Decreto N° 355

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición 4 de Mayo de 2015
Primera Sección BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCV - Nº 84 CÓRDOBA, 7 de mayo de 20152
civil, instituciones académicas o del sector privado que
tengan como objeto la difusión de mecanismos de
prevención y autoprotección.
ARTÍCULO 10.- El titular, poseedor o tenedor en
cualquier carácter del inmueble que incumpla con las
obligaciones de colocar, adaptar y mantener equipos de
intercepción y conducción de descargas eléctricas
conforme lo establecido en esta y otras normas a las que
la presente remite, son solidariamente responsables ante
la Autoridad de Aplicación y su omisión dará lugar a las
siguientes sanciones, de acuerdo a la naturaleza de la
falta y del uso del inmueble:
a) Apercibimiento e intimación a la colocación del equipo;
b) Multa;
c) Clausura, y
d) Colocación del equipo por la Autoridad de Aplicación
a costa de los responsables.
La resolución emanada de la Autoridad de Aplicación
que imponga las sanciones previstas en los incisos b) y d)
y su cuantificación económica, constituye título ejecutivo a
los fines del cobro por vía judicial.
Por vía reglamentaria se establecerá el procedimiento
para la aplicación de las sanciones previstas, el monto de
aquellas de carácter pecuniario que pueden ser
actualizadas y todos los trámites necesarios para la correcta
aplicación de lo dispuesto en este artículo.
ARTÍCULO 11.- Los municipios y comunas incorporarán
en sus códigos de planeamiento urbano o legislación que
regule el uso del suelo las previsiones tendientes a hacer
efectiva la implementación del sistema creado mediante la
presente Ley, la cual posee carácter de orden público.
ARTÍCULO 12.- El Poder Ejecutivo Provincial, bajo las
condiciones y mediante el trámite que considere oportuno
a tal fin, puede constituir un fondo de apoyo o fomento a
las acciones prescriptas en la presente Ley, al cual -sin
perjuicio de otros aportes-, se destinarán los montos
recaudados por sanciones, conforme el mecanismo
previsto en la reglamentación de este cuerpo legal.
El Ministerio de Finanzas realizará las readecuaciones
que otorguen reflejo presupuestario a lo dispuesto en el
presente artículo.
ARTÍCULO 13.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Pro-
vincial.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA PRO-
VINCIAL, EN LA CIUDAD DE CÓRDOBA, A UN DÍA DEL MES DE
ABRIL DEL AÑO DOS MIL QUINCE.
ALICIA MÓNICA PREGNO
VICEGOBERNADORA
PRESIDENTA
LEGISLATURA PROVINCIA DE CÓRDOBA
GUILLERMO CARLOS ARIAS
SECRETARIO LEGISLATIVO
LEGISLATURA PROVINCIA DE CÓRDOBA
PODER EJECU TIV O
Decreto N° 269 Córdoba, 9 de Abril de 2015
Téngase por Ley de la Provincia N° 10270, cúmplase,
protocolícese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial
y archívese.
DR. JOSE MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
DR. ING. FABIAN LOPEZ
MINISTRO DE AGUA, AMBIENTE Y SERVICIOS PÚBLICOS
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
PODER
EJECUTIVO
Sistema...
VIENE DE TAPA
Decreto N° 355
Córdoba, 4 de Mayo de 2015
VISTO: el Expediente N° 0423-114074/2015 del registro del
Ministerio de Gobierno y Seguridad.
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones se gestiona la autorización
para efectuar el llamado a licitación pública para la adquisición de
110 vehículos 0Km, tipo Pick Up, Camioneta Doble Cabina, con
destino a la Policía de la Provincia de Córdoba.
Que obra en autos la presentación efectuada por el señor Jefe
de División Transporte de la Policía de la Provincia de Córdoba
promoviendo la adquisición de los vehículos en cuestión, para el
patrullaje en los diferentes campos de acción en los que debe
intervenir el personal policial, considerando la versatilidad,
maniobrabilidad y dinamismo en las unidades a adquirir.
Que el señor Ministro de Gobierno y Seguridad presta
conformidad a lo gestionado en autos.
Que se incorporan los Pliegos de Condiciones Generales,
Particulares y de Especificaciones Técnicas que regirán el
presente llamado.
Que se acompaña Documento Contable, Nota de Pedido N°
2015/000192, por el monto total de Pesos Treinta y Siete Millones
Ciento Cincuenta Mil ($ 37.150.000,00), importe en que se
estima ascenderá la presente contratación.
