Decreto N° 61/08
Firmantes | Santilli |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
Fecha de la disposición | 19 de Marzo de 2008 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETO N° 61/ 08
Se otorga licencia sin goce de haberes
Buenos Aires, 19/03/2008
Visto el Expediente N° 32.579-SA/08, y
CONSIDERANDO:
Que mediante las citadas actuaciones tramita la solicitud de licencia sin goce de haberes por misiones especiales (art. 94, Convenio Colectivo de Trabajo para el Personal de la Legislatura, texto ordenado/2007), del agente Alejandro Adrián Bellera (DNI 20.493.570 - Legajo N° 9.067), por haber sido designado Director de Autopistas Urbanas S.A., a partir del 21 de diciembre de 2007;
Que el Sr. Bellera, integra la planta permanente de personal de esta Legislatura, Nivel 3;
Que conforme Decreto N° 230-VP/05, el mencionado agente tiene asignación definitiva de funciones en la Comisión de Planeamiento Urbano;
Que por Decreto N° 251-VP/07, al agente Bellera, le fue autorizada en carácter excepcional, licencia sin goce de haberes por razones particulares, por el término de ciento ochenta (180) días a partir del 1° de septiembre de 2007;
Que el citado agente, presentó ante la Dirección General de Recursos Humanos, copia del Acta de la Asamblea General Ordinaria de Accionistas N° 73, de Autopistas Urbanas S.A., donde consta su designación como Director del mencionado organismo, a partir del 21 de diciembre de 2007;
Que por lo expuesto, corresponde dar por finalizada al 21 de diciembre de 2007, la licencia autorizada en carácter excepcional, dispuesta por Decreto N° 251-VP/07 y otorgar al agente Alejandro Adrián Bellera (DNI 20.493.570 - Legajo N° 9.067), licencia por misiones especiales (art. 94, Convenio Colectivo de Trabajo para el Personal de la Legislatura, texto ordenado/2007), con retención de su partida presupuestaria correspondiente, por haber sido designado Director de Autopistas Urbanas S.A., por el período comprendido desde la fecha de su designación y hasta que cese en el desempeño de sus funciones y, dejar establecido que finalizada dicha licencia, el mencionado agente deberá reintegrarse a prestar servicios en la Comisión de Planeamiento Urbano, conforme Decreto N° 230-VP/05;
Que el presente acto se emite en orden a las facultades conferidas a la Vicepresidencia Primera por el artículo 71 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y el artículo 88 del Reglamento Interno de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos...
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