Decreto Nº 369 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor21 de Febrero de 2017
EmisorPoder Ejecutivo
JUEVES 5 DE MAYO DE 2016
AÑO CIII - TOMO DCXVII - Nº 89
CORDOBA, (R.A.)
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar SUMARIO
SECCION
LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS
1a
1
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
PODER EJECUTIVO
Decreto Nº 369 ................................................. PAG. 1
Decreto Nº 394 ................................................. PAG. 2
Decreto Nº 405 ................................................. PAG. 3
Decreto Nº 406 ................................................. PAG. 3
Decreto Nº 407 ................................................. PAG. 4
Decreto Nº 408 ................................................. PAG. 4
Decreto Nº 409 ................................................. PAG. 5
Decreto Nº 410 ................................................. PAG. 5
Decreto Nº 411 ................................................. PAG. 6
Decreto Nº 412 ................................................. PAG. 6
Decreto Nº 413 ................................................. PAG. 7
Decreto Nº 414 ................................................. PAG. 7
Decreto Nº 415 ................................................. PAG. 8
Decreto Nº 416 ................................................. PAG. 8
Decreto Nº 417 ................................................. PAG. 9
Decreto Nº 418 ................................................. PAG. 9
Decreto Nº 419 ................................................. PAG. 10
Decreto Nº 420 ................................................. PAG. 10
Decreto Nº 421 ................................................. PAG. 11
Decreto Nº 404 ................................................. PAG. 11
Decreto Nº 403 ................................................. PAG. 12
continua en pagina 2
PODER EJECUTIVO
Decreto N° 369
Córdoba, 15 de abril de 2016
VISTO: El Expediente N° 0100-123467/2016 del registro del Ministerio
de Educación.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones el Ministerio de la referencia propi-
cia la creación del Instituto Superior de Estudios Pedagógicos.
Que la iniciativa encuentra sustento en la necesidad de garantizar el
correcto y óptimo cumplimiento de los principios educativos contenidos en
la Ley Provincial de Educación N° 9870, en atención a la formación inicial
y conducción educativa en los distintos niveles y modalidades.
Que la citada Ley considera que la Educación y el Conocimiento son
un bien público y un derecho personal y social garantizados, y que se cons-
tituyen en políticas prioritarias, que entre sus principios generales la edu-
cación es función principal obligatoria y permanente del Estado Provincial,
considerando que los habitantes tienen derecho a acceder a los mas altos
niveles de formación, investigación y creación conforme a su vocación y
aptitudes y dentro de las exigencias del interés nacional y provincial, con
mayor énfasis cuando se trata de la formación capacitación y actualización
permanentes del personal docente, concebido esto como un derecho-de-
ber como criterios básicos de la carrera docente.
Que en dicho orden de ideas, la Educación Superior en el Sistema
Educativo Provincial tiene como nalidad proporcionar formación cientí-
ca, técnica, profesional y humanística en el más alto nivel acorde a los
avances cientícos tecnológicos y las necesidades socio-culturales de la
Provincia; constituyendo la formación docente la base para el mejoramien-
to de la calidad de la educación.
Que por su parte la legislación Nacional en la materia de que se trata,
Leyes Nros. 24.521 y 26.206 priorizan en el sentido ut supra referenciado,
garantizar crecientes niveles de calidad y excelencia en todas las opciones
institucionales del sistema e incrementar y diversicar las oportunidades
de actualización, perfeccionamiento y reconversión laboral y profesional,
generando acciones que garanticen la formación continua de los docentes
en los distintos niveles y modalidades así como la gratuidad de la oferta
estatal de capacitación.
Que en este marco normativo el Instituto cuya creación se propone
tiene como objetivos el diseño, la gestión y la implementación de trayectos
formativos tanto para docentes en ejercicio, en proceso de formación ini-
cial, y quienes se desempeñan en otros roles institucionales con responsa-
bilidad pedagógica, en cargos de gestión y conducción de las instituciones
educativas, y para quienes aspiran a ellos; propendiendo con ello al desa-
rrollo de la profesión docente con altos niveles de formación profesional a
efectos de otorgar relevancia académica a los nuevos espacios educativos.
Que nalmente la creación de éste Instituto busca fortalecer sus vín-
culos con los Institutos de Formación Docentes existentes, articular lazos
académicos con Universidades tanto de gestión pública o privada y agen-
cias de formación post-inicial a n de consolidar una política integral para
el desarrollo profesional docente en la Provincia.
Que obra el visto bueno del señor Ministro de Educación.
Que corresponde en la instancia proceder conforme se gestiona dis-
poniendo la creación del Instituto Superior de Estudios Pedagógicos, y co-
rrespondiendo en consecuencia derogar el Decreto 1081/2009 y sus mo-
dicatorios, por el que se creara el Instituto Superior de Formación para la
gestión y Conducción Educativa en el ámbito del Ministerio de Educación.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por
del Área Jurídica del Ministerio de Educación con el N° 0519/2016, por Fis-
calía de Estado bajo el N° 128/2016, y en uso de las facultades conferidas
por el artículo 144 de la Constitución Provincial,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1°. CRÉASE el Instituto Superior de Estudios Pedagógicos,
en el ámbito del Ministerio de Educación.
Artículo 2°. EL Instituto Superior de Estudios Pedagógicos tiene como
principales líneas de acción:
a) Diseñar, gestionar e implementar trayectos de formación docente
inicial y post-inicial de acuerdo con las prioridades establecidas por el
Ministerio de Educación de Córdoba.
b) Diseñar, gestionar e implementar trayectos de formación para el
desempeño en diferentes roles con responsabilidad pedagógica en el

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