Que corresponde la publicación de la presente convocatoria a
licitación pública, de conformidad a las previsiones del artículo 16
de la Ley N° 10.155 y de los artículos 7.1.1.2 y 16 del Decreto
Reglamentario N° 305/2014 y Decreto N° 55/2015.
Por ello, las actuaciones cumplidas, la normativa citada, lo
dispuesto por el artículo 11 de la Ley 10.155 en concordancia
con el artículo 40 de la Ley N° 10.248, lo dictaminado por la
Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales del Ministerio de
Gobierno y Seguridad con el N° 243/2015, por Fiscalía de Estado
bajo el N° 000188/2015 y en uso de las atribuciones
constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- AUTORÍZASE el llamado a licitación pública
para la adquisición de 110 vehículos 0Km, tipo Pick Up, Camioneta
Doble Cabina, con destino a la Policía de la Provincia de Córdoba
ARTÍCULO 2º.- APRÚEBANSE los Pliegos de Condiciones
Generales y Particulares y Especificaciones Técnicas, que
regirán la licitación llamada en el artículo anterior, los que como
Anexos I y II compuestos de veinte (20) y tres (03) fojas útiles
respectivamente, forman parte del presente instrumento legal.
ARTÍCULO 3°.- AUTORÍZASE a la Dirección de Jurisdicción
de Administración del Ministerio de Gobierno y Seguridad a fijar
la fecha del presente llamado y a determinar día y hora de
apertura de sobres.
ARTÍCULO 4°.- IMPÚTASE el egreso en que se estima invertir
en la presente licitación, por la suma de Pesos Treinta y Siete
Millones Ciento Cincuenta Mil ($ 37.150.000,00), con cargo a
Jurisdicción 1.10, Programa 755-000, Partida 11.02.06.00 –
Medios de Transporte de y para Seguridad – del Presupuesto
Vigente, conforme a Nota de Pedido N° 2015/000192.
ARTÍCULO 5°.- EFECTÚENSE las publicaciones de Ley en
el Boletín Oficial de la Provincia durante tres (3) días, de acuerdo
a lo dispuesto por los artículos 16 de la Ley N° 10.155 y 7.1.1.2
y 16 del Decreto N° 305/2014 reglamentario de la Ley N° 10.155,
y Decreto 55/2015 e INSÉRTESE en el sitio web oficial del
Gobierno de la Provincia www.cba.gov.ar - Portal Web de
Compras y Contrataciones de la Provincia.
ARTÍCULO 6°.- El presente Decreto será refrendado por el
señor Ministro de Gobierno y Seguridad y por el señor Fiscal de
Estado.
Convocatoria a Inscripción 8 de mayo al 29 de mayo
CONVOCATORIA A INSCRIPCIÓN DE ASPIRANTES A CUBRIR
CARGOS VACANTES EN EL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 6, 16, 17, 18, 18 bis, 19 y concordantes de la Ley nº 8802 y su
Decreto Reglamentario nº 1471/03, el CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA PROVINCIA DE CORDOBA CONVOCA
A INSCRIPCIÓN DE ASPIRANTES PARA PARTICIPAR EN CONCURSOS PUBLICOS DE ANTECEDENTES Y
OPOSICIÓN PARA CUBRIR CARGOS VACANTES EN EL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA:
1) VOCAL DE CÁMARA LABORAL (Capital)
2) VOCAL DE CÁMARA CON COMPETENCIA MÚLTIPLE (interior)
3) VOCAL DE CÁMARA EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL (interior)
4) FISCAL DE INSTRUCCIÓN (Capital)
5) FISCAL EN LO PENAL JUVENIL (Capital)
6) JUEZ DE CONCILIACIÓN (interior).
REQUISITOS DE INSCRIPCIÓN: art. 18 (excepto inc. 8) 18 bis y 19 Ley 8802 - INFORMACIÓN: en la sede del
Consejo de la Magistratura, Avda. Gral. Paz 70, 6° piso (Cba.) o a los T.E.: 0351-4341060/62 - int. 1 - http://
consejodelamagistratura.cba.gov.ar - Inscripciones: en la sede del Consejo de la Magistratura, a partir del 08
de mayo de 2015. CIERRE DE INSCRIPCIONES, para presentar solicitud y los requisitos exigidos: día 29 de
mayo de 2015 a las 20:00 hs. Horario: de lunes a viernes de 8:30 a 20:00 horas.
Dr. LUIS E. RUBIO Dra. GRACIELA CHAYEP
Tribunal Superior de Justicia Ministro de Justicia y Derechos Humanos
CONSEJO DE LA
MAGISTRATURA

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR