Decreto N° 379 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor 3 de Julio de 2017
EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición20 de Marzo de 2017
JUEVES 30 DE MARZO DE 2017
AÑO CIV - TOMO DCXXVII - Nº 61
CORDOBA, (R.A.)
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar SUMARIO
SECCION
LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS
1a
1
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
PODER EJECUTIVO
Córdoba, 20 de marzo de 2017
VISTO: El Expediente N° 0039-064382/2017 del registro del Ministerio de
Finanzas.
Y CONSIDERANDO:
Que por Ley N° 10.339 se autoriza al Poder Ejecutivo a efectuar ope-
raciones de crédito público por hasta el importe de Dólares Ochocientos
Millones (U$S 800.000.000) para el nanciamiento total de la ejecución de
las obras del “Programa Integral de Gasoductos Troncales de la Provincia
de Córdoba”, ya sea mediante la suscripción de préstamos o la emisión de
títulos públicos en el mercado local o internacional.
Que por Decreto N° 1250/2016 se creó el Programa de Emisión de
Títulos Públicos por un monto en circulación de hasta valor nominal dólares
estadounidenses Doscientos Sesenta Millones (VN U$S 260.000.000) con
destino a nanciarla ejecución de la obra “Programa Integral de Gasoduc-
tos Troncales de la Provincia de Córdoba, en especial Sistemas Regiona-
les Oeste, Punilla II, Anillo de Córdoba y Gran Córdoba, Centro, Ruta II y
Sureste”, y se autorizó la cesión duciaria en garantía del cumplimiento de
las obligaciones a ser asumidas bajo los Títulos de Deuda, de los derechos
de la Provincia provenientes del Régimen de Coparticipación Federal de
Impuestos.
Que por Decretos Nros. 20/2017 y 21/2017 se readecuaron las licitacio-
nes para la ejecución de los Sistemas Regionales Norte, Sur, Este y Centro
II de la obra “PROGRAMA INTEGRAL DE GASODUCTOS TRONCALES
DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA, y se instruyó a la Agencia Córdoba
Inversión y Financiamiento S.E.M. para que efectúe el llamado a licitación
y adjudique la ejecución de los trabajos desafectados en ese mismo acto.
Que la citada Agencia adjudicó, por Resolución N° 13/2017, la ejecución de
los trabajos de la porción readecuada de los Sistemas Regionales Norte,
Sur, Este y Centro II de la obra “PROGRAMA INTEGRAL DE GASODUC-
TOS TRONCALES DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA.
Que las obras pendientes de ejecutar, oportunamente adjudicadas
por Decreto N° 80/2016, raticado por Ley N° 10.339, deducida la porción
readecuada por Decretos N° 20/2017 y 21/2017, y adjudicada por Resolu-
ción de ACIF SEM N° 13/17 requerirán, asimismo, de la emisión de Títulos
de Deuda a efectos de nanciar la contraparte local de los nanciamientos
que oportunamente se aprueben.
Que en consecuencia, y conforme a lo enunciado en el informe de la
Subsecretaría de Financiamiento del Ministerio de Inversión y Financia-
miento, el monto requerido de ampliación del programa para las obras de
infraestructura gasífera asciende a USD 200.000.000 (dólares estadouni-
denses doscientos millones).
Que resulta conveniente a tal n disponer la ampliación del Progra-
ma de Emisión de Títulos Públicos Provinciales creado por Decreto N°
1250/2016, completando la suma de hasta valor nominal dólares esta-
dounidenses Cuatrocientos Sesenta Millones (VN U$S 460.000.000) o su
equivalente en otras monedas.
Que es necesario ampliar el destino de dicho nanciamiento para que
incluya las obras pendientes de ejecutar del “PROGRAMA INTEGRAL DE
GASODUCTOS TRONCALES DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA, com-
prendiendo erogaciones de capital efectuadas por la Provincia en virtud de
las mismas.
Que es menester ampliar la cesión en garantía de los derechos de
la Provincia provenientes del Régimen de Coparticipación Federal de Im-
puestos hasta alcanzar el monto total del Programa ampliado por el pre-
sente.
Que el Banco de la Provincia de Córdoba S.A. acompaña detalle de
las tareas a realizar para la instrumentación, emisión y colocación de los
títulos de deuda, así como su presupuesto, el que se integra en una propor-
ción variable en función directamente proporcional del monto efectivamen-
te colocado por un monto de hasta Dólares Estadounidenses Dos Millones
Seiscientos Treinta y Cinco Mil (U$S 2.635.000), un monto jo de hasta
dólares estadounidenses Doscientos Sesenta y Nueve Mil Setecientos Se-
tenta y Cinco (U$S 269.775) y un monto jo anual de mantenimiento de la
emisión de hasta dólares estadounidenses Sesenta y Cinco Mil Sesenta
(U$S 65.060).
Que esta cotización reemplaza para los rubros no ejecutados a la fe-
PODER EJECUTIVO
Decreto N° 379 ................................................................... Pag. 1
Decreto N° 392 ................................................................... Pag. 3
Decreto N° 355 ................................................................... Pag. 3
Decreto N° 334 ................................................................... Pag. 4
SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACION
Cronograma de pago .......................................................... Pag. 5
MINISTERIO DE FINANZAS
SECRETARIA DE INGRESOS PUBLICOS
Resolucion N° 4 ................................................................... Pag. 5
MINISTERIO DE EDUCACION
Resolucion N° 276 ............................................................... Pag. 6
Resolucion N° 275 ............................................................... Pag. 6
MINISTERIO DE EDUCACION
DIRECCION DE REGIMENES ESPECIALES
Resolucion N° 21 ................................................................. Pag. 7
MINISTERIO DE GOBIERNO
DIRECCION DE PREVENCION DE ACCIDENTES DE TRANSITO
Resolucion N° 9 ................................................................... Pag. 7
continua en pagina 2

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