Decreto N° 827
Emisor | Ministerio de Salud |
Fecha de la disposición | 16 de Mayo de 2012 |
DECRETO N° 827
Mendoza, 16 de mayo de 2012
Visto los expedientes 120-A-2010-04815; 274-A-2010-04815; 323-A-2011-04815; 344-A-2010-04815; 347-A-2010-04815; 348-A-10-04815; 349-A-2010-04815; 350-A-2010-04815; 351-A-2010-04815; 352-A-10-04815; 354-A-2010-04815; 355-A-2010-04815 y 357-A-10-04815, en los cuales se solicita declarar incobrables diversas facturas de distintas Obras Sociales, adeudadas al Area Sanitaria Las Heras del Ministerio de Salud, y
CONSIDERANDO:
Que en los expedientes de referencia, obran facturas adeudadas a la mencionada Area, durante el período 1996/2009;
Que con el objeto de ordenar y unificar criterios en materia de procedimientos a adoptar, para el tratamiento de las deudas originadas por prestaciones realizadas en los efectores del Ministerio de Salud a Obras Sociales, de Medicina Prepaga y Cías. de Seguros, se dictó la Resolución N° 3157/08 del Ministerio de Salud, que permitió depurar los registros de incobrabilidad. En tal sentido los montos adeudados no justifican su gestión de cobro administrativo o judicial, por resultar los mismos antieconómicos por su importe, en relación al costo beneficio, tal como lo dispone la norma precedentemente citada;
Que en el Art. 26° - Párrafo 2 de la Ley de Contabilidad y sus modificatorias, se establece que las sumas a cobrar por los órganos administrativos, una vez agotadas las gestiones de recaudación, se deberán considerar incobrables por el Poder Ejecutivo.
Por ello, en razón de lo solicitado, el dictamen de la Subdirección de Asesoría Letrada y de la Fiscalía de Estado y lo aconsejado por la Dirección de Administración del Ministerio de Salud,
EL GOBERNADOR
DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.
FRANCISCO HUMBERTO PEREZ
Carlos Washington Díaz
Expte.
Factura
Fecha
Obra Social
Importe
120-A-10-04815
93
26-08-09
Bancaria Argentina
76,25
274-A-10-04815
600
01-11-00
Personal Construcción
30,00
1051
27-03-07
150,00
323-A-11-04815
717
03-08-01
Inst. Nac. Jubil.
y Pensionados
15,00
1007
11-09-06
126,00
344-A-10-04815
856
06-01-03
Círculo Médico Salud
14,00
347-A-10-04815
757
06-04-02
Pers. Micros y Omnibus
14,00
410
09-06-99
25,00
376
06-05-99
52,00
175
18-07-97
13,50
110
07-02-97
8,64
104
07-01-97
4,32
25
07-10-96
25,92
348-A-10-04815
112
07-03-97
Unión Obrera Metalúrgica
17,28
184
21-07-97
8,64
199
1 08-08-97
4,32
382
07-05-99
19,00
407
04-06-99
27,00
431
05-07-99
20,00
862
06-...
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