Decreto N° 386 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor10 de Octubre de 2017
EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición20 de Marzo de 2017
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXXIII - Nº 175
CORDOBA, (R.A.), JUEVES 7 DE SETIEMBRE DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
Decreto N° 1303
Córdoba, 23 de Agosto de 2.017.
VISTO: el Acuerdo N° 28 del Consejo de la Magistratura de la Provincia de
Córdoba, de fecha 03 de agosto de 2017.
Y CONSIDERANDO:
Que por el citado Acuerdo, el Consejo de la Magistratura, una vez
cumplidos los trámites de rigor, elevó la propuesta para la designación de
la señora María Victoria Jalil Manfroni, M.I. N° 23.823.338, como Asesora
Letrada de Niñez, Juventud, Violencia Familiar y de Género “reemplazante”
en la Asesoría Letrada de Niñez, Juventud, Violencia Familiar y de Géne-
ro de Décimo Turno de la ciudad de Córdoba, perteneciente a la Primera
Circunscripción Judicial, hasta la cobertura denitiva del cargo mediante
concurso organizado por ese Consejo o el cese del impedimento en caso
de vacancia transitoria, conforme lo dispuesto por el artículo 6 inciso 10 y
concordantes de la Ley N° 8802.
Que según se desprende del Acuerdo referenciado, la propuesta surge
del padrón vigente confeccionado por el Consejo de la Magistratura, al que
le prestara acuerdo la Legislatura Provincial en los términos del artículo
56 y concordantes de la Ley N° 8435 y 104 inciso 42 de la Constitución
Provincial mediante Resolución N° 3081/2017.
Que en consecuencia, cumplimentados los requisitos legales y consti-
tucionales corresponde proceder a la designación de la señora María Vic-
toria Jalil Manfroni en el cargo mencionado.
Por ello, lo dispuesto por la Leyes Nros. 8435 y 8802 y modicatorias,
y en ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 144 inciso 9 y
157 de la Constitución de la Provincia;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A
Artículo 1º.- DESÍGNASE a la señora María Victoria Jalil Manfroni,
M.I. N° 23.823.338, como Asesora Letrada de Niñez, Juventud, Violencia
Familiar y de Género “reemplazante” en la Asesoría Letrada de Niñez, Ju-
ventud, Violencia Familiar y de Género de Décimo Turno de la ciudad de
Córdoba, perteneciente a la Primera Circunscripción Judicial.
Artículo 2º.- El egreso que demande el cumplimiento de lo dis-
puesto en el artículo anterior se imputará a la Jurisdicción 3.00, Programa
920, Partida Principal 01, Parcial 01, Grupo 26, cargo 054, del Presupuesto
Vigente.
Artículo 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Mi-
nistro de Justicia y Derechos Humanos, y el señor Fiscal de Estado.
Artículo 4º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese al Tribunal Superior
de Justicia, publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR / LUIS EUGENIO ANGULO, MINISTRO
DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / JORGE CORDOBA, FISCAL DE ESTADO
Decreto N° 386
Córdoba, 20 de marzo de 2017
VISTO: El Expediente N° 0047-003317/2014/R8 del registro del Ministerio
de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales.
CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones la Secretaría de Arquitectura, propi-
cia por Resolución Nº 417/2016, se adjudiquen los trabajos modicatorios
necesarios de efectuar en la obra: “El Desarrollo del Proyecto de Inge-
niería de Detalles de Estructura y de la Totalidad de las Instalaciones” y
la Ejecución de la Obra: “CONSTRUCCIÓN SEGUNDA ETAPA “PARQUE
DEL KEMPES”, ubicado en Avenida Ramón Cárcano S/N - B° Chateau Ca-
rreras - CÓRDOBA - DEPARTAMENTO CAPITAL”, a las empresas SAPYC
S.R.L – VIMECO S.A – ASTORI CONSTRUCCIONES S.A - CONSORCIO
DE COOPERACION, contratista de la obra principal, por la suma de $
5.655.651,38.
Que el Decreto N° 1060 de fecha 25 de septiembre de 2014 se adjudicó
la obra principal a la empresa SAPYC S.R.L. – VIMECO S.S. – ASTORI
CONSTRUCCIONES S.A. – CONSORCIO DE COOPERACIÓN, habién-
dose suscripto el contrato de obra el día 28 de noviembre de 2014, y Re-
planteado la misma el 19 de diciembre de 2014.
Que obra en autos la documentación técnica correspondiente a los tra-
bajos modicatorios de que se trata compuesta por: Memoria Descriptiva,
Pliego Particular de Especicaciones Técnicas, Informes, Presupuestos,
Análisis de Precios y Planos.
Que de la citada Memoria Descriptiva surge que existe la necesidad
de los trabajos modicatorios a realizar en la obra de referencia, contem-
plando tareas de: Ejecución de basamento de hormigón armado para es-
culturas urbanas, provisión de acometida eléctrica, provisión y montaje de
carrousel, ampliación de anteatro, forestación, ejecución de solado de
hormigón, enchapado, cerramiento perimetral de sector de equinoterapia,
pintura exterior de kioscos y sanitarios, colocación de barandas, ejecu-
ción de parque de cactus, incorporación de artefactos de iluminación en
ciclovías, incorporación de juego trepadora múltiple, modicación de alam-
brado olímpico y su prolongación de cerramiento, limpieza de parque y
terraplenamiento.
Que la Sección Estudios de Costos de la entonces Dirección Gene-
ral de Arquitectura, establece que el monto de los trabajos modicatorios
asciende a la suma de $ 5.655.651,38, representando una incidencia del
11,31% en relación al monto de obra contractual al mes de septiembre de
2014 que es de $ 49.987.993,37, dándose cumplimiento al límite del 30%
establecido en el artículo 40 de la Ley de Obras Públicas N° 8614 y su
Decreto Reglamentario.
Que el Área Inspecciones y Certicaciones de la citada Dirección pro-
duce informe que da cuenta del plazo de obra y porcentaje de avance de la
misma al mes de noviembre de 2015, incorporándose en autos Resolución
N° 592 de la Secretaría de Arquitectura de fecha 21 de septiembre de 2016
por la cual se amplía el plazo de obra hasta el día 12 de abril de 2017.
Que la Dirección de Administración del Ministerio actuante incorpora
Documento Contable (Nota de Pedido N° 2017/000087), en cumplimiento
de lo establecido por el artículo 13 de la Ley 8614.
Que se adjunta Certicado de Habilitación para Adjudicación, expedido
por el Registro de Constructores de Obras (artículo 23, correlativos y con-
cordantes del Decreto N° 809/96).
Que el Departamento Jurídico de la Dirección General de Asuntos Le-
gales del Ministerio de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales se expide me-

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