Decreto Nº 138/08

Hurlingham, 6 de marzo de 2008.

VISTO: El expediente Nº 4133-08-0444-0 (D.E.), y Lo dispuesto en el artículo 2º y 3º de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, y

CONSIDERANDO:

Que los Artículos 93 y 94 de la Ley Orgánica de las Municipalidades establecen el mecanismo para la integración de la Asamblea de Concejales y Mayores Contribuyentes.

Que en consecuencia, corresponde que el Departamento Ejecutivo disponga la habilitación del Registro respectivo, con el objeto de que se inscriban en él los Mayores Contribuyentes.

Que el presente Decreto, se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de las Municipalidades.

Por ello,

EL INTENDENTE DEL PARTIDO DE HURLINGHAM, DECRETA:

Artículo 1º

Procédase desde el día 1º de mayo próximo y hasta el día 15 del mismo mes, a la apertura del Registro de Mayores Contribuyentes, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 93 y 94 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

Artículo 2º

Encomiéndase a la Secretaría General dicho Registro, que funcionará en dicha dependencia, sito en la Av. Gral. Pedro Díaz Nº 1710 de la Ciudad y Partido de Hurlingham, los días hábiles en el horario de 09:00 a 14:00 horas.

Artículo 3º

Efectúense las publicaciones de rigor por el término de dos (2) días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires y en dos (2) periódicos de circulación local.

Artículo 4º

El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios a cargo de la Secretaría General y de Hacienda y Producción.

Artículo 5º

Dése al Registro de Decretos y...

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