Decreto Nº 356 1º Sección: Legislación – Normativas
Fecha de Entrada en Vigor | 29 de Agosto de 2018 |
Emisor | Poder Ejecutivo |
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CV - TOMO DCXLIV - Nº 163
CORDOBA, (R.A.) MIÉRCOLES 29 DE AGOSTO DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria”
9361.
Artículo 2°.- ESTABLÉCESE que la Dirección de Jurisdicción de Re-
cursos Humanos del referido Ministerio, de corresponder, vericará el efec-
tivo cumplimiento de los requisitos establecidos por los artículos 12 y 13
de la Ley N° 7233 para el ingreso de personal a la Administración Pública
Provincial.
Articulo 3°- El presente Decreto será refrendado por el señor Fiscal de
Estado y rmado por los señores Ministro de Desarrollo Social y Secretaria
General de la Gobernación.
Artículo 4°- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, notifíquese, dese a la
Secretaría de Capital Humano de la Secretaría General de la Gobernación,
publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - SILVINA RIVERO, SECRETARIA GE-
NERAL DE LA GOBERNACIÓN - SERGIO H. TOCALLI, MINISTRO DE DESARRO-
LLO SOCIAL - JORGE EDUARDO CÓRDOBA, FISCAL DE ESTADO
Córdoba, 14 de marzo de 2018
VISTO: El Expediente Nº0617-139471/2018 del Registro del Ministerio de
Educación.
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones se propicia la creación del
“PROGRAMA AUXILIARES ESCOLARES 2018”, con vigencia entre el
1° de febrero y 31 de diciembre del corriente año, mediante el cual se
procura atenuar la situación de pobreza de personas desempleadas,
a través de la realización de actividades vinculadas con prestación de
servicios comunitarios, a ejecutarse en Establecimientos Educaciona-
les Públicos de la Provincia de Córdoba.
Que el Programa cuya creación se propicia estará destinado a per-
sonas mayores de dieciocho (18) años, teniendo como prioridad a mu-
jeres con hijos a cargo en edad escolar, y prevé incorporar a tres mil
(3000) beneficiarios, con una carga horaria de cuatro (4) horas diarias.
Que asimismo, los beneficiarios del Programa contarán con la co-
bertura a cargo de la Administración Provincial del Seguro de Salud
(A.PRO.S.S.), de acuerdo a lo previsto por la Ley N° 9277 y convenio
específico, y recibirán una ayuda económica en concepto de asigna-
ción solidaria de carácter no remunerativo, para viáticos y demás gas-
tos de movilidad, que asciende a la suma de Pesos Cuatro Mil Cuatro-
cientos ($ 4.400,00) mensuales.
Que obra en autos Documento Contable - Nota de Pedido N°
2018/000036, que acredita la previsión presupuestaria para hacer fren-
te a la erogación de que se trata; asimismo, luce informe elaborado por
la Subsecretaría de Administración y Recursos Humanos del Ministerio
de Desarrollo Social, conjuntamente con la Dirección de Jurisdicción
de Ejecución Presupuestaria de dicha cartera, mediante el cual esti-
man el monto a que ascenderá la cobertura de salud brindada a los
beneficiarios a través de la A.PRO.S.S., y el Programa y Partidas a que
será afectado.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado
por la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Desarro-
llo Social y por Fiscalía de Estado bajo los Nros. 64/2018 y 188/2018,
respectivamente, y en uso de atribuciones conferidas por el artículo
144, inciso 1° de la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
Artículo 1º.-CRÉASE el “PROGRAMA AUXILIARES ESCOLARES
2018”, que tendrá por objetivo atenuar la situación de pobreza en que
se encuentran personas desempleadas, a través de la prestación de
servicios comunitarios a ejecutarse en Establecimientos Educaciona-
les Públicos Provinciales, y que se regirá de conformidad a las pautas
establecidas en el Anexo I, el que compuesto de una (1) foja útil, forma
parte integrante del presente instrumento legal.
Artículo 2º.-DESÍGNASE como Autoridad de Aplicación del Pro-
grama a los Ministerios de Educación y Desarrollo Social, los que es-
tarán facultados a dictar la reglamentación necesaria para hacer efec-
tiva la puesta en marcha de dicho Programa, como así también para
modificar el monto de la ayuda económica en concepto de asignación
solidaria de carácter no remunerativo, otorgada de conformidad a los
lineamientos dados en el Anexo I de este Decreto.
Artículo 3º.- El gasto que demande la ejecución del presente Pro-
grama, que asciende a la suma total de PESOS CIENTO CUARENTA
Y SEIS MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL CIEN-
TO CINCUENTA Y DOS ($ 146.254.152,00) se imputará a Jurisdicción
1.65-Ministerio de Desarrollo Social-, Programa 651-002, con el siguien-
te detalle: la suma de Pesos Un Millón Cincuenta y Cuatro Mil Ciento
Cincuenta y Dos ($1.054.152,00) a Partida Principal 03, Parcial 04,Sub-
parcial 05 “Comisiones y Gastos Bancarios”; y la suma de Pesos Ciento
Cuarenta y Cinco Millones Doscientos Mil ($145.200.000,00) a Partida
Principal 06, Parcial 06, Subparcial 01 “Transferencias para Capacita-
ción, Promoción o Inserción Laboral”; todo del P.V. y conforme lo indica
la Subsecretaría de Administración y Recursos Humanos del Ministerio
de Desarrollo Social en el Documento Contable -Nota de Pedido N°
viene de tapa
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y FINANCIAMIENTO
Resolución N° 237 .................................................................pag. 5
Resolución N° 278 .................................................................pag. 6
Resolución N° 279 .................................................................pag. 7
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y FINANCIAMIENTO
DIRECCION PROVINCIAL DE VIALIDAD
Resolución N° 971 .................................................................pag. 8
Resolución N° 986 .................................................................pag. 8
AGENCIA CORDOBA TURISMO S.E.M
Resolución N° 236 ................................................................. pag. 9
Resolución N° 237 ................................................................. pag. 9
Resolución N° 230 ................................................................. pag. 10
Resolución N° 233 ................................................................. pag. 10
Resolución N° 231 ................................................................. pag. 11
Resolución N° 234 ................................................................. pag. 12
Resolución N° 232 ................................................................. pag. 12
Resolución N° 238 ................................................................. pag. 13
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