Decreto N° 466/08
Firmantes | Macri-Grindetti-Rodríguez Larreta |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
Fecha de la disposición | 29 de Abril de 2008 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETO N° 466/ 08
MODIFICACIÓN DE DECRETOS - SE MODIFICA EL DECRETO 1276-06 - CIRCUITO ADMINISTRATIVO PARA LA LIQUIDACIÓN Y PAGO A PROVEEDORES POR LA PROVISIÓN DE BIENES O PRESTACIÓN DE SERVICIOS - ORDENES DE PAGO
Buenos Aires, 29/04/2008
Visto la Ley N° 70 de Sistemas de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad (B.O. N° 539), reglamentada por Decreto N° 1.000/99 (B.O. N° 704), el Decreto N° 1.276/06 (B.O. N° 2513), el Expediente N° 20.382/08, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 1.276/06, se estableció el circuito administrativo para la liquidación y pago a proveedores por la provisión de bienes o prestación de servicios;
Que la implementación del referido circuito y su plena informatización han reducido los tiempos de la tramitación de la documentación respaldatoria para la emisión de las órdenes de pago respectivas;
Que, en ese sentido, se entiende necesario disminuir los plazos estipulados en el citado decreto para la emisión de las órdenes de pago por parte de la Dirección General de Contaduría, considerándose, asimismo, que dicha disminución permitirá al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires obtener mejores precios en las licitaciones y/o contrataciones que realice;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
Modifícase el artículo 8° del Decreto N° 1.276/06, el que queda redactado de la siguiente manera: Sin perjuicio del plazo establecido contractualmente para efectuar el pago y en aquellos casos en que los pliegos de condiciones generales establezcan que los pagos se efectuarán dentro de los treinta (30) días de presentada la respectiva factura en el Centro Único de Recepción y Documentación de Pago, la Dirección General de Contaduría emitirá las órdenes de pago con vencimiento para su cancelación a los diez (10) días de presentada la documentación...
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