Decreto N 2/GCABA/12

FirmantesRitondo
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición 6 de Enero de 2012

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N 2/GCABA/12ENCOMIENDA A LOS APODERADOS JUDICIALES DE LA LEGISLATURA QUE REALICEN EL JUICIO DE DESALOJO DEL INMUEBLE SITO EN JUJUY 1341-1343 - INMUEBLE DESTINADO A DEPÓSITO PERTENECIENTE A LA LEGISLATURA - REFACCIÓN EN FORMA INMINENTE - LEGITIMADOS PASIVOS JUAN MARCOS MARTÍNEZ Y ESTELA MARÍA AGUILLE

Buenos Aires, 06 de enero de 2012

VISTO

el Expediente N° 36624/SA/2010, y

CONSIDERANDO

Que corresponde que se inicie el juicio de desalojo en contra de los ocupantes del inmueble de calle Jujuy 1341/1343;

Que los Sres. Juan Marcos Martínez, DNI. 5.194.528 y Estela María Aguille, DNI. 4.721.609 iniciaron medidas tendientes a obtener la mensura del inmueble en cuestión a los fines de iniciar posteriormente el juicio de usucapión, manifestando en la nota suscripta por ellos que son "poseedores", calidad que jurídicamente no les corresponde porque los nombrados son ocupantes ilegítimos del inmueble, y resultan ellos los legitimados pasivos en el juicio de desalojo;

Que el Sr. Martínez, conforme surge de las constancias de fs. 32, 34, y 141, prestó servicios para el Ex -Concejo Deliberante de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como contratado por Decreto N° 1.141/P/88, desde el 01/09/88 hasta el 21/12/88 y en Planta Permanente por Decreto N° 1.564/P/88 desde el 01/11/88 hasta el 30/06/97, fecha en que se le dio de baja por Decreto N° 4/P/97;

Que como se desprende del Informe de fs. 144, esta Legislatura nunca le ha adjudicado al Sr. Martínez las tareas de encargado y cuidador del inmueble;

Que tampoco existen constancias que acrediten que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se las hubiese encomendado, como pareciera surgir del informe de fs. 31/32 y, aun en el supuesto de haberlas conferido, las mismas cesaron de pleno derecho el 30 de junio de 1997, fecha en la que Martínez fue dado de baja por Decreto N° 4/97 (ver fs. 141) ya que desde esa fecha el mismo carece de todo vínculo laboral tanto con el Gobierno de la Ciudad como...

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