/000047, que certifica la reserva presupuestaria para
atender la erogación que lo gestionado implica.
Por ello, las normas legales citadas, lo dispuesto por el artículo
14 del Anexo I al Decreto N° 1231/2010, modificatorio de su
similar N° 1133/2010, lo dictaminado por el Departamento Jurídico
del Ministerio de Infraestructura con el N° 79/2015, por Fiscalía
de Estado bajo el N° 253/2015 y en uso de las atribuciones
conferidas por el artículo 144 inciso 1° de la Constitución Provin-
cial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A
Artículo 1º.- APRUÉBASE el Acta Acuerdo de
Redeterminación de Precio por Reconocimiento de la Novena
Variación de Costos correspondiente al mes de agosto de 2014,
por trabajos faltantes de ejecutar en la obra: “CONSTRUCCIÓN
NUEVO EDIFICIO ESCUELA ESPECIAL DR. RAÚL CORREA,
ubicada en calle Independencia N° 375 – Barrio Nueva Córdoba
– Ciudad de Córdoba – Departamento Capital, por la suma total
de Pesos Cuatrocientos Nueve mil Trescientos Noventa y Tres
con Setenta Centavos ($409.393,70), suscripta con fecha 12 de
diciembre de 2014 entre el Director General de Arquitectura,
Arquitecto Andrés Eduardo CAPARRÓZ, por una parte y el
Presidente de la Empresa CONSTRUCTORES ASOCIADOS
S.A., Ingeniero Miguel FRATIANNI por la otra, que como Anexo
I compuesto de TRES (3) fojas, integra el presente decreto.
Artículo 2º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la
suma total de Pesos Cuatrocientos Nueve Mil Trescientos
Noventa y Tres con Setenta Centavos ($409.393,70), con cargo
a Jurisdicción 1.35, Programa 378-000, Partida 12.06.00.00 del
P.V., conforme lo indica la Dirección General de Administración
del Ministerio de Educación en su Documento de Contabilidad -
Nota de Pedido Nº 2015/000047
Artículo 3°.- FACÚLTASE al señor Director General de
Arquitectura a suscribir la enmienda de contrato por
redeterminación de precio, debiendo previamente la Empresa
CONSTRUCTORES ASOCIADOS S.A., integrar el importe
adicional de la garantía de cumplimiento de contrato.
Artículo 4°.- El presente Decreto será refrendado por los
señores Ministro de Infraestructura y Fiscal de Estado.
Artículo 5º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dése
intervención a la Dirección General de Administración del
Ministerio de Educación, al Tribunal de Cuentas de la Provincia,
notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial, pase a la citada
Dirección a sus efectos y archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
ANEXO
http://goo.gl/3bRRZg
Decreto N° 369 Córdoba, 04 de mayo de 2015
VISTO: el Expediente Nº 0047-015859/2011/R24 del registro
del Ministerio de Infraestructura.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones la Dirección General de
Arquitectura, propicia por Resolución Nº 123/15, la aprobación
del Acta Acuerdo de Redeterminación de Precio por
Reconocimiento de la Septima y Octava Variación de Costos
correspondiente a los meses de mayo y agosto de 2014, por
trabajos faltantes de ejecutar en la obra: “AMPLIACIÓN Y
REMODELACIÓN del Edificio que ocupan la ESCUELA Y
JARDÍN DE INFANTES “PADRE TERCILIO GAMBINO”,
ubicados en Calle Iseas N° 1550 esquina Fierro – Barrio Los
Granados – CÓRDOBA – DEPARTAMENTO: CAPITAL”,
suscripta con fecha 28 de octubre de 2014, entre el Director
General de Arquitectura y la Empresa ARC S.R.L., contratista de
la obra.
Que la redeterminación de precio de que se trata encuadra en
las previsiones del Decreto Nº 1231/2010, modificatorio de su
similar N° 1133/2010 y lo establecido en el artículo 21 del Pliego
Particular de Condiciones.
Que mediante Decreto Nº 1484/2011 se contrató en forma la
ejecución de los trabajos de la obra citada a la empresa ARC
S.R.L., suscribiéndose el día 13 de febrero de 2012 el contrato
correspondiente y replanteándose la obra con fecha 15 de febrero
de 2012; en tanto mediante Decretos Nros. 335/2013, 857/2013,
1234/2013, 1517/2013 y 1308/2014 se aprobaron las Acta
Acuerdo de Redeterminación de Precios por Reconocimiento de
la primera a sexta Variación de Costos.
Que obra en autos la documentación presentada por la
contratista fundamentando su petición.
Que la División Certificaciones de la Dirección General de
Arquitectura informa que se ha liquidado un 20% de Certificado
Extraordinario de Pago a Cuenta.
Que la Sección de Estudio de Costos de la Dirección General
de Arquitectura informa que se han producido variaciones en el
precio de la obra del 14,12% y 8,13%, correspondientes a los
meses mayo y agosto/2014, respectivamente, resultando en
un monto total a imputar de ($139.583,05), importe resultante de
aplicar al monto contractual faltante de ejecutar, deducido el 10%
de utilidad invariable y el 20% de Certificado Extraordinario de
Pago a Cuenta, cada uno de los incrementos citados, ascendiendo
el nuevo precio de la obra al mes agosto de 2014 de $
10.784.265,15.
Que la contratista ha renunciado a todo reclamo por mayores
costos, compensaciones, gastos improductivos o supuestos
perjuicios de cualquier naturaleza en los términos del artículo 16
del Anexo al Decreto 1231/2010, modificatorio de su similar N°
1133/2010.
