Decreto N° 389

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición16 de Abril de 2018
LUNES 16 DE ABRIL DE 2018
AÑO CV - TOMO DCXL - Nº 71
CORDOBA, (R.A.)
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar SUMARIO
SECCION
LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS
1a
1
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria”
PODER EJECUTIVO
Decreto N° 389
Córdoba, 16 de marzo de 2018
VISTO: el Expediente N° 0680-068040/2018 del registro de la Secretaría
de Innovación y Modernización, dependiente del Ministerio de Finanzas.
Y CONSIDERANDO: Que por las presentes actuaciones se propicia la
implementación de un régimen normativo que reglamente la relación exis-
tente entre la Dirección General de Inspección de Personas Jurídicas, de-
pendiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, y el ciudadano,
respecto de la documentación requerida en los diferentes trámites adminis-
trativos correspondientes a dicha repartición.
Que en ese orden, es política de la gestión actual la simplicación y agili-
zación de trámites en materia administrativa, con el objetivo de brindar a la
población en general un mejor servicio en cuanto a la administración de la
cosa pública, todo lo cual apunta a satisfacer las necesidades y aspiracio-
nes de la ciudadanía a través de programas que propendan a la mejora de
los servicios brindados por el Estado.
Que la reglamentación propuesta desde la Secretaría de Innovación y Mo-
dernización del Ministerio de Finanzas, tiene por nalidad la implemen-
tación de un régimen de digitalización de la documentación que los ad-
ministrados deban presentar ante la Dirección General de Inspección de
Personas Jurídicas para información, estudio y análisis de trámites inicia-
dos o a iniciarse, la cual deberá ser cargada en formato digital a través del
portal ocial de dicha Dirección, mediante la Plataforma Ciudadano Digital
o la que en el futuro la reemplace.
Que la medida instada es concordante con lo previsto por nuestra Consti-
tución Provincial, por la Ley Nacional N° 25.506 de Firma Digital, a la cual
la Provincia adhirió mediante Ley N° 9401, la Ley Provincial N° 10.508 y la
Ley de Procedimiento Administrativo N° 5350 (T.O. Ley N° 6658).
Que asimismo, la implementación del régimen de que se trata es conse-
cuente con lo normado mediante Decreto N° 1280/2014, que dispuso la
creación de la Plataforma de Servicios “Ciudadano Digital”, la cual tiene por
nalidad despapelizar la Administración Pública, preservar la información,
liberar espacio físico, agilizar y aumentar la capacidad de búsqueda y ac-
ceso a la documentación, centralizar y facilitar a los ciudadanos el acceso
a los servicios digitales y brindar una base de datos a los nes estadísticos.
Que tanto el señor Ministro de Finanzas, como el señor Ministro de Justicia
y Derechos Humanos, otorgan el Visto Bueno a lo propiciado en autos.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo informado por la Jefa-
tura de Área Jurídica del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos bajo
el N° 03/2018, lo dictaminado por Fiscalía de Estado al N° 216/2018 y en
uso de atribuciones conferidas por el artículo 144, incisos 1° y 2° de la
Constitución Provincial;
PODER EJECUTIVO
Decreto N° 389 .....................................................................Pag. 1
ENTE REGULADOR DE SERV PÚBLICOS
Orden de Servicio N° 1 ........................................................Pag. 2
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y FINANACIAMIENTO
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN
Resolución N° 7 ....................................................................Pag. 5
Resolución N° 8 ....................................................................Pag. 5
MINISTERIO DE SALUD
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y GESTIÓN ADMINISTRATIVA
Resolución N° 16 ..................................................................Pag. 6
Resolución N° 21 ..................................................................Pag. 6
Resolución N° 24 ..................................................................Pag. 7
Resolución N° 25 ..................................................................Pag. 8
Resolución N° 32 ..................................................................Pag. 9
Resolución N° 33 ..................................................................Pag. 9
Resolución N° 37 ..................................................................Pag. 10
MINISTERIO DE FINANZAS
Resolución N° 104 ................................................................Pag. 11
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y FINANCIAMIENTO
Resolución N° 55 ..................................................................Pag. 11
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Resolución N° 216 ................................................................Pag. 13
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN INICIAL
Resolución N° 26 ..................................................................Pag. 13
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN PRIMARIA
Resolución N° 33 ..................................................................Pag. 14
MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA
Resolución N° 20 ..................................................................Pag. 16
Resolución N° 21 ..................................................................Pag. 17
Resolución N° 22 ..................................................................Pag. 17
CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
ACUERDO NÚMERO: DOCE ...............................................Pag. 18
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
Artículo 1°.- ESTABLÉCESE que la documentación que los ciudadanos
deban presentar por ante la Dirección General de Inspección de Personas
Jurídicas, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos,

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