Decreto N° 43/08

FirmantesMacri - Rodríguez Larreta
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición15 de Enero de 2008

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 43/ 08

SE VETA EL PROYECTO DE LEY 2601 - BENEFICIO A PERSONAS QUE HUBIERAN SIDO DETENIDAS - PROCESADAS POR EL PLAN CONINTES - AÑO1960

Buenos Aires, 15/01/2008

Visto el Proyecto de Ley N° 2.601 y el Expediente N° 95.515/07, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el expediente citado en el visto tramita el Proyecto de Ley N° 2.601, sancionado por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el día 6 de diciembre de 2007, a través del cual se establece en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires un beneficio remuneratorio mensual destinado a las personas que hubieran estado detenidas, procesadas, condenadas y/o a disposición de la justicia o de los Consejos de Guerra, conforme lo establecido por el Plan CONINTES (Conmoción Interna del Estado);

Que, si bien se estima loable el espíritu reparatorio del proyecto de ley de marras, cabe merituar que resulta confusa la naturaleza jurídica del beneficio que se intenta establecer en el mentado texto;

Que, en este sentido, no es posible determinar fehacientemente si se trata de un subsidio u otro tipo de beneficio, o si el mismo tiene o no carácter vitalicio, todo lo cual acarreará inevitablemente dificultades operativas al momento de concretar la operatoria dirigida a la recepción del mismo;

Que, en este orden de cosas, resulta menester señalar que no ha sido contemplada en la legislación dictada a nivel nacional la reparación de las personas alcanzadas por el Plan CONINTES, siendo el Congreso de la Nación el ámbito natural de discusión de tales medidas por cuanto el referido plan tuvo alcance e instrumentación en todo el territorio nacional;

Que en virtud de ello, se torna inadecuada la instrumentación de legislaciones estaduales de alcance territorial acotado, tal cual se propicia en el proyecto de ley sub examine;

Que, asimismo, el proyecto en cuestión se dirige hacia aquellos beneficiarios que hubieran tenido su residencia en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires …en el momento de la detención …o en la actualidad con al menos un (1) año de antigüedad…. Esta última circunstancia tendría la virtualidad de instrumentar un programa reparatorio de alcance nacional toda vez que basta con tener un solo año de residencia en nuestra ciudad para que ello genere derecho a la recepción de un beneficio, con presumible carácter...

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