Decreto N° 1753/07

FirmantesTelerman-Bovero-Beros
Jefe de GobiernoJorge Telerman
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición29 de Noviembre de 2007

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 1753/ 07

DESESTIMACIÓN DE RECURSOS - NÉSTOR CARLOS MOISIO - SE DESESTIMA RECURSO JERÁRQUICO CONTRA LA RESOLUCIÓN N° 1.418-SLYP-04

Buenos Aires, 29/11/2007

Visto, las Resoluciones N° 1.418-SlyP/04 y N° 693-SlyP/05 y el Expediente N° 19.636/04, y

CONSIDERANDO:

Que por la citada actuación tramita el recurso jerárquico interpuesto en subsidio por el señor Néstor Carlos Moisio, DNI 20.636.213, contra la Resolución N° 1.418-SlyP/04, que desestimó el resarcimiento del presunto perjuicio económico que habría sufrido el reclamante en el local ubicado en la calle Amenábar 2363, como consecuencia de la intensa lluvia caída el 31 de enero de 2004, por considerar que el causante carecía de legitimación;

Que contra la precitada resolución el señor Moisio interpuso recurso de reconsideración con jerárquico en subsidio, el que fue desestimado mediante Resolución N° 693-SlyP/05;

Que notificado del acto mencionado precedentemente, el reclamante amplió los fundamentos del recurso jerárquico incoado en subsidio (haciendo uso de la facultad conferida por el artículo 107 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires), sosteniendo que es locatario del inmueble supuestamente dañado y acompañando dos contratos de locación, el primero con fecha de vigencia entre el 1°/1/01 y el 31/12/03 y el segundo con vigencia entre el 1°/2/05 y el 31/1/10;

Que analizadas las actuaciones y la presentación efectuada por el recurrente, se advierte que los contratos acompañados no acreditan su carácter de locatario en la fecha en la cual se produjeron los presuntos daños, además de carecer las copias simples adjuntadas de valor probatorio alguno;

Que, en consecuencia, el reclamante no ha aportado nuevos elementos de juicio que permitan conmover el temperamento adoptado por la resolución impugnada, razón por la cual corresponde rechazar el recurso jerárquico incoado;

Que, por último, cabe destacar que tampoco se ha demostrado la concurrencia de los presupuestos de la responsabilidad estatal, no existiendo en autos antecedentes de hecho y de derecho que avalen el reclamo patrimonial...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR