Decreto N° 827

EmisorMinisterio de Salud
Fecha de la disposición16 de Mayo de 2012

DECRETO N° 827

Mendoza, 16 de mayo de 2012

Visto los expedientes 120-A-2010-04815; 274-A-2010-04815; 323-A-2011-04815; 344-A-2010-04815; 347-A-2010-04815; 348-A-10-04815; 349-A-2010-04815; 350-A-2010-04815; 351-A-2010-04815; 352-A-10-04815; 354-A-2010-04815; 355-A-2010-04815 y 357-A-10-04815, en los cuales se solicita declarar incobrables diversas facturas de distintas Obras Sociales, adeudadas al Area Sanitaria Las Heras del Ministerio de Salud, y

CONSIDERANDO:

Que en los expedientes de referencia, obran facturas adeudadas a la mencionada Area, durante el período 1996/2009;

Que con el objeto de ordenar y unificar criterios en materia de procedimientos a adoptar, para el tratamiento de las deudas originadas por prestaciones realizadas en los efectores del Ministerio de Salud a Obras Sociales, de Medicina Prepaga y Cías. de Seguros, se dictó la Resolución N° 3157/08 del Ministerio de Salud, que permitió depurar los registros de incobrabilidad. En tal sentido los montos adeudados no justifican su gestión de cobro administrativo o judicial, por resultar los mismos antieconómicos por su importe, en relación al costo beneficio, tal como lo dispone la norma precedentemente citada;

Que en el Art. 26° - Párrafo 2 de la Ley de Contabilidad y sus modificatorias, se establece que las sumas a cobrar por los órganos administrativos, una vez agotadas las gestiones de recaudación, se deberán considerar incobrables por el Poder Ejecutivo.

Por ello, en razón de lo solicitado, el dictamen de la Subdirección de Asesoría Letrada y de la Fiscalía de Estado y lo aconsejado por la Dirección de Administración del Ministerio de Salud,

EL GOBERNADOR

DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 2°

Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.

FRANCISCO HUMBERTO PEREZ

Carlos Washington Díaz

ANEXO I

Expte.

Factura

Fecha

Obra Social

Importe

120-A-10-04815

93

26-08-09

Bancaria Argentina

76,25

274-A-10-04815

600

01-11-00

Personal Construcción

30,00

1051

27-03-07

150,00

323-A-11-04815

717

03-08-01

Inst. Nac. Jubil.

y Pensionados

15,00

1007

11-09-06

126,00

344-A-10-04815

856

06-01-03

Círculo Médico Salud

14,00

347-A-10-04815

757

06-04-02

Pers. Micros y Omnibus

14,00

410

09-06-99

25,00

376

06-05-99

52,00

175

18-07-97

13,50

110

07-02-97

8,64

104

07-01-97

4,32

25

07-10-96

25,92

348-A-10-04815

112

07-03-97

Unión Obrera Metalúrgica

17,28

184

21-07-97

8,64

199

1 08-08-97

4,32

382

07-05-99

19,00

407

04-06-99

27,00

431

05-07-99

20,00

862

06-...

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