Que en consecuencia, verificada la existencia de los supuestos
que tornan procedente la aplicación del citado régimen legal, la
Dirección General de Arquitectura ha considerado conveniente
la redeterminación del precio del contrato, por lo que suscribió
con la contratista el Acta Acuerdo de redeterminación de precio
por reconocimiento de la séptima y octava variación de costos.
Que se agrega Documento Contable -Nota de Pedido N° 2015/
000041, que certifica la reserva presupuestaria para atender la
erogación que lo gestionado implica.
Por ello, las actuaciones cumplidas, las normas legales citadas,
lo dispuesto en el artículo 14 del Anexo I al Decreto N° 1231/
2010, modificatorio de su similar N° 1133/2010, lo dictaminado
por el Departamento Jurídico de la Dirección General de Asuntos
Legales del Ministerio de Infraestructura con el N° 102/2015, por
Fiscalía de Estado bajo el N° 254/2015, y en uso de atribuciones
constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A
Artículo 1º.- APRUÉBASE el Acta Acuerdo de
Redeterminación de Precio por Reconocimiento de la Séptima y
Octava Variación de Costos correspondiente a los mese de mayo
y agosto de 2014, por trabajos faltantes de ejecutar en la obra:
“AMPLIACIÓN Y REMODELACIÓN del Edificio que ocupan la
ESCUELA Y JARDÍN DE INFANTES “PADRE TERCILIO
GAMBINO”, ubicados en Calle Iseas N° 1550 esquina Fierro –
Barrio Los Granados – CÓRDOBA – DEPARTAMENTO: CAPI-
TAL”, por la suma total de Pesos Ciento Treinta y Nueve Mil
Quinientos Ochenta y tres con Cinco centavos ($139.583,05),
suscripta el día 28 de octubre de 2014 entre el Director General
de Arquitectura, Arquitecto Andrés Eduardo CAPARRÓZ, por
una parte y el Socio Gerente de la Empresa ARC S.R.L.,
Ingeniero Arturo ROMERO CAMMISA, por la otra, que como
Anexo I compuesto de CUATRO (4) fojas, integra el presente
decreto.
Artículo 2º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma
total de Pesos Ciento Treinta y Nueve Mil Quinientos Ochenta
y tres con Cinco centavos ($ 139.583,05) con cargo a Jurisdicción
1.35, Programa 378-000, Partida 12.06.00.00 del P.V., conforme
lo indica la Dirección General de Administración del Ministerio de
Educación en su Documento de Contabilidad-Nota de Pedido
N° 2015/000041.
Artículo 3°.- FACÚLTASE al señor Director General de
Arquitectura a suscribir la enmienda de contrato por
redeterminación de precio, debiendo la Empresa ARC S.R.L.,
integrar el importe adicional de la garantía de cumplimiento de
contrato.
Artículo 4°.- El presente Decreto será refrendado por los
señores Ministro de Infraestructura y Fiscal de Estado.
Artículo 5º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dése
intervención a la Dirección General de Administración del
Ministerio de Educación, al Tribunal de Cuentas de la Provincia,
notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial, pase a la citada
Dirección a sus efectos y archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
ANEXO
http://goo.gl/sFMAAr
Decreto N° 390 Córdoba, 04 de mayo de 2015
VISTO: El expediente Nº 0045-015867/2011/A6 del registro
de la Dirección Provincial de Vialidad, dependiente del Ministerio
de Infraestructura.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones la citada Dirección, propicia
por Resolución Nº 916/2014 la aprobación del Acta Acuerdo de
Redeterminación de Precio por Reconocimiento de la Primera y
Segunda Variación de Costos correspondiente a los meses de
abril y agosto de 2014, por trabajos faltantes de ejecutar en la
obra: “CONTRATO DE SEGURIDAD VIAL – REGIÓNAL “A” –
DPTOS: CAPITAL – CALAMUCHITA – COLÓN – SANTA MARÍA
– PUNILLA – SAN ALBERTO – SAN JAVIER – POCHO – MINAS
– CRUZ DEL EJE – ISCHILÍN – SOBREMONTE – TULUMBA
– RÍO SECO – TOTORAL – PROVINCIA DE CÓRDOBA”,
suscripta el día 2 de diciembre de 2014 entre el Presidente de la
Dirección Provincial de Vialidad, y el Apoderado de la Empresa
VAWA S.A.C.I.C.I., contratista de la obra.
Que la redeterminación de precio de que se trata encuadra en
las previsiones del Decreto Nº 1231/10, modificatorio de su
similar N° 1133/2010, a tenor de lo dispuesto por artículo 15 del
Pliego Particular de Condiciones.
Que mediante Decreto N° 1473, se adjudicó la obra principal a
la Empresa VAWA S.A.C.I.C.I., suscribiéndose el día 16 de abril
de 2014 el contrato correspondiente y efectuándose el replanteo
parcial de la obra con fecha 12 de mayo de 2014.
Que obra en autos la documentación presentada por la
contratista fundamentando su pedido.
Que el Departamento II Gestión Económica de Obras de la
Dirección Provincial de Vialidad informa que se han producido
variaciones en el precio de la obra del 18,83% y 8,97% a los
meses de abril y agosto de 2014, resultando en un monto a
imputar de $8.698.342,30 y $4.406.623,88, importe resultante
de aplicar al monto contractual faltante de ejecutar deducido el
10% de utilidad invariable el incremento citado, ascendiendo el
nuevo presupuesto de la obra a $ 64.434.335,66.
Que la contratista ha renunciado a todo reclamo por mayores
costos, compensaciones, gastos improductivos o supuestos
perjuicios de cualquier naturaleza en los términos del artículo 16
del Anexo al Decreto referenciado.
Que en consecuencia, verificada la existencia de los supuestos
que tornan procedente la aplicación del citado instrumento legal,
la Dirección Provincial de Vialidad ha considerado conveniente

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