Decreto N° 1800/07

FirmantesTelerman-Bovero-Beros
Jefe de GobiernoJorge Telerman
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición 3 de Diciembre de 2007

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 1800/ 07

SE APRUEBA ACTA ACUERDO DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS SUSCRIPTA ENTRE EL MINISTRO DE ESPACIO PÚBLICO Y UTE URBASER ARGENTINA SA SEOB SA - TRANSPORTES OLIVOS SACIF SA - LICITACIÓN PÚBLICA N° 3-04 -OBRA SERVICIO DE CORTE DE CÉSPED, LIMPIEZA DE ESPACIOS VERDES Y DEMÁS SERVICIOS CONEXOS - ZONA 4

Buenos Aires, 03/12/2007

Visto el Expediente N° 72.076/06, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente de referencia tramita la presentación de la UTE Urbaser Argentina S.A. Seob S.A. - Transportes Olivos S.A.C.I.F. S.A., adjudicataria de la Licitación Pública N° 3/04 referida a la Obra: Servicio de Corte de Césped, limpieza de espacios verdes y demás servicios conexos - Zona 4;

Que la empresa solicitó la readecuación de los precios del contrato;

Que habiendo intervenido la Comisión de Redeterminación de Precios, el Coordinador de la Unidad Técnica de Redeterminación de Precios, dependiente de la Subsecretaría de Gestión Operativa y la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se dispuso que para la redeterminación de los precios del contrato se utilizara la metodología establecida en el artículo 56 del pliego de bases y condiciones generales aprobado mediante Decreto N° 1.150/04;

Que en virtud del Acta Acuerdo suscripta el 23 de noviembre de 2007 entre el Ministerio de Espacio Público del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la UTE Urbaser Argentina S.A. Seob S.A. - Transportes Olivos S.A.C.I.F. S.A. prestataria del servicio, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires reconoció la ruptura del equilibrio económico financiero y el derecho a gestionar el potencial impacto que podría generarse, comprometiéndose a su tratamiento y resolución;

Que se suscribió Acta Acuerdo de Redeterminación de precios entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representado por el Ministerio de Espacio Público y la empresa contratista;

Por ello, y en uso de las atribuciones legales que le son propias (artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires)

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°

Apruébase el Acta Acuerdo de redeterminación de precios suscripta...

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